STC 67/2024 Límites de las leyes de presupuestos: nulidad del precepto legal que reforma la Ley reguladora de las bases del régimen local modificando la forma de selección, provisión y nombramiento de funcionarios con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Voto particular. Voto particular. Habilitado nacional. – Tribunal Constitucional – Sala Pleno – Jurisdicción: Constitucional – Sentencia – Num. Res.: 67/2024 – Num. Proc.: 2059/2022 (TOL10.010.935)

Jun 11, 2024

- Órgano: Pleno- Magistrados: Don Cándido Conde-Pumpido Tourón, doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso.- Tipo y número de registro: Recurso de inconstitucionalidad 2059/2022- Fecha de resolución: 23/04/2024 El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de inconstitucionalidad núm. 2059-2022, promovido por más de cincuenta diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, contra la disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. Han comparecido y formulado alegaciones, en la representación que ostentan, el abogado del Estado y el letrado del Gobierno Vasco. Ha sido ponente el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla. I. Antecedentes 1. El día 24 de marzo de 2022 tuvo entrada en el registro general de este tribunal el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra la disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. Los motivos en los que se fundamenta el recurso de inconstitucionalidad son los que, sucintamente, se exponen a continuación: a) Los diputados recurrentes alegan, como primer motivo de inconstitucionalidad, que la disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, incorpora una regulación ajena al contenido propio de las leyes presupuestarias al modificar el apartado séptimo de la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL). Vulneraría por ello los arts. 66.2 y 134.2 CE, en relación con el principio de seguridad jurídica ex art. 9.3 CE. Entienden los recurrentes que, a la luz de la doctrina constitucional sobre los límites materiales del contenido eventual o no imprescindible de las leyes de presupuestos, la disposición impugnada no guarda relación económica directa con los ingresos o gastos de las administraciones locales afectadas, en tanto incide sobre la forma de selección, provisión y nombramiento de funcionarios con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco sin repercutir, no obstante, sobre el gasto público que supondría su incorporación, sea por una u otra vía, a la plantilla de la administración local correspondiente ni guardar conexión alguna con su régimen retributivo. La disposición recurrida tampoco se erige, a juicio de los recurrentes, en complemento necesario para la mejor inteligencia y ejecución del presupuesto, sin que la Ley 22/2021, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, haya justificado, en ningún caso, su inclusión como materia conexa. b) La disposición impugnada vulnera también, según los diputados recurrentes, el art. 150.2 CE. En primer lugar, porque incorporaría una decisión formalmente unilateral del Estado de transferir a la Comunidad Autónoma del País Vasco las facultades previstas en el art. 92 bis LBRL respecto a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Regularización íntegra. Cuando, tras una regularización del IRPF, se ha considerado inexistente la actividad económica de la sociedad y se han imputado sus rendimientos al socio persona física, el principio de íntegra regularización impone a la Administración competente para liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio que, si asume la anterior consideración para negar la exención de las participaciones en dicha sociedad por incumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos.a) LIP, tenga también en consideración el impacto que aquello tiene en la valoración de las participaciones (art. 16 LIP), como consecuencia de la variación del valor del patrimonio neto. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1405/2024 – Num. Proc.: 8950/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.124.551)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.405/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R....

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial (TOL10.098.224)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial1. Expresiones que hacen fortunaHay expresiones que, no se sabe muy bien por qué, hacen fortuna. Y la hacen a pesar de...

Acuerdo entre el Reino de España y Georgia sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 5 de abril de 2024 (TOL10.155.178)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y GEORGIA SOBRE EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO Y EL CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES El Reino de España y...

Función pública: Se anula la plaza de un policía local que tenía antecedentes penales en el momento de la solicitud de la oposición – Juzgado de lo Contencioso-Administrativo – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: Pr0cedimient0:Pr0cedimient0abreviad0 – Num. Proc.: 155/2021 – Ponente: FERNANDO GERMAN PORTILLO RODRIGO (TOL10.134.523)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Jurisprudencia | 0 Comments

SENTENCIAEn Melilla, a 11 de julio de 2024Vistos por este juzgado los autos del Procedimiento Abreviado 155/21 seguidos en virtud de recursointerpuesto por D. Jacobo ,...

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio (TOL10.098.223)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Doctrina | 0 Comments

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio1. El estado de la cuestión: la expansión criminalizadoraLa introducción del...

Anulación de sentencia por motivación arbitraria. Intervención telefónica: indicio obtenido por la grabación de una conversación privada obtenida por uno de los interlocutores. Motivación por remisión o hetero integración. Autenticidad de los soportes que alojan grabaciones obtenidas por sistema SITEL. Registro: imprecisión en la designación del lugar. Presencia del interesado. Momento hábil para introducir las declaraciones prestadas en instrucción por quien se acoge a su derecho a no declarar en el acto del juicio. Legitimación del Fiscal para recurrir por infracción de garantía de tutela judicial efectiva y del derecho a valerse de medios de prueba pertinentes. Otros. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 753/2024 – Num. Proc.: 2984/2020 – Ponente: Ana María Ferrer García (TOL10.124.144)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 753/2024 Fecha de sentencia: 22/07/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...