STC 33/2024 Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la integridad física y moral: investigación insuficiente de una denuncia de agresiones que se dicen padecidas bajo custodia policial (STC12/2022). – Tribunal Constitucional – Sala Segunda – Jurisdicción: Constitucional – Sentencia – Num. Res.: 33/2024 – Num. Proc.: 5582/2021 (TOL9.956.679)

Abr 23, 2024

- Órgano: Sala Segunda- Magistrados: Doña Inmaculada Montalbán Huertas, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso.- Tipo y número de registro: Recurso de amparo 5582/2021- Fecha de resolución: 11/03/2024 La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 5582-2021, interpuesto por don Cristobal, contra los autos dictados el 3 de mayo y el 9 de junio de 2021 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Vera en diligencias previas núm. 140-2021, así como frente al auto de 16 de julio de 2021 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, que desestima el recurso de apelación núm. 621-2021. Han comparecido y formulado alegaciones los agentes de la Guardia Civil con número profesional TIP NUMERO0001 y NUMERO0002. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don César Tolosa Tribiño. I. Antecedentes 1. Con fecha 3 de septiembre de 2021 tuvo entrada en el registro general de este Tribunal Constitucional un escrito de la procuradora doña Cristina Herguedas Pastor, en representación de don Cristobal, asistido por el letrado don Francisco de Asís Parra Garófano, por el que interpuso recurso de amparo contra los autos del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Vera dictados el 3 de mayo y el 9 de junio de 2021, por los que respectivamente se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas núm. 140-2021 y se desestimó el posterior recurso de reforma, y contra el auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, de 16 de julio de 2021, que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra los anteriores. 2. Los hechos relevantes para la resolución del recurso de amparo son los siguientes: a) El demandante de amparo fue detenido, por agentes de la Guardia Civil, el día 4 de marzo de 2021 por la comisión de un delito de atentado y lesiones en el municipio de Cuevas de Almanzora (Almería). El recurrente fue puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Vera al día siguiente. El juzgado incoó el procedimiento de diligencias urgentes núm. 9-2021, que tras su correspondiente tramitación dio lugar a que se le citara para la celebración del juicio rápido el día 19 de marzo siguiente, ante el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Almería. b) El demandante de amparo formuló, el 16 de marzo de 2021, una querella contra los agentes de la Guardia Civil con números NUMERO0003, NUMERO0004, NUMERO0005 y NUMERO0006, por los hechos que tuvieron lugar mientras estuvo detenido, atribuyéndoles la comisión de los delitos de detención ilegal, torturas y lesiones. La querella se refiere a unos hechos ocurridos los días 4 y 5 de marzo de 2021 y, en síntesis, describe que el recurrente iba de ocupante en un vehículo al que accedió haciendo autostop, bajo los efectos de drogas y alcohol, cuando fue interceptado en un control realizado por la Guardia Civil. Uno de los agentes indicó al recurrente que se bajara del coche y se bajara los pantalones, a lo cual este se negó. Inmediatamente fue detenido y conducido al cuartel, si bien durante el trayecto, el mismo agente que practicó la detención oprimió fuertemente el cuello al detenido dentro del vehículo. Una vez en el cuartel, los golpes no cesaron y el detenido recibió un fuerte puñetazo en el ojo en el momento en el que lo sacaron del coche policial, lo que le provocó la rotura de las gafas que utilizaba para su correcta visión. Ya en el interior de las dependencias policiales, durante la madrugada . . .

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El TS estima el reintegro de las cuantías percibidas como consecuencia de la anulación del impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos -céntimo sanitario-. La acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa, no resulta directamente aplicable a aquellos supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio título concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, invocado como fuente de la obligación de restituir la presunción consistente en la mera posibilidad de carácter aleatorio de que la concesionaria podría instar el procedimiento tributario de devolución de ingresos indebidos incoado frente a la Hacienda Pública, o ejercitar la acción indemnizatoria de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, si no se acredita el presupuesto de la existencia de aumento patrimonial o la transferencia o desplazamiento del valor patrimonial en favor del presuntamente enriquecido sin justo título. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1501/2024 – Num. Proc.: 1636/2021 – Ponente: JOSÉ MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR (TOL10.206.331)

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