Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de agosto (TOL9.702.803)

Sep 23, 2023

Acceso a las novedades del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas146607-SITUACIÓN ASIMILADA AL ALTA: NO DA DERECHO A LA DEDUCCIÓN

    Pregunta

  • ¿Las situaciones asimiladas al alta en la Seguridad Social generan el derecho a percibir la deducción por maternidad?
    Respuesta

  • Las únicas situaciones que permiten aplicar la deducción son: la percepción de prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento del menor, la situación de alta en el momento del nacimiento, o en caso de que en el momento del nacimiento no se estuviera en situación de alta o no se estuvieran percibiendo las referidas prestaciones, la situación de alta posterior con al menos 30 días cotizados.En consecuencia, si en el momento del nacimiento del hijo la madre se encuentra en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social no tiene derecho a la deducción por maternidad salvo en la situación expresamente recogida en el artículo 81 de la Ley del IRPF correspondiente a la percepción de prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.Conforme a lo expuesto, no tendrá derecho a la deducción por maternidad la madre que al nacer el menor se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Excedencia por cuidado de hijos u otros familiares
    • Régimen especial de cuidadores no profesionales de personas en situaciones de dependencia
    • Vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato
    • Periodo de suspensión del contrato por ser víctima de violencia de género
    Normativa/Doctrina

  • Artículo 81 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas .
  • Artículos 144, 165, 166 y 237 del Real Decreto Legislativo 8/2015, TR Ley General de la Seguridad Social,
  • Artículos 2 y 3 R.D. 615/2007, de 11 de mayo, regula la Seguridad Social cuidadores de personas en situaciones de dependencia
  • Artículos 4 y 10 RD 295/2009, de 6 de marzo, prestaciones económicas S. Social por maternidad, paternidad, riesgo durante embarazo
  • Artículo 36 R.D. 84/1996, de 26-1, Reglamento General inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones en S.Social
  • Artículo 14 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
  • Informe Dirección General de Tributos de 26 de julio de 2023

146606-DESEMPLEO Y PRESTACIÓN POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR

    Pregunta

  • Una mujer que está percibiendo la prestación por desempleo y solicita la prestación por nacimiento y cuidado de menor antes del parto. ¿Tiene derecho a la deducción por maternidad cuando nace su hijo?
    Respuesta

  • Sí, puesto que en el momento del nacimiento existe el derecho a la percepción de la prestación por desempleo, sin perjuicio de que se haya suspendido su cobro por ser sustituida por la prestación por nacimiento y cuidado de menor antes del parto.
    Normativa/Doctrina

  • Artículo 81 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas .
  • Artículo 284.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, R. D. Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (BOE 31)
  • Informe Dirección General de Tributos de 26 de julio de 2023

Acceso a las novedades del Impuesto sobre Sociedades 146920-JUNTA DE COMPENSACIÓN INACTIVA. OBLIGACIÓN DE DECLARAR

    Pregunta
  • Una Junta de Compensación ha quedado sin efecto por haber sido anulado el PGOU correspondiente, presentando cese de actividad en diciembre del ejercicio en que se devuelven todas las aportaciones dinerarias a los vecinos, no habiéndose producido ningún beneficio ni incremento patrimonial en los miembros. ¿Debe presentar declaración del IS de dicho ejercicio?
    Respuesta

  • Una junta de compensación es una Entidad Urbanística Colaboradora de constitución voluntaria, que tiene naturaleza administrativa, personalidad jurídica . . .
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Últimas novedades publicadas

Procedimiento de oposición a una resolución administrativa en materia de protección de menores. Recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación. Se estiman. La caducidad de la acción apreciada por el tribunal de apelación no es correcta. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 893/2024 – Num. Proc.: 3992/2021 – Ponente: Antonio García Martínez (TOL10.098.802)

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VACACIONES NO DISFRUTADAS EN AGOTAMIENTO DE IT. Buenas tardes, Tengo el caso de un trabajador (peón agrícola) que empezó la baja por enfermedad común el día 01/07/2022 hasta el 15/12/2023 y tuvo recaído el 21/12/2023 por lo que cumplió los 545 días el día 01/01/2024 y fue baja por agotamiento de IT.Ahora le han dado la resolución, ha resuelto aprobar con fecha 14-06-2024 la pensión de incapacidad permanente, en el grado de TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL, Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años.El trabajador nos pide que le paguemos las vacaciones que no ha disfrutado durante toda la baja médica, como se procedería estando de baja aun por agotamiento de IT, ¿habría que darle la baja total? o ¿ Se hace una nómina estando de baja por agotamiento de IT? o como se procedería en este caso. (TOL10.107.911)

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La Audiencia Provincial de Barcelona ha establecido que el cliente deberá pagar los honorarios al abogado afectado. El cliente aceptó la oferta que consiguió su letrado mediante un emoticono en WhatsApp, y tras ello, acudió a otro despacho de abogados para conseguir una mejor, sin pagar los honorarios. Según la sentencia, este emoticono se interpreta inequívocamente como asentimiento, lo que implica conformidad con la indemnización propuesta por la aseguradora y, por ende, el devengo de los honorarios pactados. – Audiencia Provincial de Barcelona – Sección Decimoséptima – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 277/2024 – Num. Proc.: 915/2023 – Ponente: JESUS ARANGÜENA SANDE (TOL10.043.737)

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Arrendamiento de local. Denegación de prórroga. Reclamación de indemnización al amparo del art. 34 LAU que establece el derecho del arrendatario a ser indemnizado cuando, queriendo continuar con el arrendamiento, deba abandonar el local por el transcurso del plazo previsto, siempre que de alguna forma el arrendador o un nuevo arrendatario se pudiesen beneficiar de la clientela obtenida por el antiguo arrendatario, o alternativamente, de los gastos de traslado y de los perjuicios derivados del mismo, cuando el arrendatario se vea obligado a trasladar su actividad. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 877/2024 – Num. Proc.: 4135/2019 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.081.735)

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