Demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad en concepto de compensación por desequilibrio económico por la ruptura de pareja de hecho (sin pacto entre las partes) (TOL3.915.540)

May 18, 2024

AL JUZGADO DE ...,

... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D.ª ..., cuya representación se acredita por medio de la oportuna copia de escritura de poder que acompaño, de la que intereso su devolución previo testimonio literal en los autos que se formen (o, mediante la anterior comparecencia apud-acta celebrada ante Secretario judicial), ante el Juzgado comparezco bajo la dirección técnica de D. ..., con n.º ..., de colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de ..., con despacho profesional en ..., y como mejor proceda en derecho DIGO:Que mediante el presente escrito en nombre de mi mandante formulo DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO EN RECLAMACIÓN CANTIDAD POR DESEQUILIBRIO ECONÓMICO TRAS LA DISOLUCIÓN DE LA CONVIVENCIA EXTRAMATRIMONIAL contra D. ..., provisto de DNI nº ..., con domicilio en esta localidad, c/ ..., en base a los siguientes:

HECHOS

PRIMERO.- Mi mandante vino conviviendo, desde hace ..., años con D. ..., constituyendo unión de hecho, hasta el pasado día ...,.(En su caso: La relación se halla inscrita en el Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunidad de ..., al tomo ..., página ..., lo que se acredita por medio del documento nº ...,).(En su caso: La relación que se hallaba inscrita en el Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunidad de ..., al tomo ..., página ..., fue cancelada oportunamente, lo que se acredita por medio del documento nº ...,).SEGUNDO.- Por motivos personales y privados, habiéndose deteriorado la relación de pareja irremisiblemente por los constantes desacuerdos, discordias y disputas, siendo imposible continuar con dicha relación extramatrimonial y, por tanto, insostenible la convivencia entre ambos miembros, se produjo la disolución de la unión de común acuerdo.TERCERO.- (1º Supuesto) Como consecuencia del inicio de la vida en común entre mi mandante y el hoy demandado, D.ª ..., dejó el trabajo que desempeñaba en la empresa ..., para dedicar su vida a las labores caseras (vg. así como al cuidado y atención del hijo nacido en común) no percibiendo desde entonces cantidad económica alguna y, por lo tanto, dependiendo económicamente del demandado.Se acompaña como documento nº ..., certificación de la vida laboral de mi representada, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.(2º Supuesto) A lo largo de la relación extramatrimonial entre ambos miembros, mi mandante se ocupó de la totalidad de las labores del hogar, dado que anteriormente no había desempeñado trabajo alguno fuera del hogar, dependiendo económicamente del demandado.CUARTO.- (1º Supuesto) Tras la ruptura de la relación mi mandante abandonó la vivienda de la que es propietario el demandado, residiendo en la actualidad con ..., (vg. un familiar), sin que hasta la fecha haya encontrado trabajo alguno, hallándose inscrita en el Instituto Nacional de Empleo.Se acompaña como documento nº ..., certificación de empadronamiento expedida por el Ayuntamiento de esta localidad; así como certificación expedida por el INEM, con nº ..., de documento.(2º Supuesto) Después de la separación de hecho de la pareja, mi mandante se aloja, en régimen de alquiler en ..., satisfaciendo en concepto de arrendamiento la cantidad de ..., euros que abona con los escasos ahorros que posee, siendo infructuosos los intentos de estabilizar su vida laboral y, por ende, hallar empleo para su propio mantenimiento.Se acompaña como documento nº ..., certificación de empadronamiento expedida por el Ayuntamiento de esta localidad; así como certificación expedida por el INEM, con nº ..., de documento, acreditativa de su situación laboral y contrato de arrendamiento como documento nº ...,.QUINTO.- Ante la exposición de los anteriores hechos ha quedada demostrado que la disolución de la convivencia more uxorio ha causado en mi mandante un evidente desequilibrio económico en relación a la situación anterior.Por ello, la demandante ha intentado vanamente alcanzar un acuerdo con el demandado a los fines de obtener una compensación económica reconociendo el desequilibrio producido por la disolución de la relación, sin que éste se haya avenido al pago de cantidad alguna ni, tan siquiera, a reconocer la existencia de tal desequilibrio.A los anteriores hechos son de aplicación . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Procedimiento de oposición a una resolución administrativa en materia de protección de menores. Recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación. Se estiman. La caducidad de la acción apreciada por el tribunal de apelación no es correcta. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 893/2024 – Num. Proc.: 3992/2021 – Ponente: Antonio García Martínez (TOL10.098.802)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 893/2024 Fecha de sentencia: 24/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Número del...

