<

TSJ de Canarias confirma la suspensión del protocolo de recepción de menores migrantes

El TSJ de Canarias confirma la suspensión del protocolo de recepción de menores migrantes a la comunidad autónoma.

Publicado: 1 de octubre de 2024

Ratificación de la suspensión del protocolo de recepción. Así lo establece el auto de 27 de septiembre de 2024.

El TSJ de Canarias ha reafirmado la suspensión del protocolo territorial de recepción de menores extranjeros no acompañados en la comunidad autónoma de Canarias. Inicialmente, esta medida se adoptó el 20 de septiembre de manera cautelarísima, conforme a lo establecido en la Ley, sin audiencia previa del Gobierno canario. En su reciente resolución, el TSJC, tras escuchar las alegaciones del Ejecutivo canario, ha decidido mantener la suspensión. Finalmente, según el ejecutivo, el protocolo supone un riesgo para los derechos fundamentales de los menores migrantes.

La Sala ha concluido que el protocolo puede ralentizar la entrega de los menores a las autoridades responsables, lo que repercutiría negativamente en su protección. A pesar de las alegaciones del Gobierno canario, el tribunal ha dictaminado que persiste el riesgo de desprotección, considerando necesario mantener las medidas cautelares. 

Fundamentación de la decisión

El TSJC ha reconocido las dificultades que enfrenta el Gobierno de Canarias, señalando que la comunidad se encuentra en una situación de saturación de recursos para la acogida de menores migrantes. Las cifras manejadas por el tribunal indican que en septiembre de este año la cantidad de menores migrantes no acompañados ha alcanzado cerca de los 6.000, lo que ha desbordado la capacidad de las instalaciones de acogida del archipiélago.

No obstante, el tribunal ha dejado claro que estas circunstancias no pueden influir en la adopción de medidas que pongan en riesgo la protección de los menores. Según el auto, la controversia sobre la capacidad de acogida no es relevante en el análisis de la medida cautelar, que se centra exclusivamente en la protección de los derechos fundamentales.

Próximos pasos en el proceso

El auto emitido por el TSJC no entra en el fondo del asunto, limitándose a constatar la necesidad de preservar la protección de los menores mientras se resuelve el recurso. La decisión es susceptible de recurso de reposición ante la propia sala.

 

Otras noticias relacionadas:

Suspensión del protocolo de recepción de menores en Canarias

Últimas entradas publicadas

protección constitucional

Protección constitucional | La neutralidad no es requisito

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La protección constitucional de la libertad de información no exige neutralidad, siempre que se cumplan los requisitos de veracidad

ferroviaria

España no vulneró la Directiva en materia ferroviaria

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE desestima un recurso presentado por la Comisión Europea en materia ferroviaria en España.

exención de la responsabilidad contable

Conclusiones del Abogado General en el asunto C-523/24 sobre la exención de la responsabilidad contable

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Conclusiones del abogado general en materia de la exención de la responsabilidad contable en relación a la LOA.

contra el terrorismo

La Ley de Amnistía no vulnera la Directiva contra el terrorismo

by | Nov 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Ley Orgánica de Amnistía (LOA) no contraviene la Directiva europea contra el terrorismo, según las conclusiones del Abogado General

exigir el euskera

Anulada una OPE de 100 plazas por exigir el euskera en todos los puestos

by | Nov 14, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la nulidad de la oferta pública de empleo (OPE) convocada por la Diputación Foral de Gipuzkoa en 2023....

Residencia por voluntariado

Residencia por voluntariado en la UE: límites estatales

by | Nov 14, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Según el TJUE, los Estados no pueden añadir requisitos extra en el permiso de residencia por voluntariado.