Como ha declarado la sentencia del Tribunal Supremo 146/2020, de 14 de mayo , al abuso de una situación de superioridad o de una situación de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima, supone aprovecharse de la correlativa situación de inferioridad que se da en el sujeto pasivo. Para que el consentimiento sea irrelevante de cara a la comisión del delito se tiene que producir en primer lugar la acción de captar, utilizando algún medio de ejecución de los referidos en el precepto, y entre ellos, el abuso de situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima o el engaño.
T.S.J.CASTILLA Y LEON SALA CIV/PE
BURGOS
SENTENCIA: 00085/2023
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
CASTILLA Y LEON
SALA DE LO CIVIL Y PENAL
ROLLO DE APELACION NUMERO 30 DE 2023
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SALAMANCA (SECCIÓN TERCERA)
PROCEDIMEINTO ABREVIADO 11/2021
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE SALAMANCA
-SENTENCIA Nº 85 /2023-
Señores:
Excmo. Sr. Presidente D. José Luis Concepción Rodríguez
Ilmo. Sr. D. Carlos Javier Álvarez Fernández
Ilma. Sra. Doña Blanca Isabel Subiñas Castro
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En Burgos, a veintitrés de octubre de dos mil veintitrés.
La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Magistrados expresados, ha visto en segunda instancia la causa procedente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de SALAMANCA, seguida por DELITO DE TRATA DE SERES HUMANOS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, PROSTITUCIÓN Y DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS, contra Santiaga, Belarmino, Desiderio, Dionisio, Edemiro, y Adolfina (éstos dos últimos absueltos) cuyos datos y circunstancias ya constan en la sentencia impugnada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por los acusados, por un lado Santiaga y Belarmino representados por la Procuradora Sra. Dª. María del Mar Serrano Domínguez, y defendido por el Abogado D. César Manuel Tocino Hernández, y por otro lado Desiderio y Dionisio, representados por la Procuradora Sra. Dª. María del Mar Serrano Domínguez, y defendido por el Abogado D. Marcelo Juan Belgrano Ledesma; figurando como partes apeladas el MINISTERIO FISCAL y LA ACUSACIÓN PARTICULAR formulada por la testigo protegida NUM000, representado por la Procuradora Mª Teresa Moriñigo Hidalgo, y defendido por la Letrada Maria Concepción Macarra Santana y por la testigo protegida NUM001, representado por la Procuradora Mª del Carmen Vicente Pérez, y defendido por la Letrada Manuela Torres Calzada; y ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Blanca Isabel Subiñas Castro.
P RIMERO . - La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca, en la causa de la que dimana el presente Rollo de Sala, dictó sentencia, de fecha 21 de noviembre de 2.022, en la que se declaran probados los siguientes hechos:
"I . - Como consecuencia de denuncias y comunicaciones de un familiar de una de las víctimas que queda reseñado como el testigo protegido TP NUM001, la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Salamanca, junto con el Grupo Segundo de la Brigada Central contra la Trata de Seres Humanos, tuvo conocimiento de que varias mujeres de nacionalidad nigeriana podían haber sido captadas en su país de origen, con la finalidad de ser trasladadas a España y ya una vez aquí forzarlas para su explotación sexual.
Fruto de las investigaciones policiales pudo conocerse que al menos tres mujeres nigerianas, a las que en sede judicial se las otorgó el status legal de testigos protegidas (con numeración respectiva de NUM001, NUM002 y NUM003), cuya identidad consta en las actuaciones, mujeres en un estado de precariedad económica muy extrema, a lo largo del año 2016 y antes de principio de 2017, fueron captadas en su localidad de residencia en Nigeria por una mujer a la que se le conoce con el apodo de " Perla", la cual, las reclutaba para su hermana, la acusada Santiaga (con NIE NUM004, mayor de edad, sin antecedentes penales, de nacionalidad nigeriana, con domicilio en Salamanca, habiendo solicitado autorización de residencia temporal en España el 3-11-2017), con fines de, una vez . . .
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