<

Derecho a la formación del trabajador | TSJ de Canarias

Cuando la empresa tiene instaurado el régimen de turnos, el trabajador tiene derecho a la adscripción al turno solicitado, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

Publicado: 17 de noviembre de 2023

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha enfatizado la obligación legal del empresario de facilitar el derecho a la formación del trabajador.

Número Sentencia: 735/2023; Número Recurso: 820/2022; TOL9.683.873

Turno fijo de mañana para poder asistir a un curso de Preparación de Prueba de Acceso al Ciclo Formativo de Grado Superior

El trabajador, que desde septiembre de 1998 desempeñaba funciones como jefe de partida en el Hotel Palm Beach de la Cadena Seaside Hotels, solicitó a su empresa un turno fijo de mañana para poder asistir a un curso de Preparación de Prueba de Acceso al Ciclo Formativo de Grado Superior. Sin embargo, su solicitud fue denegada por la empresa, alegando razones técnicas y organizativas.

El trabajador llevó el caso a la Justicia, y aunque inicialmente el Juzgado de lo Social número 5 de Las Palmas de Gran Canaria desestimó su demanda en marzo de 2022, el TSJC ha revocado esta decisión, otorgando al trabajador una indemnización de 852,10 euros por daños y perjuicios. Esta sentencia, emitida por los magistrados Óscar González Prieto, María Jesús García Hernández y Javier Ercilla García, subraya que la negativa empresarial a reconocer el derecho del trabajador a elegir turno sin justificación adecuada conlleva el derecho a percibir una indemnización.

Apelación ante el TSJ de Canarias alegando el derecho a la formación del trabajador

El trabajador argumentó ante el TSJC que, al negársele el turno de mañana, solo pudo matricularse en dos asignaturas, Lengua y Matemáticas. En lugar de otras asignaturas ofrecidas por el curso, que se impartía de lunes a jueves en horario de tarde. El TSJC consideró erróneo el análisis del Juzgado de lo Social, que había asumido que el trabajador solo necesitaba asistir a clases dos tardes a la semana.

El derecho a la formación del trabajador tiene una dimensión constitucional, amparada por el artículo 4.2.b) del Estatuto de los Trabajadores (ET) y varios artículos de la Constitución. Aunque este derecho no es absoluto y debe equilibrarse con las obligaciones derivadas de la relación laboral, el empresario está obligado a facilitar en la medida de lo posible este derecho, a menos que existan circunstancias organizativas o de producción que lo impidan. Esta interpretación se sustenta en varias sentencias del Tribunal Supremo.

Fallo del Tribunal

El Tribunal Superior concluyó que la empresa no aportó pruebas suficientes de la imposibilidad de otorgar el turno solicitado y que la negativa era infundada. Por tanto, reconoció el derecho del trabajador a una indemnización. La indemnización se calculará en función de las horas de permiso no retribuido que solicitó para poder asistir al curso. Este fallo destaca la importancia de la accesibilidad a la educación y la promoción profesional en el ámbito laboral. Y, asimismo, reafirma la responsabilidad legal del empresario de facilitar estos derechos. La sentencia aún puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Últimas entradas publicadas

ineptitud sobrevenida

Nulidad del despido por ineptitud sobrevenida por discapacidad

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador declarado no apto por ineptitud sobrevenida, al considerar que la empresa no adoptó ajustes...

comida y bebida festival

Nulidad de la prohibición de acceso con comida y bebida a un festival

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juez de Valencia ha establecido la prohibición de acceso a un festival con comida y bebida, tras una reclamación de FACUA.

lugar de trabajo

TJUE | Sobre la ley aplicable en caso de cambio del lugar de trabajo habitual

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE establece criterio en materia de determinación de ley aplicable en caso de cambio de lugar de trabajo.

servicios mínimos

El TSJ de Cantabria mantiene los servicios mínimos en la huelga sanitaria

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la suspensión cautelar del decreto autonómico que establece los...

módulos fiscales

Novedades en los módulos fiscales para 2026

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, en materia de módulos fiscales y estimación objetiva.

punto de recarga de vehículos

Punto de recarga de vehículos: basta con comunicar a la comunidad

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El artículo 17.5 LPH permite instalar un punto de recarga de vehículos sin aprobación vecinal si se respeta la normativa y se informa a la comunidad