May 13, 2025 | Derecho Civil, Derecho Penal, Dosiers
La mayoría de los casos de phishing se distribuyen a través del correo electrónico, pero también se utilizan las redes sociales, creando perfiles y páginas falsas; envío de mensajes SMS al teléfono móvil (smishing); o mediante llamadas telefónicas (vishing); webs falsas (Pharming); duplicados de SIM (SIM swapping); interceptación de comunicaciones entre cliente y banco (MITM); Software malicioso (malware, troyanos bancarios); ataques personalizados (Spear phishing); aplicaciones móviles falsas (fake apps); perfiles en redes sociales falsas (Spoofing de dominios o perfiles).
Pero esto son solo alguno de los medios conocidos, ya que cada día aparecen nuevos métodos y estrategias de intento de fraude digital, exponencialmente en crecimiento con la utilización de la Inteligencia Artificial.
No obstante, los ataques de phishing se pueden clasificar según el objetivo contra el que se dirige el ataque, el fin, el medio que se utiliza o según el modo de operación. Un caso concreto puede pertenecer a varios tipos de phishing a la vez.
El «phishing» es actuación fraudulenta de terceros, que implica la obtención de forma engañosa y fraudulenta de los códigos de usuarios y contraseñas de clientes de Banca Electrónica, al objeto de realizar transferencias no autorizadas, de la que debe de responder de acuerdo con el régimen legal resumido.
REGULACIÓN
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a. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera ( (TOL6.920.021)) regula las obligaciones de las entidades financieras en relación con el denominado phishing bancario.
Concretamente el Artículo 45 que lleva por rúbrica «Responsabilidad del proveedor de servicios de pago en caso de operaciones de pago no autorizadas» establece una responsabilidad «cuasi objetiva» de la entidad bancaria que le obliga a reintegrar al titular de la cuenta las cantidades dispuestas y no autorizadas por él.
«1. Sin perjuicio del artículo 43 de este real decreto-ley, en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente a aquel en el que haya observado o se le haya notificado la operación, salvo cuando el proveedor de servicios de pago del ordenante tenga motivos razonables para sospechar la existencia de fraude y comunique dichos motivos por escrito al Banco de España, en la forma y con el contenido y plazos que éste determine. En su caso, el proveedor de servicios de pago del ordenante restituirá la cuenta de pago en la cual se haya efectuado el adeudo al estado en el que se habría encontrado de no haberse efectuado la operación no autorizada.
La fecha de valor del abono en la cuenta de pago del ordenante no será posterior a la fecha de adeudo del importe devuelto.
2. Cuando la operación de pago se inicie a través de un proveedor de servicios de iniciación de pagos, el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta devolverá inmediatamente y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente, el importe de la operación de pago no autorizada y, en su caso, restituirá la cuenta de pago en la cual se haya efectuado el adeudo al estado en el que se habría encontrado de no haberse efectuado la operación no autorizada.
Si el responsable de la operación de pago no autorizada es el proveedor de servicios de iniciación de pagos, deberá resarcir de inmediato al proveedor de servicios de pago gestor de cuenta, a petición de este, por las pérdidas sufridas o las sumas abonadas para efectuar la devolución al ordenante, incluido el importe de la operación de pago no autorizada. De conformidad con el artículo 44.1, corresponderá al proveedor de servicios de iniciación de pagos demostrar que, dentro de su ámbito de competencia . . .
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May 13, 2025 | Actualidad Prime
En el día a día de la práctica jurídica, redactar documentos legales precisos y ajustados a Derecho es una tarea que exige tiempo, técnica y conocimiento actualizado. Los formularios jurídicos se han convertido en una herramienta clave para abogados, jueces, asesores, procuradores y demás profesionales que necesitan redactar escritos eficaces, cumplir con los requisitos procesales y garantizar seguridad jurídica en cada actuación.
Sin embargo, no basta con cualquier modelo genérico. Para que un formulario jurídico sea realmente útil, debe ser fiable, estar actualizado conforme a la normativa vigente y responder a las exigencias reales del ejercicio profesional. En este contexto, Tirant PRIME ofrece una solución completa e innovadora que no solo te proporciona el formulario adecuado, sino que te permite personalizarlo con inteligencia artificial.
¿Qué son los formularios jurídicos?
