Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación. ("Boletín Oficial del Estado" de 6/12/2023).1. INTRODUCCIÓN. Nos encontramos ante uno de los Reales Decretos más esperados en los últimos años, concretamente, desde la Ley 11/2021, de 9 de julio, conocida como Ley de Prevención y Represión del Fraude Fiscal, tanto para lograr dar un avance definitivo al sistema de facturación electrónica en España, herramienta de modernidad empresariales que, por diversas causas, está viendo su horizonte temporal alejándose en el tiempo y, en segundo término, para cerrar el marco sancionador contra el denominado "software" de doble uso. Ahora bien, la clave del sistema de facturación electrónica y sus registros se deja a una Orden Ministerial posterior, emitida por la Ministra de Hacienda y Función Pública y su entrada en vigor efectiva se demora al 1 de julio de 2025. A nuestro juicio, tal demora (que también se ha producido en otros países de nuestro entorno, supuesto de Francia) si bien puede estar justificada por razones técnicas, lo cierto es que no dice nada bueno sobre la posibilidad de generalizar un instrumento de gestión empresarial y tributaria imprescindible en plena ola de digitalización.2. EL ENTORNO DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y SU NECESIDAD. Las necesidades de urgente adaptación del tejido empresarial español, y muy especialmente, de las pymes, las microempresas y los autónomos, a las exigencias de la digitalización, sumadas a la creciente demanda de la sociedad en orden a obtener de sus administraciones tributarias una constante mejora de la asistencia y del control tributario, impone necesidades de estandarización y modernización de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soportan los procesos contables, de facturación y de gestión de empresarios y profesionales. Esta modernización exige, por un lado, asegurar la interconexión de tales sistemas informáticos, y su compatibilidad con los sistemas informáticos de clientes, proveedores y administraciones públicas, pero, por otro lado, exige también asegurar la calidad de la información, la confianza en la inalterabilidad indebida de los datos, la trazabilidad de los mismos y la interdicción del uso del llamado software de supresión y manipulación de ventas. Con ser importantes, los anteriores propósitos encuentran su sentido en un objetivo aún más amplio que desde las organizaciones internacionales (OCDE y Unión Europea) han dado en llamar «cumplimiento tributario por diseño». Se trata de asegurar una conexión sencilla, barata, segura y eficiente entre administrados y administración en entornos digitalizados. El desarrollo de estos sistemas informáticos debe permitir a medio plazo un significativo ahorro de los costes de cumplimiento de toda índole y, en particular, por lo que se refiere al presente real decreto, de los costes de cumplimiento tributario. Los terribles efectos que la pandemia de COVID-19 ha producido sobre la salud pública, la sociedad y la economía española, han desencadenado, como contrapartida, una vigorosa reacción por parte de las autoridades de la Unión Europea en orden a facilitar y respaldar la recuperación de las economías europeas. Dicha reacción, manifestada a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, supone la aprobación de un Mecanismo de financiación del que España, como Estado Miembro, va a participar significativamente. El mecanismo, que está dotado con fondos de la UE, supone una oportunidad financiera al permitir asignar fondos en atención a cuatro ejes principales, uno de los cuales, el de Transformación Digital pretende, entre otros objetivos, la modernización y digitalización del ecosistema del empresariado español. Por su parte, la Administración tributaria también afronta un importante reto en el referido Plan, ya que la modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible exige encarar reformas materiales en el sistema tributario, pero también la modernización de los instrumentos procedimentales y de gestión de la información. Todo ello con la debida . . .
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