TS Sala 1ª; 19-03-2024. Derecho de rectificación. Potestad del órgano judicial para modificar el escrito de rectificación, eliminando en su caso los juicios de valor impertinentes, cuando predomina el elemento fáctico.Procedencia de excluir del escrito de rectificación el inciso relativo a que las manifestaciones vertidas en el artículo periodístico «no han sido confrontadas debidamente con otras fuentes solventes». Dada la naturaleza y finalidad del derecho de rectificación, el enjuiciamiento de la diligencia profesional del informante es improcedente.Derecho de rectificación. Potestad del órgano judicial para modificar el escrito de rectificación, eliminando en su caso los juicios de valor impertinentes, cuando predomina el elemento fáctico.Procedencia de excluir del escrito de rectificación el inciso relativo a que las manifestaciones vertidas en el artículo periodístico «no han sido confrontadas debidamente con otras fuentes solventes». Dada la naturaleza y finalidad del derecho de rectificación, el enjuiciamiento de la diligencia profesional del informante es improcedente. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 407/2024 – Num. Proc.: 8669/2022 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL9.950.630)

Abr 5, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 407/2024

Fecha de sentencia: 19/03/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 8669/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 14/03/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena

Procedencia: Audiencia Provincial de Alicante, Sección Quinta

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: ACS

Nota:

CASACIÓN núm.: 8669/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 407/2024

Excmos. Sres.

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Pedro José Vela Torres

En Madrid, a 19 de marzo de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación respecto de la sentencia 299/2022, de 18 de octubre, dictada en grado de apelación por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, como consecuencia de autos de juicio verbal núm. 587/2022 del Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Alicante, sobre derecho de rectificación.

Son partes recurrentes El León de El Español Publicaciones S.A. y D. Silvio, representados por el procurador D. Vicente Miralles Morera y bajo la dirección letrada de D. Juan Luis Ortega Peña.

Es parte recurrida D. Tomás, representado por el procurador D. Vicente Flores Feo y bajo la dirección letrada de D. Mateo Alejandro Bas Rivera.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.

1.- El procurador D. Vicente Flores Feo, en nombre y representación de D. Tomás, interpuso demanda de juicio verbal contra El León de El Español Publicaciones S.A. y D. Silvio, en la que solicitaba se dictara sentencia:

"[...] condenando a las mismas a publicar en dicho diario digital la siguiente rectificación:

" "En relación con la noticia aparecida el pasado día 1 de abril en esta misma sección bajo el título "El sobrino del ex edil de personal de Alicante entró de interino en la Policía cuando su tío era concejal", firmado por el periodista de este diario, Carlos Antonio, la Dirección de "el español.es" se retracta públicamente de las manifestaciones vertidas en el mismo por no ser en absoluto ciertas y por no haberse confrontado debidamente con otras fuentes solventes. En particular, la presente rectificación afecta a los siguientes extremos:

" "El ex edil de personal de Alicante D. Tomás no tiene ningún sobrino en la Policía.".

" Y todo ello con expresa condena en costas a las partes demandadas".

2.- La demanda fue presentada el 21 de abril de 2022 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Alicante, fue registrada con el núm. 587/2022. Una vez fue admitida a trámite, se acordó por auto de 9 de mayo de 2022 admitir a trámite la demanda de juicio verbal contra El Español Publicaciones S.A. y D. Silvio, citándose para la vista el 24 de mayo de 2022, en que tuvo lugar.

3.- Tras seguirse los trámites correspondientes, el Magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Alicante, dictó sentencia 18/2022, de 25 de mayo, cuyo fallo dispone:

"Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por don Tomás debo condenar y condeno a don Silvio y El León de El Español Publicaciones, S. A. a publicar en el diario digital "El Español", con relevancia semejante a la información publicada, sin comentarios ni apostillas, el siguiente texto:

" En relación con la noticia aparecida el pasado día 1 de abril en esta misma sección bajo el título "El . . .

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