El art. 13 de la Directiva autorización 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, se opone al IAE, epígrafe 761.2, en tanto posee la consideración de "canon" en los términos establecidos en el expresado precepto, y en cuanto grava a los operadores de telefonía móvil. Debe, pues, desplazarse la normativa nacional por oponerse a la europea. Procede, pues, casar y anular la sentencia de instancia por resultar contraria a la doctrina expresada y con estimación del recurso contencioso administrativo, anular la liquidación de la que trae causa el presente recurso.
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1.368/2023
Fecha de sentencia: 31/10/2023
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 2026/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 31/10/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. Isaac Merino Jara
Procedencia: AUD.NACIONAL SALA C/A. SECCION 6
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 2026/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Isaac Merino Jara
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1368/2023
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 31 de octubre de 2023.
Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 2026/2022, interpuesto por la procuradora doña María Jesús Gutiérrez Aceves, en representación de la mercantil Vodafone España S.A.U., contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el 21 de octubre de 2021, en el recurso núm. 154/2018 sobre impuesto sobre actividades económicas.
Ha comparecido, como parte recurrida, la Administración General del Estado, representada y defendida por el abogado del Estado.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Isaac Merino Jara.
PRIMERO.- Resolución recurrida en casación.
El objeto del presente recurso de casación lo constituye la sentencia dictada el 21 de octubre de 2021 por la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso núm. 154/2018 promovido por la representación de Vodafone España, S.A.U. contra el acuerdo de 25 de enero de 2018 del Tribunal económico-Administrativo Central, por el que se desestimaban las reclamaciones contra actos de inclusión en la matrícula y cuotas relativas al Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 2014.
SEGUNDO.- Hechos relevantes.
1. En fecha 8 de mayo de 2014, la entidad recurrente interpuso recurso de reposición frente a su inclusión en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2014. Entendía la entidad que la actividad consistente en la prestación de servicios de telefonía móvil no debía quedar sometida a tributación por el impuesto sobre actividades económicas por considerar que la normativa nacional reguladora del mismo vulneraba la normativa comunitaria constituida por los artículos 12, 13 y 14 de la Directiva 2002/20 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, así como los preceptos conexos a los anteriores recogidos en las Directivas 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo do 2002, relativa al acceso a redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados y a su interconexión, y con la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común, de las . . .
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