Dic 20, 2023 | Actualidad Prime
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo
Introducción al Real Decreto-Ley 6/2023
Contexto y Propósito. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley 6/2023 que implementa medidas urgentes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Este decreto abarca áreas importantes como el servicio público de justicia, la función pública, el régimen local y el mecenazgo, y es esencial para solicitar un desembolso de 10.000 millones de euros de fondos europeos.
Transformación Digital y Procesal del Servicio Público de Justicia
Objetivos Generales. El Real Decreto-Ley 6/2023 mejora el servicio público de justicia mediante una serie de reformas digitales y procesales, basadas en dos proyectos de ley previos.
Adaptación Tecnológica. Del mismo modo, se destaca la importancia de la interacción electrónica con la Administración de Justicia, incluyendo la realización de actos procesales de manera telemática y el acceso a expedientes a través de la Carpeta Justicia.
Expediente Judicial Electrónico. Implementación de un sistema que integra todos los documentos y actuaciones de cada procedimiento judicial de manera electrónica, mejorando la interoperabilidad y el análisis de datos.
Eficiencia Procesal. Se introducen medidas para agilizar los procedimientos judiciales, especialmente en los ámbitos penal y contencioso-administrativo, y se propone el «procedimiento testigo» para casos con demandas idénticas.
Reformas en la Función Pública
Reformas Generales. Se incorporan medidas para reformar la función pública, incluyendo una mejor planificación y gestión de recursos humanos, transparencia en procesos selectivos y una regulación más estricta de la evaluación del desempeño.
Planificación Estratégica. Se establecen planes de recursos humanos de cuatro años de duración, con énfasis en la planificación estratégica y la reestructuración de sectores específicos.
Acceso y Selección. Mejoras en los procesos de acceso y selección de empleados públicos, incluyendo la publicación obligatoria de convocatorias y la duración máxima de los procesos de oposición.
Evaluación del Desempeño. Asimismo, el Real Decreto-Ley 6/2023 implementa un sistema de evaluación obligatoria para mejorar la productividad, con medidas de formación y desarrollo profesional para quienes no alcancen los resultados esperados.
Reforma de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local
Mejoras en el Padrón Municipal. Actualización de los datos obligatorios y voluntarios en el Padrón, incluyendo la referencia catastral.
Creación de Nuevos Municipios. Se reduce el número mínimo de habitantes necesario para la creación de nuevos municipios, con énfasis en la sostenibilidad financiera y la calidad de los servicios públicos.
Apoyo a Municipios Menores. Asimismo, se introducen medidas de colaboración y apoyo para municipios con menos de 20.000 habitantes, promoviendo la calidad y sostenibilidad financiera de los servicios públicos obligatorios.
Digitalización de Servicios Públicos Locales. Obligación para las entidades locales de crear portales de internet y desarrollar planes para la implementación de servicios públicos digitalizados.
Modificaciones en la Ley del Mecenazgo en el Real Decreto-ley 6/2023
Mejora de Incentivos Fiscales. Se incrementan los incentivos fiscales para el mecenazgo. Tanto para personas físicas como jurídicas. Asimismo, se ncluye la ampliación de la cuantía del micromecenazgo y la reducción del número de ejercicios necesarios para acceder a incrementos en las deducciones.
Actualización de Actividades Económicas Exentas. Además, se añaden nuevas categorías a la lista de actividades económicas exentas en el Impuesto de Sociedades para entidades sin fines de lucro. Como las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social.
Dic 18, 2023 | Actualidad Prime
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirma la sentencia anterior de un juzgado de Vitoria-Gasteiz, en relación con los derechos lingüísticos de los trabajadores interinos. El Juzgado, consideró discriminatorio el cese de una trabajadora interina del Ayuntamiento de Laudio-Llodio por no poseer el perfil lingüístico PL3 de euskera requerido.
Sentencia del Tribunal Supremo
El perfil lingüístico establecida en el Decreto autonómico 86/1997 debe aplicarse también a los empleados interinos
La sentencia del TSJPV, 2 de noviembre, respalda la decisión del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Vitoria-Gasteiz que anulaba el cese de la trabajadora. El tribunal superior concluye que la exención del perfil lingüístico establecida en el Decreto autonómico 86/1997 para los funcionarios de carrera mayores de 45 años también debe aplicarse a los empleados interinos. Esta interpretación se basa en la idea de que no existen diferencias sustanciales que justifiquen un trato diferente entre funcionarios de carrera y trabajadores interinos en lo que respecta a esta exención por edad.
