<

Intervención del teléfono de la pareja del presunto ladrón

El Tribunal Supremo confirma la legalidad de la intervención del teléfono realizada al móvil de la pareja de un presunto ladrón, tras establecer que ambos compartían el uso del dispositivo

Publicado: 21 de mayo de 2024

El Tribunal Supremo confirma la legalidad de la intervención del teléfono realizada al móvil de la pareja de un presunto ladrón, tras establecer que ambos compartían el uso del dispositivo. El caso surgió del robo de una joyería en Madrid en 2017. Donde se sustrajeron 4.000 euros en efectivo y 2,5 millones de euros en joyas y relojes. Uno de los acusados, fue sentenciado por robo con fuerza a casi cinco años de prisión.

Legalidad de la intervención del teléfono de la pareja | Recurso de casación ante el Tribunal Supremo

En la sentencia analizada, se aborda el recurso de casación interpuesto el principal acusado. Este fue condenado por un delito de robo con fuerza y pertenencia a grupo criminal. Uno de los argumentos principales del recurso se centra en la presunta vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones, consagrado en el artículo 18.3 de la Constitución Española. Ceferino (nombre ficticio del acusado) sostiene que la intervención telefónica que se realizó no cumplió con los requisitos legales. Ya que se llevó a cabo sobre el teléfono de su pareja, y no sobre el suyo.

Argumentación del recurrente

Auto de intervención telefónica

El recurrente argumenta que el Auto de intervención telefónica del 30 de noviembre de 2017 ordenó la observación de las comunicaciones a través de un teléfono identificado por su IMEI. El cual se atribuyó incorrectamente a Ceferino.

Según Ceferino, el IMEI en cuestión correspondía en realidad al teléfono de Sabina (nombre ficticio de la pareja), la usuaria principal de la línea intervenida. Alega que, antes de autorizar la intervención, el juez debería haber identificado correctamente la titularidad de la línea telefónica. Lo que habría permitido constatar que Ceferino no era el usuario de la misma y, en consecuencia, denegar la intervención solicitada por los agentes.

El juez debió dejar sin efecto la intervención del teléfono

Asimismo, Ceferino sostiene que, una vez iniciada la intervención, y al comprobarse que Sabina era la única usuaria del teléfono, los agentes debieron informar al juez para que dejara sin efecto la intervención. Sin embargo, según el recurrente, esto no ocurrió. Y, en lugar de ello, se solicitó la intervención de una nueva línea asociada a Ceferino. A juicio del acusado, evidencia la falta de precisión en la investigación inicial.

Tribunal Supremo | El derecho al secreto de las comunicaciones no es absoluto

El Tribunal, al abordar este motivo del recurso, subraya que el derecho al secreto de las comunicaciones no es absoluto. La Constitución y diversos tratados internacionales reconocen la posibilidad de limitar este derecho en casos justificados. Como la prevención del delito y la protección de la seguridad pública. Para que estas limitaciones sean legítimas, deben estar previstas por la ley y ser necesarias y proporcionales en relación con el fin perseguido.

En este contexto, el Tribunal analiza la necesidad de una motivación adecuada en las resoluciones judiciales que autorizan intervenciones telefónicas. Estas resoluciones deben explicitar todos los elementos necesarios para realizar un juicio de proporcionalidad y garantizar un control posterior efectivo. En el caso concreto de Ceferino, el Auto de intervención telefónica se basó en indicios razonables de su participación en el delito de robo. Aunque la observación de las comunicaciones reveló que Sabina era la usuaria principal del teléfono, también constató que el terminal era utilizado ocasionalmente por Ceferino.

Conclusión del Tribunal Supremo ante el recurso por la intervención del telefóno

El Tribunal concluye que la intervención inicial estuvo justificada por los indicios que relacionaban a Ceferino con los hechos investigados. Además, destaca que hubo un control judicial adecuado y una revisión de la medida cuando se evidenció la dualidad de uso del teléfono. Así, la intervención telefónica y su continuación fueron consideradas legales y adecuadamente motivadas, cumpliendo con los requisitos de proporcionalidad y necesidad.

Por todo lo anterior, el Tribunal desestima el motivo del recurso relacionado con la presunta vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones. La intervención de la línea telefónica de Sabina se mantuvo válida. Dado que existían indicios razonables que conectaban a Ceferino con el delito, y se respetaron los principios legales en la adopción de la medida.

Últimas entradas publicadas

requisito euskera interinos

El TSJPV anula el requisito de euskera B2 para interinos de Policía Local

by | Sep 6, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJPV confirma que no es posible imponer el requisito de B2 en Euskera para poder trabajar como interino en la policía local.

Autenticar la compraventa

Autenticar la compraventa de un inmueble propiedad de una sociedad rusa no infringe las sanciones

by | Sep 6, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE entiende que un notario no presta un servicio de asesoramiento cuando autentica la compraventa de un inmueble

competencia de la Audiencia Nacional

Se desestima la querella contra un influencer por falta de competencia de la Audiencia Nacional

by | Sep 6, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional no tiene competencia para conocer la querella contra el influencer Lladosfitness por estafa.

Asistencia legal efectiva

Asistencia legal efectiva | Los menores procesados penalmente deberán tener asistencia letrada

by | Sep 6, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha subrayado la importancia de garantizar que los menores procesados penalmente cuenten con asistencia legal efectiva. Esta...

asesores fiscales

TJUE | Los asesores fiscales están obligados a denunciar a sus clientes ante Hacienda

by | Sep 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Los asesores fiscales deberán denunciar a los clientes que realicen prácticas potencialmente abusivas, según ha establecido el TJUE.

La prima de asistencia

La prima de asistencia se aplica tanto a trabajadores a tiempo completo como a tiempo parcial

by | Sep 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la prima de asistencia regulada en un convenio colectivo debe pagarse únicamente en función de los días efectivamente trabajados....