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Intercambio de Información de Antecedentes Penales en la UE

Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde a una reforma de la Ley Orgánica 7/2014. Enfocada en el intercambio de información de antecedentes penales dentro de la Unión Europea

Publicado: 26 de septiembre de 2024

El pasado 18 de septiembre de 2024, el Pleno del Congreso de los Diputados dio luz verde a una reforma de la Ley Orgánica 7/2014, enfocada en el intercambio de información de antecedentes penales dentro de la Unión Europea.

Objetivo de la reforma en el intercambio de información de antecedentes penales dentro de la Unión Europea

La modificación de la Ley Orgánica 7/2014 tiene como objetivo principal optimizar la cooperación judicial entre los Estados miembros de la UE en el ámbito de los antecedentes penales. Al integrar el ECRIS, se facilita el intercambio eficiente y seguro de información. Esto abarca no solo a ciudadanos de la UE, sino también a nacionales de terceros países y apátridas.

Principales innovaciones en la Ley Orgánica 7/2014 sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea

Ampliación del Registro Central de Penados

Se incorporan datos adicionales como huellas dactilares e imágenes faciales, especialmente de nacionales de terceros países. Esto enriquece la precisión y seguridad de los registros de antecedentes penales.

Transmisión de Información Más Flexible

Se habilitan medios alternativos para el intercambio de información penal cuando el uso del ECRIS no sea viable, garantizando la continuidad y eficacia en la comunicación de datos.

Protección de Menores en el Registro Central

La creación de un Registro Central de Menores permite registrar no solo condenas firmes, sino también medidas cautelares y requisitorias. Esto fortalece la protección de las víctimas y asegura la adecuada gestión de menores en procesos judiciales.

Reciprocidad Mejorada en la Retransmisión de Sentencia

Se implementa un sistema más flexible para la retransmisión de sentencias dictadas en España a otros Estados miembros, respetando la reciprocidad y las competencias exclusivas de las autoridades judiciales españolas.

Equivalencia Jurídica de Condenas

Las resoluciones condenatorias emitidas por otros Estados miembros tendrán la misma validez jurídica que las dictadas en España, tanto en la ejecución de la condena como durante el proceso penal.

Actualización de Otras Normativas

Además de la reforma principal, se ajustan otras leyes como la Ley Orgánica de responsabilidad penal de los menores y la Ley 23/2014. Con estos ajustes, se eliminan disposiciones que antes limitaban el reconocimiento mutuo de resoluciones penales, lo que fortalece aún más el intercambio de información a nivel europeo.

Entrada en Vigor

La nueva Ley Orgánica 7/2014 entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Se prevé que el Registro Central de Menores esté plenamente operativo en el plazo de un año. Esto consolidará la infraestructura para un intercambio de información de antecedentes penales más robusto y eficiente.

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