Los formularios jurídicos son modelos de documentos legales preelaborados que sirven de guía para la redacción de escritos jurídicos. Se utilizan como base para elaborar demandas, contestaciones, recursos, contratos, actas, escritos procesales, alegaciones, requerimientos y muchos otros documentos habituales en el mundo jurídico.
Cada formulario ofrece una estructura formal adecuada y contiene el contenido jurídico esencial que debe incluirse según el tipo de procedimiento, materia o jurisdicción. De esta forma, el profesional puede adaptarlo rápidamente a las circunstancias específicas del caso, ganando en agilidad y minimizando errores.
¿Para qué sirven los formularios jurídicos?
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Ahorrar tiempo en la redacción de documentos recurrentes.
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Garantizar el cumplimiento normativo y procesal de cada escrito.
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Mejorar la productividad en despachos, asesorías, notarías o juzgados.
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Evitar errores formales que puedan derivar en inadmisiones o requerimientos de subsanación.
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Contar con una guía práctica para profesionales en formación o recién incorporados.
Los formularios jurídicos son especialmente útiles cuando se trabaja con gran volumen de casos, se cubren diversas jurisdicciones o se necesita delegar tareas en equipos multidisciplinares.
¿Dónde encontrar los mejores formularios jurídicos?
En internet existen muchos formularios gratuitos o descargables, pero la mayoría no están actualizados, no ofrecen garantías de validez jurídica o carecen de rigor técnico. Por eso, los profesionales del Derecho confían en herramientas especializadas como Tirant PRIME, que ofrece una base de datos de formularios jurídicos profesionales construida y mantenida por juristas expertos.
Los formularios jurídicos de Tirant PRIME destacan por:
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Calidad jurídica: cada modelo está elaborado por especialistas en la materia y cumple con los estándares del lenguaje y estructura jurídica profesional.
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Actualización permanente: se revisan de forma continua para incorporar reformas legales, jurisprudencia relevante y criterios procesales vigentes.
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Cobertura por país y materia: disponibles para España, México, Colombia, Chile, Costa Rica y El Salvador, con formularios específicos para Derecho civil, penal, laboral, mercantil, contencioso-administrativo, familia, constitucional, entre otros.
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Búsqueda inteligente: localiza fácilmente el formulario que necesitas mediante palabras clave, materias, jurisdicción o tipo de procedimiento.
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Descarga editable: todos los formularios están disponibles en formato Word, lo que permite adaptarlos a cada caso concreto.
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Enlace con normativa y jurisprudencia: cada formulario incluye referencias normativas, artículos de ley y jurisprudencia asociada, para fundamentar mejor cada escrito.
Redacción asistida con IA: la gran ventaja de Tirant PRIME
Una de las funcionalidades más innovadoras que ofrece Tirant PRIME es la posibilidad de trabajar con formularios jurídicos personalizados con inteligencia artificial, gracias a su sistema Conversa + Sof-IA.
¿Cómo funciona?
- Accedes a Tirant PRIME Conversa y formulas tu necesidad en lenguaje natural: 💬 “Necesito un modelo de demanda de desahucio por impago de renta en España”.
- La IA analiza tu petición y te ofrece el formulario más adecuado.
- Puedes abrirlo directamente en el editor de Tirant, donde Sof-IA te asiste en tiempo real para:
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Sustituir nombres, fechas, cantidades y datos clave.
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Reformular cláusulas o argumentos jurídicos con un tono más técnico o accesible.
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Añadir fundamentos normativos o jurisprudencia relevante automáticamente.
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Ajustar el texto al contexto procesal concreto de tu caso.
Esta integración convierte a Tirant PRIME no solo en una base de datos documental, sino en una herramienta de trabajo activa, que acelera tu flujo de trabajo y te permite producir escritos jurídicos sólidos en cuestión de minutos.
¿Por qué elegir los formularios jurídicos de Tirant PRIME?
Porque combinan rigor jurídico, actualización continua y tecnología de vanguardia. Ya no se trata solo de tener un modelo base: ahora puedes tener un formulario totalmente adaptado a tus necesidades, personalizado con inteligencia artificial y vinculado a la normativa vigente.
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May 2, 2025 | Derecho Tributario, Dosiers
ÍNDICE:
NORMATIVA
Orden HAC/408/2025, de 28 de abril, por la que se modifican para el período impositivo 2024 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. TOL10.496.879
Documentación relacionada:
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/825 de la Comisión de 28 de abril de 2025 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión.
