TS Sala 2ª; 29-11-2023. El TS fija los presupuestos de tipicidad del delito de omisión del deber de socorro que deben ser abarcados por el dolo del agente: el incumplimiento de un deber genérico de solidaridad no es suficiente para considerar cometido el delito de omisión del deber de socorro del artículo 195 CP.. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 884/2023 – Num. Proc.: 5623/2021 – Ponente: Javier Hernández García (TOL9.817.924)

Ene 15, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 884/2023

Fecha de sentencia: 29/11/2023

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 5623/2021

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 28/11/2023

Voto Particular

Ponente: Excmo. Sr. D. Javier Hernández García

Procedencia: Tribunal Superior Justicia de la Comunidad Valenciana

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

Transcrito por: IGC

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 5623/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Javier Hernández García

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 884/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Julián Sánchez Melgar

D. Antonio del Moral García

D.ª Carmen Lamela Díaz

D. Leopoldo Puente Segura

D. Javier Hernández García

En Madrid, a 29 de noviembre de 2023.

Esta Sala ha visto el recurso de casación por infracción de precepto constitucional e infracción de ley número 5623/2021, interpuesto por Dª. Susana, D. Serafin y Dª. Valle, todos representados por el Procurador D. Antonio Jesús Planelles Asensio, bajo la dirección letrada de D. Ignacio Gally Muñoz, contra la sentencia núm. 228/2021 dictada en el Rollo Tribunal del Jurado num. 204/2021 por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 13 de septiembre de 2021 que resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia núm. 9/2021 del Tribunal del Jurado núm. 12/2019 dictada por la Audiencia Provincial de Alicante.

Interviene el Ministerio Fiscal y como parte recurrida, D. Carlos Alberto representado por la Procuradora Dª. Ana Claudia López Thomaz, bajo la dirección letrada de D. Mariano de Miguel Llorente.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Javier Hernández García.

PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción num. 2 de Alicante instruyó el procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado 5/1995 con el núm. 2111/17 por delito de omisión del deber de socorro contra D. Carlos Alberto, y una vez abierto el juicio oral, lo remitió a la Audiencia Provincial de Alicante en la que vista la causa por el Tribunal del Jurado (Rollo núm. 12/19) dictó sentencia en fecha 12 de mayo de 2021 que contiene los siguientes hechos probados:

" Sobre las 17'00-18'00 horas del día 8 de diciembre de 2017, Carlos Alberto y Carmen, quienes mantenían una relación sentimental, habían quedado en verse por lo que se desplazaron con sus respectivos vehículos hasta las proximidades del Tanatorio de Alicante, donde el estacionó su vehículo y condujo el de ella hasta un bar próximo donde tomaron una copa para después, en el mismo vehículo y conducido por él dirigirse hasta el Motel Abril de San Juan de Alicante. Llegaron al parking a las 18'41 y accedieron a la habitación a las 18'45 horas.

Cuando entran en la habitación Carmen empieza a encontrarse mal con mareos y ganas de vomitar diciéndoselo a Baltasar por lo que salieron de la habitación a las 19'05 horas. Baltasar acerca el vehículo hasta el lugar donde esta Carmen subiendo ésta, le reclina el asiento y le abre su ventanilla y conduce hasta las inmediaciones del Tanatorio donde había dejado estacionado su vehículo.

Sobre las 19'40 horas, una vez llegan en el vehículo a la avenida del Zodiaco (inmediaciones del Tanatorio), Baltasar se baja del vehículo y tras escasos minutos de permanecer junto a Carmen que sigue encontrándose mal concretamente mareada y con ganas de vomitar y tiene inclinado su tronco hacia adelante colocando su cabeza sobre sus piernas, apercibiéndose de la gravedad . . .

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