Discriminatorio el cese de la trabajadora
El TSJPV argumenta que la mención explícita de los «funcionarios titulares» en la normativa no implica la exclusión de los trabajadores temporales. Señala que la ley les otorga los mismos derechos que a los funcionarios de carrera, siempre que la naturaleza del vínculo temporal y del propio derecho lo permita. En este caso, el tribunal no observa ninguna diferencia que justifique un trato diferente para los trabajadores interinos.
La sentencia ilustra su razonamiento con un ejemplo hipotético: dos empleados de la misma edad y con las mismas exigencias de trabajo, uno funcionario de carrera y otro interino. Destaca que sería ilógico e injustificado que el funcionario de carrera pudiera desempeñar el puesto al alcanzar los 45 años. Mientras que el interino no pudiera hacerlo bajo las mismas circunstancias. En resumen, el TSJPV enfatiza que ambas situaciones son objetivamente equiparables.
De este modo, los magistrados entienden que no hay justificación objetiva para tratar de manera diferente a los funcionarios interinos respecto a la exención del perfil lingüístico. Pues la situación es comparable con los funcionarios de carrera.
Referencia al Derecho de la Unión Europea ante el cese discriminatorio
Asimismo, el Tribunal cita un Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un caso relacionado. El Auto del TJUE subraya, igualmente, el principio de no discriminación entre trabajadores temporales y fijos.
Esta resolución no es firme ya que cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Dic 15, 2023 | Actualidad Prime
El informe analizado se centra en la violencia de género en España durante el tercer trimestre de 2023. El informe evidencia un preocupante aumento tanto en el número de denuncias como en el de mujeres víctimas. Este período registró 53.480 denuncias y 52.545 mujeres víctimas, lo que representa aumentos del 8,09% y 9,57% respectivamente en comparación con el mismo periodo del año anterior. Este crecimiento es aún más notable al compararlo con los dos primeros trimestres de 2023. Mostrando incrementos del 15,44% y 16,36% en denuncias y número de víctimas respectivamente.
Informe del CENDOJ sobre la violencia de género en España
El informe, emitido por el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género, también revela un aumento significativo del 17% en las órdenes de protección acordadas por los órganos judiciales, llegando a un total de 9.754. Asimismo, se registró un incremento del 6,9% en las sentencias dictadas, con un alto porcentaje de condenas (83,72%).
En cuanto a la nacionalidad de las víctimas, el 64,44% eran españolas, y el número de víctimas menores tuteladas descendió un 23% en comparación con el mismo trimestre de 2022. La tasa de víctimas por cada 10.000 mujeres se situó en 21,4, siendo superior a la media nacional en regiones como Baleares, Murcia, y Comunidad Valenciana, entre otras.
La mayoría de las denuncias fueron presentadas por las propias víctimas
El análisis muestra que la mayoría de las denuncias fueron presentadas por las propias víctimas (72,47%). Por otro lado, hubo un leve aumento en las denuncias derivadas de atestados policiales, mientras que las originadas por lesiones y presentadas por terceros disminuyeron.
Notablemente, un 9,82% de las víctimas optaron por no declarar contra su agresor, un aumento en comparación con el año anterior. En cuanto a las órdenes de protección, se observó que se adoptaron 7 de cada 10 solicitudes, con un total de 13.798 pedidas y 9.754 acordadas. La mayoría de estas órdenes provinieron de relaciones de pareja.
Además, se implementaron medidas judiciales penales y civiles de protección, incluyendo órdenes de alejamiento y prohibiciones de comunicación. En el ámbito civil, las medidas más comunes fueron las relacionadas con la prestación de alimentos y la atribución de la vivienda.
Altos porcentajes de sentencias condenatorias sobre la violencias de género en España
Finalmente, el informe destaca que los juzgados de violencia sobre la mujer, los juzgados de lo Penal, y las Audiencias Provinciales mantuvieron altos porcentajes de sentencias condenatorias. Los juzgados de menores también enjuiciaron casos relacionados con violencia de género.
Dic 14, 2023 | Actualidad Prime
Recientemente, el BOE ha publicado el Real Decreto 1007/2023 (TOL9.792.066), de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación; llamado Reglamento Veri*factu.
