T. S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL
PA LMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00198 /2024
TIPO Y Nº RECURSO: RSU RECURSO SUPLICACION 0000581 /2023
NIG: 07040 44 4 2022 0000718
Ilmos. Sres.
D. Antoni Oliver Reus, presidente
D. Alejandro Roa Nonide
D. Joan Agustí Maragall
En la ciudad de Palma, a 23 de abril de 2024 .
Esta Sala ha visto el recurso de suplicación nº 581/2023 formalizado, por una parte, por el letrado D. Alejandro Torres Gómez, en nombre y representación de las trabajadoras: Gema, Guadalupe, Irene, Jacinta, Josefina, Julieta, y Noemi; y por otra parte, por el letrado D. Miquel Estelric Sabater, en nombre y representación de AGRUPACIÓN EXPRESS SL, contra la sentencia nº 142/23 de fecha 13 de junio de 2023, dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma, en sus autos nº DSP 429/22, seguidos a instancia de las trabajadoras referidas frente a Agrupación Express SL, en materia de despido, siendo magistrado-ponente el Ilmo. Sr. D. Joan Agustí Maragall, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes:
PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
PRIMERO.- La demandante, DOÑA Noemi, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 28/08/2018, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 37,53 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Jacinta, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 13/07/2016, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 37,53 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Josefina, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 23/07/2018, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 37,36 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Gema, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 15/03/2021, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 39,58 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Julieta, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 13/07/2016, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 37,53 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Guadalupe, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 26/10/2020, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 40,55 € (no controvertido).
La demandante, DOÑA Irene, ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa AGRUPACIÓN EXPRESS, S.L., desde el 26/11/2018, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y percibiendo un salario diario bruto con inclusión de pagas extraordinarias por importe de 41,43 € (no controvertido).
SEGUNDO.- Por carta fechada el 17/01/2022, cuyo contenido se da por íntegramente reproducido, la mercantil demandada comunicó a las demandantes su despido con fecha de efectos del mismo día por causas disciplinarias basado en el art. 54.2.c) del E.T. y en el art. 43.3 del Convenio colectivo nacional de Autoescuelas. En dicha carta se alude, en síntesis, a las ofensas verbales proferidas por cada una de ellas al empresario, don Rubén, en una conversación de WhatsApp, mantenida entre compañeras de trabajo. Concretamente, las expresiones que se imputan a cada una de las trabajadoras demandantes, son las siguientes y en las siguientes fechas:
Noemi
- "y cerrar express"; el 16/12/2021 a las 21:32h.
- "Está flipado"; el 17/12/2021 a las 14:18h.
- "[...] que rata . . .
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