Filiacion hijo. Mi cliente tiene un hijo de 4 años y no está reconocido por él. Se le pasó el plazo del año para hacer el reconocimiento. Pero el menor ha estado conviviendo en su casa, servicios sociales se lo entregó a la familia paterna porque la madre tiene problemas con las drogas. Pero como no consta inscrita como su hijo se lo han entregado a los abuelos paternos. ¿ Se puede instar un procedimiento de filiación por la posesión de estado ¿ Que se podria hacer? (TOL9.740.057)

Nov 3, 2023

TAS5920Re: Filiacion hijo.Los medios de determinación de la paternidad extramatrimonial están regulados en el art. 120 del Código Civil. Conforme a lo dispuesto en este precepto y en el art. 44 de la Ley del Registro Civil, y aplicado al presente caso, la filiación no matrimonial quedará determinada legalmente:1.º En el momento de la inscripción del nacimiento, por la declaración conforme realizada por el padre correspondiente formulario oficial a que se refiere la legislación del Registro Civil. En este caso, esta vía no resulta ya aplicable.2.º Por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil. En relación con el reconocimiento de un menor de edad, el art. 124 CC, dispone que la eficacia del reconocimiento de la persona menor de edad requerirá el consentimiento expreso de su representante legal (en este caso, de su madre) o la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal y del progenitor legalmente conocido. Y que no será necesario el consentimiento o la aprobación si el reconocimiento se hubiere efectuado dentro del plazo establecido para practicar la inscripción del nacimiento.3.º Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil. Podrá inscribirse la filiación mediante expediente aprobado por el Encargado del Registro Civil, siempre que no haya oposición del Ministerio Fiscal o de parte interesada notificada personal y obligatoriamente, cuando el hijo se halle en la posesión continua del estado de hijo del padre, justificada por actos directos del mismo padre o de su familia. Formulada oposición, la inscripción de la filiación solo podrá obtenerse por el procedimiento regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.4.º Por sentencia firme, para lo cual habrá que instar la correspondiente demanda de reclamación de la paternidad, con arreglo a lo establecido en los arts. 764 y siguientes de la LEC.-----------CTOLIMELIANRe: Filiacion hijo.La única forma en que se podría obtener en este caso sería mediante sentencia firme. Por eso preguntaba si el plazo es de un año exclusivamente desde que el padre tiene conocimiento del nacimiento, puesto que entonces no podría ejercitarlo o si el hecho de que el menor haya vivido con el padre, que en el colegio sepan que es su padre y que en una sentencia por un delito de violencia de genero la madre reconociera que tiene un hijo nos permitirá usar la posesión de estado y salvar el plazo de un año, ya que el niño tiene casi cinco y el padre siempre fue conocedor siempre de su nacimiento.-----------TAS5920Re: Filiacion hijo.Si existe la posesión del estado de progenitor respecto del hijo, la acción de reclamación puede plantearse al amparo del art. 131 del CC, siendo una acción imprescriptible. La posesión de estado, según indica el artículo 767.3 LEC, es un hecho a partir del cual podrá declararse la filiación, "aunque no haya prueba directa". La posesión de estado ha sido reiteradamente definida por la jurisprudencia como el "concepto público en que es tenido un hijo con relación a su padre natural, cuando este concepto se forma por actos directos del mismo padre o de su familia, demostrativos de un verdadero reconocimiento perfectamentevoluntario, libre y espontáneo, iniciado por actos voluntarios y directos del mismo padre" (sentencias de 17 marzo de 1988 y 20 de mayo de 1991). La jurisprudencia ha elaborado el concepto basándose en la concurrencia de tres requisitos:1) Nomen significa que el poseedor del estado utiliza habitual y constantemente el apellido de la persona cuya filiación posee.2) Tractatus es la relación que mantienen y se dan recíprocamente dos personas, en este caso la relación propia de filiación que se entabla entre una persona y su supuesto padre/madre.3) Reputatio o fama es el reconocimiento social de una relación de hecho que refleja una relación de filiación.Resulta posible la acreditación de la posesión de estado aun en ausencia de alguno de sus tres elementos clásicos. En particular, no se exige el nomen en el sentido estricto de que el supuesto hijo use los apellidos del progenitor, pero sí resulta absolutamente imprescindible el tractatus (sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2018).-----------http://foros.tirant.com/viewtopic.php?f=110&t=51350 . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Regularización íntegra. Cuando, tras una regularización del IRPF, se ha considerado inexistente la actividad económica de la sociedad y se han imputado sus rendimientos al socio persona física, el principio de íntegra regularización impone a la Administración competente para liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio que, si asume la anterior consideración para negar la exención de las participaciones en dicha sociedad por incumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos.a) LIP, tenga también en consideración el impacto que aquello tiene en la valoración de las participaciones (art. 16 LIP), como consecuencia de la variación del valor del patrimonio neto. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1405/2024 – Num. Proc.: 8950/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.124.551)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.405/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R....

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial (TOL10.098.224)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial1. Expresiones que hacen fortunaHay expresiones que, no se sabe muy bien por qué, hacen fortuna. Y la hacen a pesar de...

Acuerdo entre el Reino de España y Georgia sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 5 de abril de 2024 (TOL10.155.178)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y GEORGIA SOBRE EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO Y EL CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES El Reino de España y...

Función pública: Se anula la plaza de un policía local que tenía antecedentes penales en el momento de la solicitud de la oposición – Juzgado de lo Contencioso-Administrativo – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: Pr0cedimient0:Pr0cedimient0abreviad0 – Num. Proc.: 155/2021 – Ponente: FERNANDO GERMAN PORTILLO RODRIGO (TOL10.134.523)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Jurisprudencia | 0 Comments

SENTENCIAEn Melilla, a 11 de julio de 2024Vistos por este juzgado los autos del Procedimiento Abreviado 155/21 seguidos en virtud de recursointerpuesto por D. Jacobo ,...

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio (TOL10.098.223)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Doctrina | 0 Comments

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio1. El estado de la cuestión: la expansión criminalizadoraLa introducción del...

Anulación de sentencia por motivación arbitraria. Intervención telefónica: indicio obtenido por la grabación de una conversación privada obtenida por uno de los interlocutores. Motivación por remisión o hetero integración. Autenticidad de los soportes que alojan grabaciones obtenidas por sistema SITEL. Registro: imprecisión en la designación del lugar. Presencia del interesado. Momento hábil para introducir las declaraciones prestadas en instrucción por quien se acoge a su derecho a no declarar en el acto del juicio. Legitimación del Fiscal para recurrir por infracción de garantía de tutela judicial efectiva y del derecho a valerse de medios de prueba pertinentes. Otros. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 753/2024 – Num. Proc.: 2984/2020 – Ponente: Ana María Ferrer García (TOL10.124.144)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 753/2024 Fecha de sentencia: 22/07/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...