TS Sala 1ª; 02-11-2023. Responsabilidad del fabricante. Es correcta la aplicación del régimen de responsabilidad por productos defectuosos a los perjuicios derivados de las lesiones sufridas por el titular de un bar con ocasión de la explosión de una botella de cerveza. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 1516/2023 – Num. Proc.: 3594/2019 – Ponente: María de los Ángeles Parra Lucan (TOL9.777.372)

Dic 17, 2023

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 1.516/2023

Fecha de sentencia: 02/11/2023

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 3594/2019

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 25/10/2023

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

Procedencia: AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA. SECCIÓN 1.ª

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

Transcrito por: LEL

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3594/2019

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 1516/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

D. José Luis Seoane Spiegelberg

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 2 de noviembre de 2023.

Esta Sala ha visto el recurso de casación e infracción procesal interpuesto por la mercantil Damm S.A., representada por el procurador D. Rafael Gamarra Megias, bajo la dirección letrada de D. Josep Ensesa Viñas y la aseguradora Aig Europe Limited, representada por el procurador D. Ramón Blanco Blanco y bajo la dirección letrada de D. Josep Ensesa Viñas, contra la sentencia n.º 256/2019, de 29 de abril, dictada por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en el recurso de apelación n.º 174/2018, dimanante de las actuaciones de juicio ordinario n.º 928/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona, sobre reclamación de cantidad. La parte recurrida no se ha personado ante esta sala.

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia

1. Don Juan María interpuso demanda de juicio ordinario contra la mercantil Damm S.A. y la aseguradora Aig Europe Limited Sucursal en España, en la que solicitaba se dictara sentencia:

"que condene a las demandadas, es decir, Damm S.A. y Aig Europe Limited Sucursal en España de forma solidaria, a abonar al actor la suma de 152.877, 12 € en concepto de indemnización por los daños padecidos por el actor como consecuencia del siniestro que se ha detallado en el cuerpo de esta demanda, por los conceptos detallados en la misma".

2. La demanda fue presentada el 16 de diciembre de 2016 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona, fue registrada con el n.º 928/2016. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de las partes demandadas.

3. La mercantil Damm S.A. y la aseguradora Aig Europe Limited Sucursal en España contestaron a la demanda mediante escritos en los que solicitaban la desestimación íntegra de la demanda con expresa imposición de costas al actor.

4. Tras seguirse los trámites correspondientes, la Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona dictó sentencia de fecha 8 de enero de 2018, con el siguiente fallo:

"DESESTIMO la demanda de juicio ordinario presentada por el procurador Alfredo Martínez Sánchez en representación de Juan María contra la mercantil Damm S.A. y la aseguradora Aig Europe Limited Sucursal en España, con imposición a la actora de las costas causadas en este procedimiento".

SEGUNDO.- Tramitación en segunda instancia

1. La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por la representación de D. Juan María.

2. La resolución de este recurso correspondió a la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, que lo tramitó con el número de rollo 174/2018 y, tras seguir los correspondientes trámites, dictó sentencia en fecha 29 de abril de 2019, con el siguiente fallo:

"Estimar el recurso de apelación interpuesto por D . . .

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