TS Sala 4ª; 07-11-2023. El TS reitera su doctrina sobre el contrato de relevo. Se trata de un contrato de relevo suscrito en 2018 para sustituir al relevado con reducción de jornada del 75% por jubilación parcial. Régimen aplicable al contrato de relevo: necesidad de que se hubiera celebrado a tiempo completo y con duración indefinida, según las previsiones de la legislación aplicable al tiempo de la celebración del contrato. El cese del trabajador relevista constituye despido. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 949/2023 – Num. Proc.: 4954/2022 – Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER (TOL9.780.480)

Mar 14, 2024

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 4954/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sagrario Plaza Golvano

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Social

Sentencia núm. 949/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Antonio V. Sempere Navarro

D. Ángel Blasco Pellicer

D.ª María Luz García Paredes

D. Juan Molins García-Atance

En Madrid, a 7 de noviembre de 2023.

Esta Sala ha visto el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por D.ª Salvadora representada y asistida por la letrada D.ª Ana Colomera Ortiz contra la sentencia dictada el 16 de septiembre de 2022 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de suplicación núm. 706/2022, formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 14 de Madrid, de fecha 6 de abril de 2022, autos núm. 213/2022, que resolvió la demanda sobre despido interpuesta por D.ª Salvadora frente a la Universidad de Alcalá de Henares.

Ha comparecido en concepto de parte recurrida la Universidad de Alcalá representada por el procurador D. Marcelino Bartolomé Garretas y bajo la dirección letrada de D. Tomás González García.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer.

PRIMERO.- Con fecha 6 de abril de 2022 el Juzgado de lo Social núm. 14 de Madrid dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos:

"Primero.- Dña. Salvadora, mayor de edad y con DNI NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta de la Universidad de Alcalá desde el día 18-2-2018, en virtud de contrato de trabajo temporal de relevo, a tiempo parcial (1.102,5 horas al año frente a las 1.470 horas anuales de jornada completa), con la categoría profesional de técnico especialista II (servicios e información) conserje. El contrato marcó una duración hasta el día 17-2-2022 y se consignó la identidad del trabajador relevado, que pasaba a prestar servicios como técnico especialista II, conserje reduciendo su jornada completa en un 75%. El contrato obra a los folios 57 a 57 y aquí se da por reproducido.

Con fecha 26-9-2018 se suscribió entre Dña. Salvadora y la Universidad una Adenda al contrato de trabajo en el que se pactó la novación del contrato, pasando la trabajadora a prestar servicios a tiempo completo con efectos de 3-10-2018 y pasando, en consecuencia a percibir su salario con arreglo a dicha jornada completa. La Adenda obra al folio 60 y aquí se da por reproducido.

La relación laboral se rige por el convenio colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.

El salario de Dña. Salvadora en 2022 ascendió a 2.298,31 euros incluida parte proporcional de pagas extras.

Segundo.- El trabajador identificado en el contrato de trabajo de Dña. Salvadora, como trabajador que pasaba a prestar servicios a tiempo parcial por su paso a jubilación parcial, quedó incluido en el listado remitido por la Universidad de Alcalá a la Dirección Provincial del INSS el día 15-4-2013, listado referido al personal laboral de administración y servicios acogidos al II convenio colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas de la CAM que se acogía a jubilación parcial. El escrito y el listado obran a los folios 83 a 84 y aquí se da por reproducido.

Tercero.- El día 1-1-2022 Dña. Salvadora recibió escrito de la Jefa del Servicio de Planificación y Gestión de PAS de la Universidad en el que se le comunicaba que el día 17-2-2022 finalizaba el contrato de trabajo "por cumplimiento del objeto del mismo". El escrito obra al folio 64 y aquí se da por reproducido.

Llegado el día 17-2-2022, Dña. Salvadora cesó en su trabajo, causando baja como empleada de la Universidad de Alcalá.

Cuarto.- El día 28-2-2022 se presentó demanda.

Quinto.- No consta que D . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Regularización íntegra. Cuando, tras una regularización del IRPF, se ha considerado inexistente la actividad económica de la sociedad y se han imputado sus rendimientos al socio persona física, el principio de íntegra regularización impone a la Administración competente para liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio que, si asume la anterior consideración para negar la exención de las participaciones en dicha sociedad por incumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos.a) LIP, tenga también en consideración el impacto que aquello tiene en la valoración de las participaciones (art. 16 LIP), como consecuencia de la variación del valor del patrimonio neto. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1405/2024 – Num. Proc.: 8950/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.124.551)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.405/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R....

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial (TOL10.098.224)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial1. Expresiones que hacen fortunaHay expresiones que, no se sabe muy bien por qué, hacen fortuna. Y la hacen a pesar de...

Acuerdo entre el Reino de España y Georgia sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 5 de abril de 2024 (TOL10.155.178)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y GEORGIA SOBRE EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO Y EL CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES El Reino de España y...

Función pública: Se anula la plaza de un policía local que tenía antecedentes penales en el momento de la solicitud de la oposición – Juzgado de lo Contencioso-Administrativo – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: Pr0cedimient0:Pr0cedimient0abreviad0 – Num. Proc.: 155/2021 – Ponente: FERNANDO GERMAN PORTILLO RODRIGO (TOL10.134.523)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Jurisprudencia | 0 Comments

SENTENCIAEn Melilla, a 11 de julio de 2024Vistos por este juzgado los autos del Procedimiento Abreviado 155/21 seguidos en virtud de recursointerpuesto por D. Jacobo ,...

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio (TOL10.098.223)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Doctrina | 0 Comments

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio1. El estado de la cuestión: la expansión criminalizadoraLa introducción del...

Anulación de sentencia por motivación arbitraria. Intervención telefónica: indicio obtenido por la grabación de una conversación privada obtenida por uno de los interlocutores. Motivación por remisión o hetero integración. Autenticidad de los soportes que alojan grabaciones obtenidas por sistema SITEL. Registro: imprecisión en la designación del lugar. Presencia del interesado. Momento hábil para introducir las declaraciones prestadas en instrucción por quien se acoge a su derecho a no declarar en el acto del juicio. Legitimación del Fiscal para recurrir por infracción de garantía de tutela judicial efectiva y del derecho a valerse de medios de prueba pertinentes. Otros. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 753/2024 – Num. Proc.: 2984/2020 – Ponente: Ana María Ferrer García (TOL10.124.144)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 753/2024 Fecha de sentencia: 22/07/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...