Dic 12, 2024 | Actualidad Prime
La comunicación efectiva es la base para dominar al máximo la IA jurídica Conversa. Desarrollada por Tirant, Conversa ha sido diseñada para ser el complemento perfecto en el ejercicio de las profesiones jurídicas. Gracias a ella podremos resolver nuestras dudas a través de la doctrina de Tirant, revisar la jurisprudencia y normativa aplicable al caso y trabajar los formularios más adecuados a nuestra pregunta. No obstante, aunque estamos ante una tecnología de vanguardia, obtener los mejores resultados depende en gran medida de nuestro actuar, es decir, de como estructuramos y redactamos nuestras peticiones. Aquí te compartimos ocho trucos que te ayudarán a optimizar tu experiencia con esta avanzada IA jurídica.
TRUCO 1. Sé claro y conciso
La claridad en tu mensaje es esencial para que Conversa pueda interpretar correctamente tu solicitud.
Aunque desde Tirant hemos trabajado duro para que Conversa entienda cualquier pregunta realizada por el usuario, recomendamos utilizar frases bien estructuradas y directas. Al formular tu pregunta, emplea un lenguaje preciso y evita términos ambiguos o generales, recuerda que las palabras o frases con significados múltiples pueden llevar a interpretaciones incorrectas. Asegúrate de redactar oraciones completas que proporcionen suficiente contexto. Esto no solo permitirá obtener respuestas más específicas y evitar confusiones, sino que también agilizará el proceso de comprensión y resolución por parte de Conversa.
Por último, revisar tu pregunta para eliminar errores gramaticales o tipográficos también contribuye a una mejor interacción con Conversa.
Ejemplo:
❌ «Plazo demanda divorcio.»
✅ «¿Cuál es el plazo para contestar a una demanda de divorcio?»
TRUCO 2. Ordena y estructura la información de forma lógica
Presentar la información de manera ordenada facilita la comprensión y el análisis. Como en cualquier comunicación que realizamos, presentar la información de manera ordenada facilita la comprensión y el análisis. Esto no solo ayuda a que Conversa procese tu solicitud de manera más efectiva, sino que también te permite a ti mismo tener una visión más clara de la situación y de las posibles soluciones.
Cuando estructures tu información, considera los siguientes aspectos:
- Separar los elementos importantes: Desglosa tu información en partes pequeñas y manejables.
- Proveer contexto: Asegúrate de incluir suficiente información de fondo para que sea fácil entender cada elemento en su totalidad.
- Ser lógico y secuencial: Organiza tus puntos en un orden que tenga sentido.
Esta metodología no solo hará que tus preguntas sean más fáciles de procesar para Conversa, sino que también aumentará la probabilidad de recibir respuestas detalladas y útiles.

TRUCO 3. Contextualiza siempre
Aunque lo hemos dicho ya, recuerda que aunque Conversa procesa información de forma muy eficiente también necesita de contexto para entender las consultas, más cuando hablamos de cuestiones complejas como las jurídicas. La contextualización adecuada no solo implica especificar la información básica, sino también proporcionar detalles adicionales que puedan influir en la respuesta.
Ejemplo:
❌ Derechos del pasajero por cancelación de vuelo.
✅ Derechos del pasajero por cancelación de vuelo con motivo del impacto de un ave contra la aeronave.
TRUCO 4. Evita preguntas sesgadas
Comprueba que la redacción no contenga sesgos pues aunque representamos a una parte, sesgar a la IA jurídica limitará la calidad de su respuesta, pudiendo obviar información relevante o posiciones contrarias/complementarias a la que se plantea en la respuesta. Para lograr esto, es recomendable:
- Evitar el uso de lenguaje que pueda sugerir una opinión preexistente.
- Formular preguntas de manera clara y específica, centrándose en hechos y detalles relevantes.
- Buscar aclarar cualquier posible ambigüedad que pueda surgir de la pregunta.
TRUCO 5. Utiliza los chats de IA jurídica especializados
Conversa cuenta con chats especializados diseñados para abordar áreas específicas con mayor profundidad y precisión (penal, familia y sucesiones, laboral…). Aprovéchate de la cuidadosa elección de doctrina que se ha realizado por parte de Tirant y obtén respuestas más relevantes y adaptadas a tus necesidades.
Nuestras especialidades no solo te ayudan a obtener respuestas más acertadas, sino que también promueven la eficiencia en la resolución de tus consultas. Al dirigirte a la sección correspondiente, Conversa parte de un contexto específico que permite una respuesta completa y detallada, evitando ambigüedades y errores y reduciendo la necesidad de aclaraciones adicionales.
En resumen, utilizar los chats especializados de Conversa es una estrategia inteligente para maximizar la precisión y relevancia de las respuestas que recibes.
TRUCO 6. Consulta la documentación relacionada
Recuerda que Conversa no sólo responde preguntas, también te abre la puerta a la documentación más relevante para tu caso, gracias a nuestra bibliografía puedes consultar la fuente de la respuesta de Conversa y mediante la documentación relacionada puedes consultar aquellas sentencias, artículos o formularios que te permitirán profundizar en la resolución del caso.
La combinación de estos recursos con la IA jurídica de Tirant te permitirá abordar la práctica jurídica con una profundidad y precisión que va más allá de las respuestas inmediatas.
TRUCO 7. Consulta los casos prácticos
Una de las formas más efectivas de entender conceptos legales complejos es mediante la revisión de casos prácticos, gracias a la última actualización de Conversa, puedes estudiar las resoluciones dadas por nuestros especialistas a supuestos similares al que te ocupa.
