<

Insultar una vez al jefe no es motivo directo de despido

El TSJ de Madrid establece que insultar una vez al jefe no es un motivo directo que justifique el despido del trabajador.

Publicado: 7 de mayo de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido una sentencia en la que se aborda la cuestión de si el despido de un trabajador por insultar a su jefe puede considerarse justificado. [TOL9.948.417]

En este caso, la empresa despidió al trabajador tras llamar «gilipollas» a su jefe durante una discusión. El tribunal ha determinado que, aunque el insulto constituye una ofensa verbal, este acto aislado no posee la gravedad suficiente como para justificar un despido.

El conflicto surgió el 21 de abril de 2023, cuando, al finalizar su jornada laboral, su jefa le advirtió que podría ser sancionado por desobediencia si se marchaba antes de tiempo. El trabajador respondió con el insulto y abandonó el lugar. Posteriormente, la empresa despidió al trabajador, motivando el despido a raíz de la ofensa verbal contra su superior. El trabajador, no conforme, acudió ante los tribunales.

El Juzgado de lo Social Nº 31 de Madrid, en primera instancia, declaró el despido como improcedente, por lo que la empresa interpuso un recurso. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tras revisar el recurso, confirmó la sentencia inicial, destacando que el hecho, siendo concreto y aislado, no justifica la máxima sanción del despido. Se consideró que la empresa podría haber optado por una sanción menos severa.

Fundamentos de la sentencia

El TSJ recuerda que  el ejercicio del poder disciplinario empresarial está sujeto a límites materiales, entre ellos:

  • La falta debe estar tipificada en una norma.
  • La graduación de la falta debe atender a los principios de individualización y de proporcionalidad.
  • La falta no puede discriminar entre trabajadores que cometan hechos similares (sin justificación).
  • No debe haber sido sancionado previamente por los mismos hechos.
  • La sanción impuesta no debe estar prohibida legalmente. 
  • Límites formales: como concretar la sanción por escrito, entre ellas.

Según el artículo 54.2c) ET, constituyen justa causa de despido disciplinario las ofensas verbales

o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. No obstante, no todas las ofensas verbales conllevan la sanción de despido: debe analizarse la expresión, la finalidad y las circunstancias. Es necesario que se trate de un incumplimiento grave y culpable, la sanción de despido obliga a una interpretación restrictiva.

En este caso, el tribunal valoró que el insulto, aunque inapropiado, no alcanzaba el nivel de gravedad necesario para un despido, teniendo en cuenta además que el trabajador ya había concluido su jornada laboral en el momento del incidente.

Conclusiones

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha reafirmado la improcedencia del despido del trabajador. Concluye que insultar una vez al jefe no puede ser el único motivo mediante el cual se justifique el despido. En el caso, las circunstancias no son suficientemente graves.

Últimas entradas publicadas

inconstitucionalidad

Agotamiento de la vía administrativa en relación a la inconstitucionalidad

by | Ene 23, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo recuerda que no es necesario agotar la vía administrativa para acudir a la vía judicial por inconstitucionalidad.

carácter retroactivo

Las multas de Turów no tienen carácter retroactivo

by | Ene 23, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia confirma que las multas del caso Turów no pueden anularse con carácter retroactivo, ni siquiera mediante un acuerdo amistoso

canon minero

El Tribunal de Justicia limita el canon minero húngaro

by | Ene 23, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Contexto normativo y origen del litigio El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en el asunto C-144/24, Comisión/Hungría, relativo al denominado...

protocolo en un traslado

Sanción por incumplir el protocolo en un traslado neonatal

by | Ene 23, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Una médica del 061 fue sancionada por no respetar el protocolo en un traslado neonatal. Sustitución de la sanción por traslado forzoso

derecho a la vivienda

El TC otorga amparo a una madre por falta de investigación de la muerte de su hijo

by | Ene 22, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Constitucional establece el amparo para una mujer por la muerte de su hijo, la cual no quedó debidamente investigada.

BOE

TJUE sobre la compensación de tareas adicionales de jueces

by | Ene 22, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE se pronuncia acerca del modo adecuado de compensación de las tareas adicionales realizadas por los jueces.