Modificación de la Ley de Intercambio de Antecedentes Penales en la UE
El pasado 18 de octubre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 4/2024, que introduce importantes modificaciones a la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, referente al intercambio de información de antecedentes penales en la Unión Europea. Esta reforma tiene como objetivo principal adaptar la legislación española a la Directiva (UE) 2019/884, que regula el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS), y mejorar la cooperación judicial entre los Estados miembros en materia penal.
Transposición de la Directiva (UE) 2019/884
La necesidad de esta reforma surge de la obligación de incorporar al ordenamiento jurídico español las disposiciones de la Directiva (UE) 2019/884. Se pretende optimizar el intercambio de información entre los países de la UE sobre las condenas penales impuestas a ciudadanos de terceros países y apátridas. Además, regula la inclusión de datos biométricos, como las huellas dactilares y la imagen facial, en el Sistema Centralizado de Información de Antecedentes Penales de Nacionales de Terceros Países (ECRIS-TCN), creado por el Reglamento (UE) 2019/816. La inclusión de estos datos es esencial para garantizar la seguridad y exactitud de la información compartida.
Medidas establecidas
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es la mejora en la seguridad jurídica. La ley establece que las resoluciones judiciales de otros Estados miembros que afecten a ciudadanos españoles deberán ser inscritas en el Registro Central de Penados. Esta medida asegura que las condenas extranjeras reciban un tratamiento adecuado en España, respetando los principios de reciprocidad y legalidad. Además, la inclusión de disposiciones sobre la transmisión segura de datos, tanto a nivel europeo como nacional, refuerza la protección de la información penal.
Por otro lado, la modificación no solo afecta a la Ley Orgánica 7/2014, sino también al Real Decreto 95/2009, que regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia. La ley actualiza el procedimiento para la transmisión de datos, permitiendo una mayor flexibilidad y rapidez en el intercambio de información entre los Estados miembros. Esto es especialmente importante en casos que requieren una intervención rápida y eficaz de las autoridades judiciales.
El preámbulo de la Ley Orgánica 4/2024 también destaca el aumento de la delincuencia juvenil en los últimos años, con un incremento en la comisión de delitos graves. Por otro lado, la nueva norma propone la creación de un Registro Central de Menores, donde se incluirán no solo sentencias firmes, sino también medidas cautelares y requisitorias. Este registro proporcionará a los jueces y fiscales una herramienta más completa para la toma de decisiones en procesos judiciales de menores.
Estructura de la norma
La Ley Orgánica 4/2024 consta de un artículo único que modifica varios apartados de la Ley Orgánica 7/2014. Entre sus disposiciones, se incluyen mejoras en el procedimiento de intercambio de información y el tratamiento de condenas impuestas a ciudadanos españoles en otros Estados. También se introducen cambios en la gestión del Registro Central de Penados y la obligación de comunicar condenas a las autoridades de otros Estados miembros.
Para más información: [TOL10.228.617]