<

Enfermedad mental incapacitante | anulada una condena de 10 años

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra anuló una condena de 10 años de prisión al considerar que el acusado, por padecer una enfermedad mental incapacitante, no tiene capacidad para comprender el juicio ni defenderse adecuadamente

Publicado: 1 de marzo de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado una condena de 10 años de prisión.  Esta fue impuesta a un hombre de 37 años por mantener relaciones sexuales con una menor de 15 años. La decisión del TSJN se basa en la consideración de que el acusado padece una enfermedad mental incapacitantes para ser juzgado. La enfermedad afecta a su capacidad para comprender el alcance del juicio oral y defenderse adecuadamente.

La sentencia del TSJN, que no admite recurso, declara la nulidad del juicio previo y de la sentencia. Asimismo, ordena retrotraer las actuaciones al momento procesal anterior a la celebración de la vista oral.

Enfermedad mental incapacitante

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que debe ser otro tribunal de la Audiencia, formado por magistrados diferentes a los de la sentencia anulada, quien evalúe periódicamente el estado mental del encausado. De esta manera, se podrá determinar su capacidad para enfrentarse a un nuevo juicio. La decisión abre la posibilidad de que el acusado no sea enjuiciado si se acredita que su enfermedad mental incapacitante es permanente e irreversible.

Además, se critica la falta de diligencia de la Audiencia. Esta no solicitó un dictamen de un médico forense sobre la capacidad mental del acusado tras recabar un informe de la Unidad de Psiquiatría. Lo que llevó a dudas fundadas sobre la capacidad del encausado para afrontar el juicio.

Derecho a la Tutela Judicial Efectiva

Conclusión ante la enfermedad mental incapacitante del acusado

El TSJN enfatiza que la celebración del juicio oral bajo las condiciones psicológicas del acusado le dejó indefenso. Por lo que se mostraton ilusorias las garantías del proceso y vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva. La sentencia subraya la necesidad de comprender el alcance y significado de los actos y manifestaciones del acusado, asegurando así su derecho a un proceso con todas las garantías.

Últimas entradas publicadas

Competencias de la Inspección de Trabajo

Competencias de la Inspección de Trabajo en obras de construcción

by | Sep 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce expresamente que las competencias de la Inspección de Trabajo abarcan la fiscalización de la titulación del coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción

méritos

El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los profesores asociados a percibir méritos docentes

by | Sep 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo reconoce el derecho de los profesores asociados a tiempo parcial de recibir el complemento por méritos.

Supresión del complemento en el transporte

Supresión del complemento en el transporte sanitario de Aragón

by | Sep 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo estima el recurso de los sindicatos, anula parcialmente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y declara nula la supresión del complemento de «horas de presencia»

historial médico

La Audiencia de Cantabria absuelve a una técnico de laboratorio: acceso a historial médico

by | Sep 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de Santander absuelve a una técnico de laboratorio de un delito por acceder al historial médico de una compañera.

Despido por ineptitud sobrevenida

Despido por ineptitud sobrevenida: qué es y cómo funciona

by | Sep 16, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El despido por ineptitud sobrevenida permite extinguir un contrato cuando el trabajador pierde, tras ser contratado, la capacidad para desempeñar su puesto. Bebe probarse, ser permanente y no atribuible a la empresa

prisión preventiva

5.000 euros de compensación tras pasar 196 días en prisión preventiva

by | Sep 16, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La AN ha establecido una indemnización de 5.000 euros a un empresario absuelto tras haber pasado 196 días en prisión preventiva.