PRESENTACIÓNLa digitalización y el desarrollo de la inteligencia artificial (IA) han dado lugar a una nueva revolución industrial, con un impacto incuestionable en la organización del trabajo y en las formas de producción y que también abre importantes interrogantes sobre su viabilidad y límites. En el ámbito específico de la seguridad y salud en el trabajo, la IA va a permitir el desarrollo de nuevos productos, servicios, aplicaciones y formas de organización del trabajo, que pueden contribuir a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo, pero que también pueden traer consigo nuevos riesgos. La seguridad y salud en el trabajo constituye, por tanto, un ejemplo paradigmático de las oportunidades, pero también de las amenazas que el desarrollo de la IA puede traer consigo y de los retos de adaptación normativa que plantea. En efecto, la incorporación de estos nuevos desarrollos tecnológicos puede aportar importantes mejoras para el desarrollo de un trabajo en condiciones de seguridad. Asimismo, el desarrollo de esta tecnología va a traer consigo cambios en los propios sistemas de gestión preventiva y de vigilancia de salud, que se podrán beneficiar de estos avances, pero que también deberán permanecer alerta a los posibles riesgos. Todo ello requiere una intervención normativa que adecue las exigencias de seguridad y las respectivas obligaciones de fabricantes y empresarios y que también aborde los problemas que puede plantear un fallo en estos equipos desde el punto de vista de la responsabilidad.Ante esta nueva revolución industrial la UE presentó ya en el año 2014 una Estrategia Digital, que pretendía situar a Europa como líder de la estrategia digital y artífice de un modelo ético de desarrollo. En su conocido como paquete digital compuesto por las comunicaciones de la Comisión "Configurar el futuro digital de Europea" " Una estrategia Europea de Datos" y el "Libro Blanco sobre inteligencia artificial- Un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza", la UE reconoció la urgencia de afrontar los retos que plantea esta nueva revolución industrial con el fin, por un lado, de convertir a Europa en un referente en la materia y, por otro, de garantizar un marco jurídico y ético adecuado.La Comisión ha dado respuesta a estas invitaciones con un paquete de propuestas legislativas de suma importancia para garantizar la viabilidad de los sistemas de IA, la seguridad de los productos a los que se incorporan y un régimen equilibrado de responsabilidad1. Esta regulación se completa con la aprobación de los Reglamentos referidos a servicios y mercados digitales2. Estas iniciativas de la Comisión han estado marcadas por el deseo de asegurar un marco regulador protector de los derechos fundamentales y garante de la seguridad de los usuarios, que, a su vez, se coordine y complemente con el resto de normativa ya vigente en la materia. Con este objetivo, la Comisión parte de un enfoque basado en el riesgo de los sistemas e identifica los usos que han de estar prohibidos y aquellos otros que conllevan un alto riesgo y que, en consecuencia, han de someterse a unos requisitos adicionales. Este enfoque basado en el riesgo se traslada también al ámbito de la responsabilidad civil y, en consecuencia, se contemplan reglas especiales destinadas a facilitar la prueba de la culpa para determinados sistemas de IA considerados de alto riesgo. En este abordaje normativo la UE parte de un planteamiento basado en la gobernanza, que pretende completar el marco normativo ya existente en materia de seguridad del producto, responsabilidad y protección de datos. Con todo, en este planteamiento se echa en falta una consideración singular de los aspectos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo y, en general, con la normativa en materia laboral.Partiendo de este incipiente marco legislativo, el propósito de la monografía es analizar las implicaciones jurídicas que la integración en la empresa de la Inteligencia Artificial plantea en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.La monografía se estructura en torno a tres grandes ejes. En primer lugar, se trata de realizar una aproximación a las obligaciones de los fabricantes de sistemas de IA destinados a utilizarse en el lugar de trabajo y a sus posibles responsabilidades. Para ello, se realiza una primera aproximación a los . . .
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