Este reglamento se origina en una modificación del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003. Tiene como objetivo principal regular los sistemas y programas informáticos utilizados en los procesos de facturación por empresarios y profesionales.
Veamos los puntos clave de este reglamento
Objetivo y Contexto Legal
El reglamento surge como respuesta a la necesidad de combatir el fraude fiscal, en particular, el uso de software que permite ocultar ventas. Se fundamenta en una modificación de la Ley General Tributaria y la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.
Requisitos para los Sistemas de Facturación
Establece requisitos legales para que los registros de facturación producidos por sistemas informáticos aseguren integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Esto se logra mediante elementos de seguridad como hashes encadenados y firma electrónica, que previenen modificaciones no registradas en las facturas.
El ‘Reglamento Veri*factu’
Recibe este nombre coloquialmente y propone una forma sencilla y eficiente de cumplimiento, mediante el envío de registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su generación.
- Beneficios Adicionales. Además de combatir el fraude y la evasión fiscal, el reglamento promueve la digitalización de empresas y mejora los servicios de asistencia de la Agencia Tributaria a los contribuyentes. Facilita la descarga de operaciones para la confección de libros registros fiscales y modelos tributarios.
- Aplicabilidad y Excepciones. Es aplicable a todos los empresarios en toda España, excepto en territorios de régimen fiscal foral y para aquellos sujetos al Suministro Inmediato de Información (SII) o sin obligación de facturación.
- Verificación de Facturas por Clientes. Los clientes podrán verificar la validez fiscal de las facturas simplificadas recibidas a través de la web de la Agencia Tributaria.
- Implementación y Plazos. Una orden ministerial de desarrollo técnico seguirá a este real decreto, y los desarrolladores de software tendrán un máximo de 9 meses para cumplir con sus disposiciones. Las empresas y autónomos obligados deberán adaptarse a la norma para el 1 de julio de 2025.
Financiación para PYMEs y Autónomos y compatibilidad con otros reglamentos
Se prevé la utilización del kit digital del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para financiar las modificaciones necesarias en los programas informáticos. Asimismo, Es compatible con el Proyecto de Reglamento de Factura Electrónica B2B, lo que implica una adaptación integral de los sistemas informáticos de los empresarios a ambas normativas.
Dic 13, 2023 | Actualidad Prime
La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona archiva el caso debido a la superación del plazo legal
El ‘caso Davalor’, ha sido archivado debido a la superación del plazo legal de 12 meses para solicitar una prórroga de investigación. Este plazo se inició con la apertura de diligencias por el Tribunal Supremo el 21 de enero de 2021. Y el caso pasó al Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona el 9 de marzo de ese año. Sin embargo, la prórroga no fue dictada hasta el 18 de febrero de 2022, excediendo el límite temporal establecido por la ley.
La decisión de archivar se basa en la interpretación de la magistrada de que el procedimiento iniciado por el Tribunal Supremo y el seguido en Pamplona son en realidad el mismo. Lo que significa que el período de 12 meses para la investigación comenzó el 21 de enero de 2021. En su resolución, la magistrada explica que el cambio de jurisdicción del caso, debido a la pérdida de la condición de aforado del querellado, no implica que el plazo comience de nuevo, sino que sigue corriendo desde la fecha del auto inicial.
‘Caso Davalor’ | Prórroga confirmada con el plazo legal superado
El Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona intentó extender el período de investigación el 9 de febrero de 2022. No obstante, la prórroga no se confirmó hasta el 18 de febrero, momento en el que ya se había superado el plazo legal. Por lo tanto, la magistrada determina que las diligencias acordadas después del 21 de enero de 2022 son inválidas. Aunque, pese a esto, no invalida aquellas diligencias acordadas antes de esta fecha y ejecutadas posteriormente.
Asimismo, las declaraciones de los investigados, previstas para la semana siguiente, también fueron anuladas. Pues estas no se habían acordado antes del límite del 21 de enero de 2022. La magistrada concluye que, dado que no se tomó declaración a ninguna persona como investigada antes de esa fecha, no es posible dirigir el procedimiento contra nadie. Resultando en la conclusión del sumario sin procesamiento.
Conclusión del Tribunal supremo
Finalmente, el ‘caso Davalor’ se archiva debido a la superación del plazo legal para la prórroga de la investigación. Y todas las diligencias y declaraciones acordadas después de ese plazo se consideran inválidas, llevando a la conclusión del caso sin procesamiento.