La resolución sancionadora señala en sus hechos probados que el recurrente en el momento de su detención se encontraba en situación irregular en España, sin que haya solicitado y se halle pendiente de resolver ninguna solicitud de autorización. También señala que en ese momento de la detención estaba indocumentado y, por lo tanto, sin acreditar su identificación y filiación. Asimismo, se señala que no aporta ninguna prueba de que tenga especial arraigo familiar o social en nuestro país. En conclusión, los elementos o circunstancias que tuvo en cuenta la Administración para decidir la expulsión fueron la situación de estancia irregular, la indocumentación del recurrente en el momento de su detención, y la falta de justificación de arraigo personal o social en España. Estas mismas circunstancias fueron tenidas en cuenta por la Sala de Madrid para desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución recurrida. La circunstancia de encontrarse el extranjero en situación irregular sin documentación alguna por la que pudiera ser identificado constituye una circunstancia de agravación que justifica la decisión de expulsión, atendido el principio de proporcionalidad. No pueden ser acogidas otras circunstancias de agravación al no haber sido tenidas en cuenta en la resolución sancionadora, según la doctrina constitucional expuesta.
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Quinta
Sentencia núm. 287/2024
Fecha de sentencia: 22/02/2024
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 6629/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 13/02/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano
Procedencia: T.S.J.MADRID CON/AD SEC.10
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Sinforiano Rodriguez Herrero
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 6629/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Sinforiano Rodriguez Herrero
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Quinta
Sentencia núm. 287/2024
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Carlos Lesmes Serrano, presidente
D. Wenceslao Francisco Olea Godoy
D. Ángel Ramón Arozamena Laso
D. Fernando Román García
D.ª Ángeles Huet De Sande
En Madrid, a 22 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación 6629/2022 interpuesto por la procuradora doña Patricia Bosch Iglesias, en nombre y representación de don Geronimo, bajo la dirección letrada de don Carlos Lizana de Santiago, contra la sentencia de 12 de mayo de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Décima), en el Rollo de Apelación 612/2021, promovido contra la sentencia de 1 de marzo de 2021, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Madrid en el procedimiento Abreviado 336/2020 que confirmó la legalidad de la resolución dictada por la Delegación del Gobierno en Madrid de 13 de agosto de 2020 por la que se acuerda la expulsión del recurrente del territorio nacional, con prohibición de entrada por un periodo de cinco años.
Ha comparecido como parte recurrida la Administración General del Estado, actuando en su representación y defensa la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano.
PRIMERO.- Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Décima), se tramitó el Recurso de Apelación 612/2021, promovido por la representación procesal de Geronimo, contra la sentencia de fecha 1 de marzo de 2021 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Madrid en el Procedimiento Abreviado número 336/2020, tramitado contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid de 13 de agosto de 2020, que acordaba la expulsión del territorio nacional de la recurrente dada su . . .
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