T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 234/2024
Fecha de sentencia: 21/02/2024
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 3502/2023
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 14/02/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Procedencia: AUD. PROVINCIAL DE MADRID, SECCIÓN 22.ª
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez
Transcrito por: EAL
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3502/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 234/2024
Excma. Sra. y Excmos. Sres.
D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán
D. José Luis Seoane Spiegelberg
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 21 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por D. Geronimo, representado por la procuradora D.ª M.ª Teresa Marcos Moreno, bajo la dirección letrada de D. Alejandro Ladrón Moreno, contra la sentencia n.º 165/2023, dictada por la Sección 22.ª de la Audiencia Provincial de Madrid, en el recurso de apelación n.º 1149/2021, dimanante de las actuaciones de divorcio contencioso n.º 27/19, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 5 de Madrid. Ha sido parte recurrida D.ª Frida, representada por la procuradora D.ª M.ª de los Ángeles Almansa Sanz y bajo la dirección letrada de D.ª M.ª José Evangelio Gamero.
Ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- El procurador D. Alfredo Gil Alegre, en nombre y representación de D.ª Frida, interpuso demanda de divorcio contra D. Geronimo, en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] acordándose los siguientes efectos y medidas:
"a) Atribución de la guardia y custodia del menor de edad a la madre, con patria potestad compartida.
"b) Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar al hijo menor y a la madre.
"c) Se fije un régimen de visitas, estancias y comunicación a favor del padre en la forma siguiente:
"- Hasta que el menor cumpla los cuatro años de edad y empiece el colegio: en un punto de encuentro familiar el martes y Jueves de 12:00 h a 18:00 h. y fines de semana alternos de 11:00 a 19: 00 h sábado y domingo.
"Una vez que el menor cumpla cuatro años de edad y comience el colegio, siempre que el padre disponga de un domicilio en el que disponga de una habitación separada y adecuada para el menor, con pernocta.
"Una vez que el menor empiece el colegio, martes y Jueves que le recogerá su padre a la salida del colegio hasta las 19:00 h y fines de semana alternos sábado y domingo de 11 h a 19:00 h.
"Una vez que el menor haya cumplido cuatro años: Las vacaciones se distribuirán por mitades y en dos periodos:
"Vacaciones de verano:
"1.- Primer periodo: primera quincena de julio y primera quincena de agosto, del día 1 de Julio a las 11 h hasta el día 16 de Julio a las 19:00 h. y desde el día 1 de Agosto a las 11:00 horas hasta el 16 de agosto a las 19:00 h.
"2.- Segundo periodo: segunda quincena de julio y segunda quincena de agosto. Del día 16 de Julio a las 19:00 h. hasta el 1 de Agosto a las 11:00 h. y desde el 16 de Agosto a las 19:00 h. hasta el día 1 de septiembre a las 11.00.
"Corresponderá el primer periodo a . . .
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