Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla
REFERENCIA: ORDINARIO
JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE SEVILLA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 1340/2021
JUICIO Nº 1294/2018
S E N T E N C I A Nº 331/2023
PRESIDENTA ILMA SRA:
Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ
MAGISTRADOS ILMOS SRS
Dª ROSARIO MARCOS MARTIN
D.SEBASTIAN MOYA SANABRIA
En la Ciudad de SEVILLA a veintisiete de julio de dos mil veintitrés.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 28/10/20 recaída en los autos número 1294/2018 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE SEVILLA promovidos por Casiano representado por el Procurador Sr GERARDO MARTINEZ ORTIZ DE LA TABLA, contra Natalia, Dimas y Eleuterio representado por el Procurador Sr. FERNANDO MARTINEZ NOSTI, pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don SEBASTIAN MOYA SANABRIA.
PRIMERO.-Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador/a Sr./a Martínez Ortiz de la Tabla en nombre representación de D. Casiano contra Dª. Natalia, D. Dimas y D. Eleuterio , y en consecuencia debo absolver y absuelvo a ésta última de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. Con imposición de costas a la parte actora.".
SEGUNDO.-Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Casiano que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.
TERCERO.-Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
PRIMERO.- La representación procesal de don Casiano, parte demandante en el juicio ordinario 1294/2018 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Sevilla, interpone recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria de la demanda presentada contra don Eleuterio, doña Natalia y don Dimas. En la demanda se había solicitado pronunciamiento declarativo de que las rentas cobradas por los demandados derivadas de los alquileres de locales y piso del edificio sito en Cangas del Narcea, CALLE000 número NUM000 y CALLE001 número NUM001, pertenecen a la comunidad hereditaria de doña Elisa, con pronunciamiento de condena al reintegro a la comunidad hereditaria de la exacta cantidad que se determinaría en ejecución de sentencia en función a las bases establecidas en la demanda.
Aunque en el escrito de demanda no resultaba especificado tal dato, de la documentación aportada con el escrito de contestación a la demanda se deduce que la causante doña Elisa falleció el 3 de febrero de 1889 en Cangas del Narcea, entonces Cangas de Tineo, en estado de viuda de don Teofilo, fallecido el 4 de noviembre de 1878, y dejando cuatro descendientes, hijos del matrimonio: doña Isabel, don Juan Ramón, don Balbino y doña Teresa.
El demandante invoca derechos hereditarios que le corresponderían por herencia de su abuelo don Conrado fallecido el 27 de octubre de 1993, hijo del citado hijo de la causante doña Elisa don Balbino, fallecido 8 de marzo de 1938. Don Conrado fue a su vez heredero de su hermana doña Carmen, fallecida el 21 de agosto de 1992, en virtud del testamento ológrafo protocolizado, en el que lo instituyó como único heredro.
De otra parte, los demandados son hijos y herederos de don José, fallecido el 10 de junio de 1986, hijo también del citado hijo de la causante doña Elisa don Balbino.
En la sentencia dictada en primera instancia la pretensión cursada en demanda quedó desestimada, al apreciarse . . .
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