Modifica:
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publica la actualización de los anexos de la Orden HAC/714/2024, de 2 de julio, por la que se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre. TOL10.479.371
Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial. TOL10.474.404
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria. TOL10.470.627
Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. TOL10.464.139
Modifica:
- La Disposición adicional quincuagésima octava sobre la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga.
Documentación relacionada:
- Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. TOL10.468.450
Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación. TOL10.464.052
- La principal modificación de este Real Decreto consiste en la ampliación hasta el 1 de enero de 2026, respecto de la fecha inicialmente prevista de 1 julio de 2025, del plazo para cumplir con las obligaciones previstas en el reglamento y en su normativa de desarrollo, para los obligados tributarios a que se . . .
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Abr 22, 2025 | Derecho Civil, Dosiers
Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, limitación de la cuantía inicial y revalorización de las pensiones públicas para el ejercicio 2025
El Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, se enmarca en el desarrollo normativo necesario para aplicar las medidas contenidas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, en materia de pensiones públicas. Esta disposición responde a la necesidad de regular, ante la prórroga presupuestaria vigente desde el 1 de enero de 2025, tanto la limitación de la cuantía inicial de las pensiones como su revalorización para dicho ejercicio, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en la disposición transitoria trigésima novena de la misma norma.
De acuerdo con esta normativa, la pensión contributiva inicial no podrá superar los 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales, conforme al límite establecido para el presente ejercicio. Asimismo, las pensiones del sistema de la Seguridad Social, incluidas las mínimas y las de Clases Pasivas del Estado, experimentan una revalorización general del 2,8%, en consonancia con la evolución del Índice de Precios al Consumo.
El real decreto también establece el procedimiento para aplicar dicha revalorización, regula el sistema de complementos por mínimos y fija las nuevas cuantías de prestaciones familiares, subsidios económicos vinculados a la discapacidad y ayudas sociales para personas afectadas por el VIH.
NORMAS COMUNES. CONCURRENCIA DE PENSIONES
El Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, establece las normas aplicables para la revalorización de las pensiones públicas y otras prestaciones sociales para el ejercicio 2025, así como los límites a la cuantía inicial de dichas pensiones. En este contexto, uno de los aspectos más relevantes del decreto es el concepto de concurrencia de pensiones, previsto en su artículo 2.
Este marco normativo tiene un impacto directo en el señalamiento y revalorización de pensiones en 2025, y exige un análisis individualizado en cada supuesto de acumulación de pensiones para determinar la aplicación o no de los límites económicos establecidos por el sistema.
1. Concepto de concurrencia de pensiones
A los efectos del Real Decreto, se entiende que existe concurrencia de pensiones cuando una misma persona resulta beneficiaria de más de una pensión pública procedente de alguna de las siguientes fuentes financiadas total o parcialmente con recursos públicos:
a) Clases Pasivas del Estado
b) Sistema de la Seguridad Social
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Pensiones del Régimen General y regímenes especiales.
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Pensiones de modalidad no contributiva.
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Prestaciones económicas por ancianidad e incapacidad para españoles residentes en el extranjero.
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Pensiones asistenciales por ancianidad para españoles de origen retornados.
c) Mutualidades del personal al servicio público
d) Sistemas autonómicos y locales
e) Entidades de previsión con financiación pública
f) Empresas públicas o participadas
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Pensiones abonadas por empresas o sociedades con participación mayoritaria, directa o indirecta, del Estado, Comunidades autónomas, Corporaciones locales, Organismos autónomos de las anteriores.
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Abr 1, 2025 | Derecho Tributario, Dosiers
ÍNDICE:
NORMATIVA
Orden HAC/305/2025, de 27 de marzo, por la que se aprueban los documentos notariales electrónicos timbrados y por la que se modifica la Orden de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. TOL10.462.706
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2025, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
Directiva (UE) 2025/516 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, por la que se modifica:
Orden HAC/262/2025, de 12 de marzo, TOL10.445.625, por la que se modifica:
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El modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español,
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Y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025. TOL10445622
Documentación relacionada:
Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, TOL10.437.232, por la que se modifican:
- La Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- La Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
Documentación relacionada:
- Modificaciones . . .
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