La Audiencia de Alicante condena el robo de colchones de una empresa, al considerar que no se trataba de un «delito imposible», según afirmaba la defensa.
Delito continuado de robo con fuerza y el «delito imposible».
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado la condena de dos hombres implicados en el robo y venta ilícita de colchones. Uno de los acusados fue condenado a dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de robo con fuerza, mientras que el otro recibió un año y ocho meses de prisión por receptación. Ambos deberán indemnizar con 1.785 euros a la empresa afectada como responsabilidad civil.
Los hechos se desarrollaron en febrero y marzo de 2022, en el Polígono Las Atalayas de Alicante. El acusado principal sustrajo colchones con defectos o destinados al reciclaje desde el almacén de una empresa. En ocasiones, saltaba un muro de dos metros de altura para entrar al recinto cerrado, mientras que en otras aprovechaba la puerta abierta. Posteriormente, el segundo acusado vendía los colchones a través de una plataforma de compraventa en línea.
Investigación y resolución judicial
La actividad ilícita fue descubierta cuando un detective privado contratado por la empresa se hizo pasar por comprador. Durante una cita concertada, constató que un colchón ofrecido por 280 euros había sido robado y que su valor real ascendía a 840 euros. Este hallazgo permitió a las autoridades identificar y procesar a los responsables.
En mayo de 2024, el Juzgado de lo Penal número 4 de Alicante dictó la sentencia inicial, confirmada posteriormente por la Audiencia Provincial. El Tribunal también absolvió a uno de los acusados del delito de estafa inicialmente imputado.
Descartada la figura del “delito imposible”
La defensa del principal acusado planteó, como estrategia, la figura del “delito imposible”, argumentando que los colchones robados carecían de valor al estar destinados al reciclaje. Sin embargo, el Tribunal rechazó esta alegación al considerar que los objetos sustraídos permanecían dentro de un recinto cerrado y protegidos, lo que evidenciaba su naturaleza ajena y con valor económico. Además, señaló que los materiales reciclados podrían transformarse y reutilizarse, otorgándoles un valor real.
La negativa a admitir el “delito imposible” refuerza la protección de bienes que, aunque destinados a procesos secundarios como el reciclaje, mantienen un valor intrínseco.
Fuente: BOE.