T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 1.424/2023
Fecha de sentencia: 17/10/2023
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 1510/2019
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 04/10/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
Transcrito por: COT
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 1510/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Sentencia núm. 1424/2023
Excmos. Sres.
D. Ignacio Sancho Gargallo D. Rafael Sarazá Jimena D. Pedro José Vela Torres D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 17 de octubre de 2023.
Esta Sala ha visto el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación respecto de la sentencia n.º 1/2019, de 11 de enero, dictada en grado de apelación por la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio ordinario n.º 231/2017 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Colmenar Viejo, sobre reclamación de cantidad.
Es parte recurrente D. Leopoldo, representado por el procurador D. Luis de Villanueva Ferrer y bajo la dirección letrada de D. Pedro López Torres.
Es parte recurrida D.ª Mónica, representada por la procuradora D.ª Lucrecia Rubio Sevillano y bajo la dirección letrada de D. Mario Cosano Erro.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile.
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de D. Leopoldo, interpuso demanda de juicio ordinario contra D.ª Mónica, en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] por la que, con estimación íntegra de la demanda, se condene al demandado, a que abone a DON Leopoldo la cantidad de CIENTO DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (102.653,47 €), cantidad que debe ser incrementada en el interés legal ( Art 1.109 del C.C.) y los intereses procesales desde la sentencia que dicte por el Juzgado al que tenemos el honor de dirigirnos ( art. 576 LEC), que se calcularan en la fase de ejecución de sentencia, siendo el origen de la cantidad reclamada la suma de las siguientes partidas objeto de reclamación:
"* OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (8.189,64 €) por la parte dejada de abonar por Doña Mónica por la compra de 1/3 parte del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000, 28791 de Soto del Real (Madrid).
"* SESENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTICINO EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (62.125,66 €) en concepto de impago del 50 % de cuota hipotecaria por parte de la Sra. Mónica del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000, 28791 de Soto del Real (Madrid).
"* DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS DE EURO (12.992,25 €) por el pago de las obras de ampliación y mejora del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000, 28791 de Soto del Real (Madrid).
"* MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS DE EUROS (1.737,23 €) derivado del pago de facturas que conllevaron el reajuste del presupuesto girado inicialmente y de la tasación de la compra de la vivienda.
" QUINIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS DE EURO (592,20 €) en concepto de impuestos sobre construcciones, instalaciones y obras, así como licencias urbanísticas del Ayto. de Soto del Real (Madrid).
"* DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS DE EUROS (2.283,30 €) en concepto de honorarios del arquitecto del proyecto de ampliación . . .
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