VACACIONES NO DISFRUTADAS EN AGOTAMIENTO DE IT. Buenas tardes, Tengo el caso de un trabajador (peón agrícola) que empezó la baja por enfermedad común el día 01/07/2022 hasta el 15/12/2023 y tuvo recaído el 21/12/2023 por lo que cumplió los 545 días el día 01/01/2024 y fue baja por agotamiento de IT.Ahora le han dado la resolución, ha resuelto aprobar con fecha 14-06-2024 la pensión de incapacidad permanente, en el grado de TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL, Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años.El trabajador nos pide que le paguemos las vacaciones que no ha disfrutado durante toda la baja médica, como se procedería estando de baja aun por agotamiento de IT, ¿habría que darle la baja total? o ¿ Se hace una nómina estando de baja por agotamiento de IT? o como se procedería en este caso. (TOL10.107.911)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: VACACIONES NO DISFRUTADAS EN AGOTAMIENTO DE ITEl trabajador estará en situación de suspensión, con clave 65, y así debe seguir, pues el contrato no se...

La Audiencia Provincial de Barcelona ha establecido que el cliente deberá pagar los honorarios al abogado afectado. El cliente aceptó la oferta que consiguió su letrado mediante un emoticono en WhatsApp, y tras ello, acudió a otro despacho de abogados para conseguir una mejor, sin pagar los honorarios. Según la sentencia, este emoticono se interpreta inequívocamente como asentimiento, lo que implica conformidad con la indemnización propuesta por la aseguradora y, por ende, el devengo de los honorarios pactados. – Audiencia Provincial de Barcelona – Sección Decimoséptima – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 277/2024 – Num. Proc.: 915/2023 – Ponente: JESUS ARANGÜENA SANDE (TOL10.043.737)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

Reclamación de honorarios El caso comenzó cuando el demandado solicitó los servicios del despacho de abogados, a fin de conseguir una indemnización por un accidente de...

Arrendamiento de local. Denegación de prórroga. Reclamación de indemnización al amparo del art. 34 LAU que establece el derecho del arrendatario a ser indemnizado cuando, queriendo continuar con el arrendamiento, deba abandonar el local por el transcurso del plazo previsto, siempre que de alguna forma el arrendador o un nuevo arrendatario se pudiesen beneficiar de la clientela obtenida por el antiguo arrendatario, o alternativamente, de los gastos de traslado y de los perjuicios derivados del mismo, cuando el arrendatario se vea obligado a trasladar su actividad. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 877/2024 – Num. Proc.: 4135/2019 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.081.735)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 877/2024 Fecha de sentencia: 19/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...

Juicio de divorcio. Interés superior de los menores. Suspensión del régimen de visitas con respecto a los hijos. Situación de violencia de género cronificada. Inexistencia de factores para fijar un régimen de visitas a favor del padre. La existencia de vínculos de descendencia no implica necesariamente, en ineludible vinculación, que las visitas sean fijadas cuando se reputen contraproducentes para el desarrollo de la personalidad de los niños. En condiciones normales, los contactos entre padres e hijos son beneficiosos, pero no siempre tienen que serlo. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 915/2024 – Num. Proc.: 6604/2023 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.081.780)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 915/2024 Fecha de sentencia: 26/06/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...

Parte I. Celebración y efectos del matrimonio internacional en España (TOL9.977.281)

by | Jul 26, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

PARTE I. CELEBRACIÓN Y EFECTOS DEL MATRIMONIO INTERNACIONAL EN ESPAÑA1. PLANTEAMIENTO: CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS MATRIMONIOS INTERNACIONALES EN ESPAÑA2El...