Cuando un matrimonio con hijos pone fin a la unión, se procede a la determinación de la custodia de cada cónyuge. Pero, qué pasa cuando no se trata de un matrimonio ni de una unión o pareja de hecho.
Cuando se trata de una pareja no inscrita con hijos no es muy común que se conozca como funcionan las custodias. Para contestar a la pregunta comenzaremos con una explicación del concepto de pareja con hijos sin estar casados ni ser una pareja de hecho.
Concepto
Hablamos de aquella pareja que no está registrada en Registro Civil Público alguno. Por tanto, es aquella pareja que no se encuentra inscrita en ningún registro público; es decir no se encuentra ligada con ningún vínculo legal. Esta es la diferencia fundamental respecto a la pareja de hecho y el matrimonio. La pareja no registrada no goza de ningún régimen fiscal particular, y por tanto no puede ser tenida en la misma consideración que una Unión de Hecho.
La pareja de hecho y el matrimonio tienen un régimen fiscal parecido, y no se encuentran grandes diferencias legales a la hora de determinar la custodia de los hijos.
¿Pero qué sucede cuando la pareja con hijos no está registrada? Esta es la cuestión que nos disponemos a aclarar.
La separación con hijos ¿No quiero seguir con mi pareja, pero tenemos dos hijos en común?
Si nos encontramos ante esta tesitura es normal que lo primero que se piense sea en los hijos, de forma que estaremos a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, al igual que en los caso de estar casado o ser pareja de hecho. Al igual los anteriores supuestos, la complejidad deviene en caso de que no tengamos un acuerdo con nuestra pareja, o expareja, concerniente a los hijos menores.
En este supuesto, en el que tenemos dos hijas menores con nuestra expareja, se elaborará un documento en el que figurarán todas las medidas paternofiliales que se van a adoptar.
¿Qué medidas son las que se incluyen en el documento?
En este documento se indicará:
- La guarda y la custodia de los hijos. El tipo de custodia; a saber, Custodia Compartida o Custodia Monoparental. En caso de que no haya acuerdo posible entre las partes, la custodia la determinará el juez.
- Otro punto conflictivo que se indica en el documento es la determinación de la utilización de la vivienda familiar. En el caso de que se determine que el régimen de custodia monoparental será la persona que tenga la custodia la que tenga derecho al uso y disfrute de la vivienda familiar.
- La pensión alimenticia. Corresponde abonar una pensión al miembro que no tenga la guarda y custodia de los hijos. Irá en función de los ingresos del progenitor y de los gastos que requieran los menores.
- Por último, se incluirá el régimen de visitas. Es un derecho de los progenitores, el de comunicarse, visitar y estar con los hijos. Los límites quedan fijados por el convenio regulador o documento de medias paternofiliales.
Y si tenemos hijos, ¿podemos separarnos sin necesitar la aprobación del juzgado?
En el caso que estamos comentado no es posible que no haya intervención de un juez. Para proceder con ello existen dos modos, y en ambos, necesitaremos la rúbrica del juez, es decir, su aprobación. Estas dos formas son:
- A través de acuerdo amistoso. En este caso ambos progenitores están de acuerdo en cómo llevar a la separación en lo que respecta a los hijos menores de edad. De forma que elaboran un documento con todas las medidas acordadas; ye este es presentado ante el juez que lo autorice. La legislación precisa que, al haber hijos menores, un tribunal debe cerciorase de que se protege sus derechos fundamentales.
- A través de un proceso contencioso. Se produce en defecto del anterior, es decir, cuando lo padres no se ponen de acuerdo en la elaboración de un convenio regulador. Se inicia un proceso judicial en el que será el juez el que, priorizando el interés superior del menor, fijará la guarda y custodia, el régimen de visitas, el de pensiones y demás aspectos necesarios.
En el caso de que el acuerdo de separación sea amistoso
En este primer caso, es recomendable que la pareja contacte con un abogado especializado en derecho de familia. Ya que se trata del profesional que mejor nos puede ayudar a redactar las medidas paternofiliales. Con la ayuda del abogado se plasmará la voluntad de los ambos de forma que el juez lo apruebe; no se debe olvidar que puede modificar lo acordado si lo considera necesario cuando no se protejan los derechos del menor, o de alguno de los progenitores.
En el caso de que el acuerdo de separación sea un proceso contencioso
Este segundo caso se da cuando los padres no alcanzan un acuerdo y ponen el caso en manos del juez, que decidirá. En estos casos, uno de los progenitores pone en conocimiento del juez la propuesta de documento de medidas paternofiliales. Recibido el documento, el juez pedirá la personación en el juicio verbal de la otra parte para que exponga sus alegaciones. Y a partir de las pruebas obtenidas, el juez emitirá las medias definitivas mediante la sentencia.
Entonces, ¿tengo los mismos derechos que una pareja casada?
Es importante precisar que la única diferencia respecto a una pareja casada o en régimen de unión de hecho radica en que no habrá un régimen económico que te vincule a tu pareja. Y, por tanto, no es necesario disolver el patrimonio común.
Patrimonio común tras la separación
Una de las principales cuestiones diferenciadoras respecto a las parejas registradas y las que no, es el patrimonio común. Es especialmente relevante que mientras que en la pareja de hecho hay un patrimonio común entre los convivientes, en este caso no se da.
Por tanto, en aquellos bienes que pertenezcan a uno solo de los progenitores no podrá participar ningún el otro.
¿Si la casa no la compré yo, pero tengo la custodia completa de las hijas?
Sí, es una cuestión que determinará el propio juez, pero es posible que éste considere necesario que la persona con la custodia completa se quede en la casa.