Deducibilidad como gastos de las retribuciones a los administradores: no discutiéndose el efectivo ejercicio de esas funciones ejecutivas diferenciadas de las propias de administrador, no existe razón jurídica alguna para no poder deducir ese gasto, si además cumple las restantes condiciones del gasto deducible (realidad del mismo, contabilización, etc), que en este caso no se ha planteado como razón de la denegación. – Audiencia Nacional – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Proc.: 139/2020 – Ponente: Francisco Gerardo Martínez Tristán (TOL9.900.772)

Abr 17, 2024

A U D I E N C I A N A C I O N A LSala de lo Contencioso-AdministrativoSECCIÓN SEGUNDANúm. de Recurso: 0000139 /2020Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIONúm. Registro General: 00421/2020Demandante: Entidad Finycar, S.LProcurador: SRA. ORTIZ CAÑAVATEDemandado: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO CENTRALAbogado Del EstadoPonente IImo. Sr.: D. FRANCISCO GERARDO MARTINEZ TRISTANS E N T E N C I A Nº :IIma. Sra. Presidente:Dª. MARÍA ASUNCIÓN SALVO TAMBOIlmos. Sres. Magistrados:D. MANUEL FERNÁNDEZ-LOMANA GARCÍAD. FRANCISCO GERARDO MARTINEZ TRISTAND. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELAD. MARCIAL VIÑOLY PALOPMadrid, a ocho de febrero de dos mil veinticuatro.Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, el recursocontencioso-administrativo nº 139/2020, promovido por la Procuradora Sra. Ortiz Cañavate, en nombre yrepresentación de la Entidad Finycar, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central(TEAC), de 8/10/2019, -reclamación NUM000 -, por la que se desestimó la reclamación deducida frente a laliquidación, de 26/6/2017, de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central deGrandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), referida al Impuesto sobreSociedades (IS) de los ejercicios 2010 a 2013.Ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por elAbogado del Estado.PRIMERO.- Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la impugnación de la resolución del TEAC, de 8/10/2019, -reclamación NUM000 -, por la que se desestimó la reclamación deducida frente a la liquidación, de 26/6/2017, de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), referida al Impuesto sobre Sociedades (IS) de los ejercicios 2010 a 2013.SEGUNDO.- Contra dicha resolución interpuso recurso contencioso-administrativo la Entidad recurrente, identificada más arriba, mediante escrito presentado en plazo, en el Registro General de esta Audiencia Nacional y, admitido a trámite, se requirió a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo, ordenándole que practicara los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción. Verificado, se dio traslado al recurrente para que dedujera la demanda.TERCERO.- Evacuando el traslado conferido, la Procuradora Sra. Ortiz Cañavate, presentó escrito de demanda el 9/10/2020, en el que, después de exponer los hechos y fundamentos que estimó pertinentes, solicitó a la Sala que dicte Sentencia por la que revoque la resolución impugnada, al no ser conforme a derecho, y las liquidaciones de las que trae causa.CUARTO.- El Abogado del Estado por escrito que tuvo entrada en la Audiencia Nacional en fecha 27/10/2020, tras alegar cuantos hechos y fundamentos jurídicos tuvo por conveniente, contestó la demanda, y terminó por suplicar de la Sala que dicte sentencia en cuya virtud desestime el recurso formulado de contrario, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.QUINTO.- Recibido el juicio a prueba, se practicó con el resultado que obra en autos; se formularon por las partes sus respectivos escritos de conclusiones y se señaló para votación y fallo el día 10/1/2024, en que ha tenido lugar.Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Gerardo Martínez Tristán, quien expresa el parecer de la Sección.PRIMERO.- Objeto del recurso. Hechos relevantes y contenido de la regularización. Cuestiones litigiosas.1. Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la impugnación de la resolución del TEAC, de 8/10/2019,-reclamación NUM000 -, por la que se desestimó la reclamación deducida frente a la liquidación, de 26/6/2017, de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), referida al Impuesto sobre Sociedades (IS) de los ejercicios 2010 a 2013.2. La regularización llevada a cabo por la liquidación consistió en negar la deducibilidad como gasto de las retribuciones satisfechas a quienes eran administradores sociales (cuatro administradores, cuyas identidades no es necesario reproducir), al no cumplirse las condiciones exigidas por la legislación mercantil para admitir la deducibilidad.3. No existe una verdadera controversia sobre los antecedentes fácticos del litigio, por lo que no es necesario ni reproducirlos, ni extendernos más en ellos . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 581/2024 – Num. Proc.: 2049/2022 – Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA (TOL10.074.026)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 581/2024Fecha de sentencia: 12/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 684/2024 – Num. Proc.: 2465/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL10.094.878)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo PenalSentencia núm. 684/2024Fecha de sentencia: 27/06/2024Tipo de procedimiento: RECURSO CASACIONNúmero del procedimiento:...

No se vulnera el derecho a la desconexión por el envío de correos electrónicos durante su situación de incapacidad temporal porque bastaba con no recepcionarlo. Es evidente que no se da de baja a ningún trabajador en un correo corporativo por esta suspensión de sus funciones por enfermedad, lo que incluso podría ser discriminatorio, pudiendo así recibir los mismos correos que sus compañeros, al estar en la lista, y no quedar desinformada de lo que sucede en la empresa, pero sentado esto, está claro que la trabajadora no tenía ninguna obligación de abrir y ni siquiera de mirar dicho correo corporativo durante la enfermedad, ni nadie se lo exigió. – Tribunal Superior de Justicia de Madrid – Sección Segunda – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 534/2024 – Num. Proc.: 267/2024 – Ponente: María Virginia García Alarcón (TOL10.173.667)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 , Planta 2 - 28010 Teléfono: 914931969 Fax: 914931957...

Protección medioambiental de la zona internacional de los fondos marinos en su consideración como patrimonio común de la humanidad (Revista Jurídica de la Comunidad Valenciana Nº 88/2024) (TOL10.139.516)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Doctrina | 0 Comments

PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LA ZONA INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS EN SU CONSIDERACIÓN COMO PATRIMONIO COMÚN DE LA HUMANIDAD Resumen: La Zona Internacional de los...

PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJO. Últimamente viene la Inspección y solicita documentos y da plazos de 3 días, 2 días, etc. Sin importar la carga de trabajo que tengamos. Mi pregunta es ¿hay un plazo legal establecido mínimo y/o máximo para entregar la documentación?. ¿Pueden establecer a su gusto los plazos de entrega de la documentación solicitada en la inspección de trabajo? (TOL10.153.123)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: PLAZOS ENTREGAR DOCUMENTACION INSPECCIÓN DE TRABAJOLa Inspección de Trabajo está habilitada para requerir a la empresa, o a su representante, la...

Petición Inicial de Proceso Monitorio en reclamación de cantidades derivadas de relación laboral (TOL4.439.616)

by | Sep 18, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Formulario | 0 Comments

Artículo 101 LRJS AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [...]D./Doña […] mayor de edad, con D.N.I. núm. […] número de afiliación a la Seguridad Social […], con domicilio en […]...