TRUCO 8. Personalízate
Finalmente, te recordamos la importancia de la personalización, gracias a ella podrás acceder a todas tus conversaciones con Conversa, revisar casos y profundizar en ellos en cualquier momento.
Dominar la IA jurídica depende de una comunicación efectiva
En definitiva, dominar Conversa no solo es cuestión de utilizar tecnología avanzada, sino de hacerlo con estrategias inteligentes. Siguiendo estos trucos, podrás optimizar tu interacción con esta IA jurídica, obteniendo respuestas más rápidas, precisas y relevantes para tus necesidades profesionales.

Autor: Fran Gálvez, Abogado especialista
en nuevas tecnologías, compliance y protección de datos.
Dic 10, 2024 | Derecho Civil, Dosiers
Obras obligatorias
El artículo 10.1 b) de la Ley de Propiedad Horizontal, establece como obligatorias sin necesidad de acuerdo previo de la junta de propietarios, impliquen o no modificación de los estatutos de la comunidad, aquellas obras que vengan impuestas por las Administraciones Públicas o sean solicitadas por los propietarios, que consistan en:
«b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.
También será obligatorio realizar estas obras cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas.»
La redacción actual del apartado 1.b) del artículo diez fue dada por Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Según la exposición de motivos de la norma, la urgencia de la modificación «es la necesidad de responder desde el ámbito de la vivienda a las deficiencias en materia de accesibilidad que sufren diariamente las personas con discapacidad y movilidad reducida, en un contexto demográfico marcado por un progresivo y alarmante envejecimiento de la población: se prevé que, en la próxima década, la población mayor de 65 años superará sobradamente los 10 millones de personas. Por ello, es urgente atender a la dramática situación que viven muchos hogares en el seno de comunidades de propietarios, que se encuentran afectados por barreras y condicionantes físicos que les impiden el ejercicio de sus derechos»
Con este mismo objetivo se modificó la letra f) del artículo Noveno.1, al establecer como obligaciones de cada propietario, «f) Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación, de reparación y de rehabilitación de la finca, la realización de las obras de accesibilidad recogidas en el artículo diez.1.b) de esta ley, así como la realización de las obras de accesibilidad y eficiencia energética recogidas en el artículo diecisiete.2 de esta ley.
El fondo de reserva, cuya titularidad corresponde a todos los efectos a la comunidad, estará dotado con una cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al 10 por ciento de su último presupuesto ordinario.
Con cargo al fondo de reserva la comunidad podrá suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales.»
Régimen de los acuerdos sobre accesibilidad
Cuando no concurren los requisitos para considerar como obligatorias las obras de accesibilidad conforme a la letra f) del artículo Noveno.1 y el apartado 1.b) del artículo diez, se aplica el régimen de aprobación de los acuerdos de la junta de propietarios prevista en el apartado 2 del artículo diecisiete, según el cual, «2. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10.1.b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los . . .
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Dic 4, 2024 | Derecho Civil, Dosiers
Esta guía en Derecho Aeronáutico tiene como objetivo abordar de manera exhaustiva y accesible los derechos que asisten a los pasajeros en relación con tres de las situaciones más habituales y problemáticas en el transporte aéreo: cancelaciones, grandes retrasos y denegaciones de embarque. Con base en la normativa vigente, especialmente el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, se explicarán las obligaciones que las compañías aéreas deben cumplir, los requisitos necesarios para que los pasajeros puedan exigir compensaciones económicas, y los procedimientos para la presentación de reclamaciones.
A lo largo de este documento se analizarán también otros aspectos clave como la asistencia que las aerolíneas están obligadas a proporcionar en caso de incidencias, los límites temporales y geográficos de aplicación de la normativa, y los criterios que los tribunales han venido estableciendo para interpretar casos específicos. Asimismo, se ofrecerán recomendaciones prácticas para los pasajeros que se enfrenten a estas circunstancias.
El propósito de este dosier es doble: por un lado, empoderar a los pasajeros con la información necesaria para defender sus derechos y, por otro, servir como herramienta de referencia para profesionales del derecho y otros interesados en este ámbito. Con ello, se busca contribuir al fortalecimiento de una cultura de respeto y responsabilidad en el sector aéreo, donde las relaciones entre pasajeros y aerolíneas se basen en la transparencia, el cumplimiento normativo y la confianza mutua.
II.Normativa referida
Como se ha dicho ya, el objeto del presente Dosier es principalmente el análisis de los derechos que poseen los pasajeros en ciertas situaciones, por ello que a la luz del objeto referido, y aunque la normativa existente es extensa, se ha decidido poner el foco en dos normas, a saber:
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Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91, en adelante Reglamento (CE) nº 261/2004.
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Instrumento de Ratificación del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999, en adelante, Convenio de Montreal.
a)Reglamento (CE) nº 261/2004
Clave en el transporte aéreo de pasajeros, el objetivo principal de Reglamento (CE) nº 261/2004 es establecer unas normas mínimas de protección para los pasajeros que sufren trastornos graves debido a denegaciones de embarque, cancelaciones o grandes retrasos de vuelos, de esta manera, el Reglamento (CE) nº 261/2004 establece un régimen autónomo e independiente de protección de los derechos mínimos de los pasajeros cuando enfrentan estas situaciones, ofreciendo medidas reparadoras estandarizadas e inmediatas sin necesidad de recurrir judicialmente, en situaciones tales como el derecho a alimentos y refrescos, alojamiento si el retraso requiere pernoctación, y compensaciones a tanto alzado en casos específicos como denegación de embarque, cancelación de vuelos o retrasos injustificados.
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