El BOE ha publicado hoy el Real Decreto 530/2025, de 24 de junio, por el cual establece nuevas disposiciones organizativas en el ámbito de justicia.
El Real Decreto 530/2025 entrará en vigor el 26 de junio de 2025. La norma desarrolla las previsiones de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Estos son los puntos más destacados:
Reorganización de los Juzgados de Paz
En primer lugar, establece el marco reglamentario necesario para transformar los actuales Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia en los municipios. Se trata de una transformación en la prestación de servicios judiciales en el ámbito municipal, con el objetivo de conseguir agilidad.
La norma regula también las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios, estableciendo su ámbito de aplicación, los criterios para su creación, modificación o supresión y la dependencia funcional del personal que preste servicio en ellas, conforme a lo previsto en los artículos 439 ter, 439 quater y 439 quinquies de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.
Nuevas competencias para comunidades autónomas y ayuntamientos
La constitución y modificación de las Oficinas y sus Agrupaciones queda atribuida al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, o a las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de Justicia. Las resoluciones deberán ser precedidas de un estudio demográfico y consultar a los municipios afectados y a las organizaciones sindicales más representativas.
Asimismo, se permite que los municipios puedan colaborar en la prestación del servicio mediante mecanismos previstos en el artículo 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en aquellos casos en que no exista personal de la Administración de Justicia destinado directamente.
Régimen estatutario del personal de justicia
El real decreto también introduce modificaciones en los reglamentos que afectan al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Entre otros, se modifica el Real Decreto 1451/2005 para garantizar un proceso de acoplamiento voluntario, conforme al acuerdo sindical firmado el 8 de enero de 2025. Se garantiza que ningún funcionario vea reducidas sus retribuciones fijas como consecuencia del cambio de destino, y se reconoce el derecho a mantener el complemento por guardias si no renuncia expresamente.
Clasificación y nuevos puestos
Otra novedad relevante es la modificación del Real Decreto 1033/2007 y del Real Decreto 2033/2009, que establece una nueva clasificación de puestos tipo, incorporando una categoría específica para las Oficinas de Justicia en municipios de más de 7.000 habitantes o con alta carga de trabajo, así como nuevos criterios retributivos aplicables al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Estos cambios pretenden adecuar la estructura retributiva a la realidad del nuevo modelo organizativo, incorporando criterios como el número de plazas atendidas o funciones específicas.
Fuente: BOE.