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Comportamiento delictivo justifica la expulsión de un extranjero

La reiteración del comportamiento delictivo motivó la expulsión de un extranjero con residencia legal, según una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia

Publicado: 8 de enero de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha confirmado la expulsión de un ciudadano extranjero por su comportamiento delictivo reiterado en España. La resolución incluye también la extinción de su residencia de larga duración y la prohibición de entrada en territorio nacional durante cinco años. La sentencia desestima el recurso de apelación presentado contra la decisión administrativa de la Oficina de Extranjería.

Hechos probados | Comportamiento delictivo reiterado como causa de expulsión

El afectado contaba con condenas penales firmes en 2018 y 2019 por delitos de robo con violencia o intimidación, así como por delitos contra la salud pública. El tribunal considera que este comportamiento delictivo supera el umbral exigido por el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/2000, que habilita la expulsión de extranjeros con residencia de larga duración cuando su conducta constituya una amenaza grave para el orden público.

Valoración individualizada | Ausencia de arraigo y riesgo de reincidencia

La Sala avala la motivación de la resolución administrativa. Señala que se valoraron las circunstancias personales del recurrente de forma individualizada:

  • Residencia prolongada en España.
  • Arraigo laboral ya extinguido (últimas cotizaciones en 2008).
  • Falta de arraigo familiar y social en la actualidad.
  • Vínculos con su país de origen no interrumpidos.

La reiteración del comportamiento delictivo fue determinante para la decisión. Además, el tribunal destacó que el cese de la actividad delictiva coincidió con periodos de privación de libertad, lo que refuerza la conclusión de que el individuo representa una amenaza real y actual para el orden público.

El comportamiento delictivo como amenaza para el orden público

El tribunal interpreta que no basta con una condena aislada, sino que es la reiteración del comportamiento delictivo lo que consolida el criterio de peligrosidad. La variedad de delitos y su gravedad justifican plenamente la expulsión. No se ha vulnerado el principio de proporcionalidad ni el derecho a la vida privada y familiar, dada la escasa integración social del interesado.

Confirmación de la expulsión por comportamiento delictivo

El Tribunal Superior de Justicia confirma la sentencia de primera instancia. Desestima el recurso de apelación, impone las costas al recurrente (con un límite de 1.000 euros) y declara que la resolución es susceptible de recurso de casación. La decisión se apoya de forma clara en la peligrosidad que implica el comportamiento delictivo reincidente del ciudadano extranjero.

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