TSJ Castilla-León; 05-02-2024. No puede considerarse accidente laboral una IT por ansiedad, al no entenderse que exista una situación de acoso laboral no existiendo prueba de quién remite los anónimos a la actora. – Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León sede en Valladolid – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Proc.: 397/2023 – Ponente: José Manuel Riesco Iglesias (TOL9.891.155)

Mar 7, 2024

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00179/2024

-

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA).VALLADOLID

Tfno: 983458462

Fax: 983254204

Correo electrónico: [email protected]

NIG: 37274 44 4 2022 0001672

Equipo/usuario: MLM

Modelo: 402250 SENTENCIA RESUELVE REC DE SUPLICACIÓN DE ST

RSU RECURSO SUPLICACION 0000397 /2023

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL EN MATERIA PRESTACIONAL 0000797 /2022

Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL

RECURRENTE/S D/ña Elisabeth

ABOGADO/A: LUIS FRANCISCO NIETO GUZMÁN DE LÁZARO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: INSS, HOGAR RESIDENCIA BUEN PASTOR , MUTUA UNIVERSAL MUGENAT , TGSS TGSS

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PEDRO JAVIER SÁNCHEZ DE LA PARRA PÉREZ , ,

PROCURADOR: , , ,

GRADUADO/A SOCIAL: , , GEMA ARAGON BENITO ,

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente de la Sala

D. José Manuel Riesco Iglesias

Doña Mª Laura Vega Pedraza/

En Valladolid, a cinco de febrero de dos mil veinticuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 397/2023, interpuesto por DOÑA Elisabeth contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Salamanca de fecha 22 de diciembre de 2022 (Autos núm. 797/2022), dictada a virtud de demanda promovida por la indicada recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la empresa HOGAR RESIDENCIA EL BUEN PASTOR, y la Mutua UNIVERSAL MUGENAT, sobre DETERMINACIÓN DE CONTINGENCIA I.T.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON JOSÉ MANUEL RIESCO IGLESIAS.

PRIMERO: Con fecha 20-10-2022 se presentó en el Juzgado de lo Social Nº 2 de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los siguientes términos: "Que desestimando la demanda promovida por Dª. Elisabeth contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, HOGAR RESIDENCIA EL BUEN PASTOR y MUTUA UNIVERSAL MUGENAT debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas frente a ellos" .

SEGUNDO: En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Dª. Elisabeth con DNI nº NUM000 nacida el NUM001-1962 figura afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General con el nº NUM002 presta servicios para la empresa Hogar Residencia El Buen Pastor desde el 1-11-1995 con categoría profesional de gerocultora.

En abril de 2020 fue designada coordinadora de gerocultores y el 1 de enero de 2021 gobernanta puesto en el que presenta renuncia el 30 de agosto de 2021 dejando de percibir un complemento de 300€ (acont. 2, 4 y 118)).

SEGUNDO.- La empresa Hogar Residencia El Buen Pastor tiene concertada con Mutua Universal Mugenat la cobertura de las prestaciones de incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales.

TERCERO.- El 21 de febrero de 2022 la actora inicia proceso de incapacidad temporal por síndrome ansioso depresivo (acont. 2).

CUARTO.- El 15 de septiembre de 2022 la actora presenta solicitud de determinación de contingencia del proceso de IT iniciado el 21-2-2022.

Por el INSS se inicia el correspondiente expediente concediendo a las partes el plazo de diez días para alegaciones.

La empresa presenta escrito de alegaciones (pag. 12).

Se emite dictamen del EVI de 20-9-2022 con cuadro residual de otros trastornos de ansiedad (pag. 43).

QUINTO.- Por Resolución del INSS de 20 de septiembre de 2022 se declara el carácter común de la incapacidad temporal iniciada el 21-2-2022 siendo responsable del pago Mutua Universal Mugenat ( pag 18 exped.).

SEXTO.- La actora entregó a la Directora de la residencia unos . . .

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