La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al empresario al frente de Seguridad Integral Canaria, y a su sucesor como administrador, de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social que les fueron imputados. La Fiscalía había solicitado una pena de 21 años de cárcel para el empresario. Se le acusaba de haber defraudado 30,06 millones de euros a la Seguridad Social entre 2009 y 2017. Y de eludir el pago de 6,60 millones de euros a Hacienda entre 2009 y 2013. Delitos claros de fraude a Hacienda y a la Seguridad Social.
Sentencia extensa con un voto particular
La sentencia, que abarca 74 folios, incluye un voto particular de un miembro del tribunal que discrepaba y hubiera preferido una condena. La absolución se basa en irregularidades procedimentales significativas. Estas incluyen: la falta de una declaración requerida durante la instrucción de los acusados sobre los delitos fiscales y cuotas a la seguridad social de ciertos años. La Sala consideró esto último como una omisión que comprometió el derecho de defensa y condujo a una situación de indefensión.
Además, la sentencia recalca que las actuaciones del juez, anteriormente a cargo del caso, fueron anuladas completamente por conductas impropias. Incluyendo la toma de declaraciones iniciales sin una base adecuada y con intenciones consideradas espurias. Lo cual invalida esas declaraciones y cualquier acción derivada de ellas.
Fraude a Hacienda y a la Seguridad Social | Responsabilidad fiscal del año 2009
En cuanto a la responsabilidad fiscal del año 2009, el tribunal determinó que no se demostró adecuadamente que la cuota no ingresada por retenciones de IRPF superase los 120,000 euros. En temas de Seguridad Social para el período 2009 a 2012, la Sala señaló la existencia de un acuerdo de reconocimiento de deuda entre la empresa y la Seguridad Social, lo cual saca esos años del ámbito penal, al haberse llegado a un acuerdo de pago.
Acusaciones de convenios laborales fraudulentos
La Audiencia también rechazó las acusaciones de convenios laborales fraudulentos entre 2013 y 2017, indicando que, aunque hubo irregularidades que necesitaban regularización, no se probó que estas fueran producto de un acto fraudulento como lo exige la ley.
Fallo del Tribunal | Absuelto de fraude a Hacienda y a la Seguridad Social
Finalmente, la Sala concluyó que «de la prueba practicada no se desprende con la exigible claridad y suficiencia que puede efectivamente atribuirse al acusado Miguel Ángel R. la condición de administrador de hecho de SIC necesaria para sostener la imputación contra el mismo, una vez cesó en su cargo como administrador de derecho en fecha 2/8/2011». Esta decisión es recurrible mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.