<

El Tribunal Supremo fija criterio en ITPyAJD para contratos resueltos por acuerdo

El acto seguirá siendo sujeto a tributación en el ITPyAJD aunque se resuelva posteriormente de mutuo acuerdo.

Publicado: 17 de junio de 2024

Puede haber mutuo acuerdo incluso cuando se haya entablado un proceso judicial para resolver las discrepancias sobre las consecuencias económicas de la resolución contractual. Ahora bien, el acto seguirá siendo sujeto a tributación en el ITPyAJD. [TOL10.041.866]

El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD) en casos donde un contrato queda sin efecto por mutuo acuerdo, incluso si existen disputas judiciales sobre las consecuencias de dicha resolución.

En el caso examinado, una empresa quiso comprar dos propiedades, no obstante, tras haber problemas para inscribir la compra en el registro, tuvo que pagar casi 60.000 euros en impuestos. Posteriormente, al no poder subsanar los problemas, intentaron resolver el contrato.

La empresa demandó para resolver el contrato y recuperar dinero. El juzgado acordó con la resolución del contrato pero no en cómo repartir los gastos. Por ello, acudió a los tribunales a través de un recurso, a fin de que se le devolviera el impuesto pagado. No obstante, sus pretensiones quedaron rechazadas, al haberse resuelto el contrato de mutuo acuerdo.

Por ello, acudió ante el Tribunal Supremo en recurso de casación. 

Pronunciamiento del Supremo

El Supremo establece que, al existir mutuo acuerdo, se aplica el artículo 57.5 de la LITPyAJD. El artículo excluye la devolución cuando el contrato queda sin efecto por mutuo acuerdo, incluso si se ha iniciado un proceso judicial para resolver las consecuencias económicas de la resolución:

«Si el contrato queda sin efecto por mutuo acuerdo de las partes contratantes, no procederá la devolución del impuesto satisfecho y se considerará como un acto nuevo sujeto a tributación. Como tal mutuo acuerdo se estimarán la avenencia en acto de conciliación y el simple allanamiento a la demanda.»

Supuesto distinto es el del apartado 1 del mismo artículo, en el cual se dispone que: 

«Cuando se declare o reconozca judicial o administrativamente, por resolución firme, haber tenido lugar la nulidad, rescisión o resolución de un acto o contrato, el contribuyente tendrá derecho a la devolución de lo que satisfizo por cuota del Tesoro, siempre que no le hubiere producido efectos lucrativos y que reclame la devolución en el plazo de cinco años, a contar desde que la resolución quede firme.

No será precisa la declaración judicial o administrativa cuando la resolución sea consecuencia del cumplimiento de una condición establecida por las partes. (…)».

No obstante, no resulta aplicable al caso.

Además, la Sala hizo referencia a la sentencia del Tribunal Supremo n.º 3/2021, de 13 de enero , que afirma que el mutuo disenso no implica atribución de culpa o dolo a una de las partes, sino la voluntad concurrente de ambas de dejar sin efecto el contrato. Para que exista mutuo disenso, debe haber consentimiento sobre el objeto y la causa del contrato.

Por ello, confirma lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia y desestima el recurso presentado por la empresa.

Últimas entradas publicadas

comisión de apertura

El Supremo reitera jurisprudencia sobre la comisión de apertura en las hipotecas, tras TJUE

by | Jun 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Sobre la reciente decisión del Tribunal Supremo sobre la comisión de apertura y su alineación con las directrices de la UE.

Nulidad de las cláusulas suelo en una acción colectiva

Nulidad de las cláusulas suelo en una acción colectiva de ADICAE

by | Jun 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Aunque a partir de 2007-2008 pudo surgir una mayor conciencia sobre los efectos de las cláusulas suelo, el Supremo considera irrelevante este cambio de percepción

Abuso de posición dominante en el ecosistema Android

Abuso de posición dominante en el ecosistema Android

by | Jun 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Abogada General respalda la calificación jurídica de infracción única y continuada. Las conductas se dirigían a preservar y reforzar el modelo de negocio de Google, basado en el dominio del mercado de búsqueda general

publicidad farmacia

Prohibición de publicidad en farmacias contraria al Derecho UE

by | Jun 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Recurso de la Comisión Europea contra Polonia: por publicidad en farmacias. El 19 de junio de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó sentencia...

Doctrina de los actos propios

Doctrina de los actos propios frente al Acuerdo Transaccional

by | Jun 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo concluye que la doctrina de los actos propios no puede emplearse para obligar a la sociedad a renunciar a su acción de restitución, al no existir acto propio válido que contravenga su derecho

publicidad farmacia

Facturación obligatoria para farmacéuticos

by | Jun 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Conoce las obligaciones de facturación farmacéuticos según la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos: V0981-25.