T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 1.582/2023
Fecha de sentencia: 15/11/2023
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 955/2019
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 08/11/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo
Procedencia: Audiencia Provincial de Madrid, Sección 10.ª
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío
Transcrito por: RSJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 955/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 1582/2023
Excmos. Sres.
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Pedro José Vela Torres
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 15 de noviembre de 2023.
Esta Sala ha visto los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos respecto la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 10.ª de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 77 de Madrid. Es parte recurrente la entidad Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, CREDIFIMO, Establecimiento Financiero de Crédito S.A. representada por el procurador Javier Segura Zariquiey y bajo la dirección letrada de José Antonio Vázquez Roldas. Es parte recurrida Cayetano y Paula, representados por el procurador Fernando Esteban Cid y bajo la dirección letrada de Irma Fernández Rozas.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo.
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. La procuradora María Concepción Palacios García, en nombre y representación de Cayetano y Paula, interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 77 de Madrid, contra la entidad Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, CREDIFIMO, Establecimiento Financiero de Crédito S.A., para que se dictase sentencia por la que:
"Condene a la demandada CREDIFIMO a pagar a mis mandantes las siguientes cantidades:
"a) La cantidad de veintiún mil ciento sesenta y ocho euros (21168,00€), en concepto de principal.
"b) Los intereses legales pertinentes, desde cada cobro hasta la fecha de la sentencia que se dicte en su día en el presente procedimiento.
"c) Las costas causadas y que se causen en este procedimiento".
2. El procurador Javier Segura Zariquey, en representación de la entidad Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, CREDIFIMO, Establecimiento Financiero de Crédito S.A., contestó a la demanda y pidió al Juzgado que dictase sentencia:
"por la que desestime íntegramente dicha demanda con imposición a la actora de las costas causadas. Subsidiariamente y para el caso de que se estimen la pretensión de la demandante, suplicamos al Juzgado que no se aplique la nulidad de la cláusula retroactivamente".
3. El Juzgado de Primera Instancia núm. 77 de Madrid dictó sentencia con fecha 23 de enero de 2018, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallo: Estimo la demanda interpuesta por el procurador D. Fernando Esteban Cid, en representación de D. Cayetano y Dª Paula, contra Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, Credifimo Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., y condeno a la demandada a abonarles la cantidad de 21.168 euros, más el interés legal desde la aplicación de la cláusula declarada nula a cada uno de los recibos mensuales de amortización, así como a las costas".
SEGUNDO. Tramitación en segunda instancia
1. La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por la representación de la entidad Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, CREDIFIMO, Establecimiento Financiero de . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma