T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1.304/2023
Fecha de sentencia: 23/10/2023
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 1/2021
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 26/09/2023
Ponente: Excma. Sra. D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
Procedencia: T.S.J.LA RIOJA SALA CON/AD
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
Transcrito por: CCN
Nota:
R. CASACION núm.: 1/2021
Ponente: Excma. Sra. D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1304/2023
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 23 de octubre de 2023.
Esta Sala ha visto constituida en su Sección Segunda por los/a Excmos/a. Sres/Sra. Magistrados/a indicados al margen, el recurso de casación núm. 1/2021, interpuesto por la procuradora doña María Teresa Zuazo Cereceda, en representación de don Leon y de la mercantil DRS. IZQUIERDO Y SAROBE, SL, contra la sentencia dictada el 23 de julio de 2020 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el recurso núm. 37/2019.
Ha comparecido como parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, bajo la representación que le es propia del Abogado del Estado.
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Esperanza Córdoba Castroverde.
PRIMERO. Resolución recurrida en casación.
1. Este recurso de casación tiene por objeto la mencionada sentencia dictada el 23 de julio de 2020 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que desestimó el recurso núm. 37/2019 promovido contra las actuaciones materiales constitutivas de vía de hecho prevista en los artículos 25.2 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ["LJCA"], y contra el auto de 29 de septiembre de 2020 que denegó la subsanación y el complemento de sentencia solicitados.
La sentencia aquí recurrida, tras identificar como objeto de impugnación en el procedimiento "[...] la vía de hecho resultante de acuerdos de levantamiento y sucesiva adopción de la medida cautelar adoptada en unos procedimientos de comprobación e investigación inexistentes" (FJ primero), tiene una parte dispositiva del siguiente tenor literal:
"FALLO: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto, con imposición a la parte demandante de las costas fijadas en el f.j quinto de esta resolución".
SEGUNDO. Preparación y admisión del recurso de casación.
1. La procuradora doña María Teresa Zuazo Cereceda, en nombre y representación de don Leon y de la mercantil Drs. Izquierdo y Sarobe, S.L., asistidos por el letrado don Gabriel Casado Ollero, preparó recurso de casación contra la sentencia anteriormente mencionada.
Tras justificar la concurrencia de los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la resolución impugnada, identifica como normas infringidas, integradas en el Derecho estatal:
(i) Los artículos 33.1 y 67.1 LJCA, y el artículo 218 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ["LECiv"], en relación con el artículo 24.1 de la Constitución ["CE"], y la jurisprudencia que los interpreta, invocando al efecto las SSTC 28/1987, 369/1993, 111/1997, 136/1998, 126/2011; y las SSTS de 18 de julio de 2013, RCA 968/2012; de 31 de octubre de 2013, RCA 2789/2012; y, entre las últimas, SSTS nº 334/2020, de 14 de mayo de 2020, RCA 178/2018, y 538/2020, de 26 . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma