Juzg.C-A; 16-10-2023 Contratación: Se declara la nulidad del procedimiento de contratación desarrollado por el Ayuntamiento de Burgos para la implantación de la Zona de Bajas Emisiones ya que para desarrollarla era preciso previamente una ordenanza que concretarse su regulación. – Juzgado de lo Contencioso-Administrativo – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 239/2023 – Num. Rec.: 66/2022 – Ponente: Juan Carlos García López (TOL9.748.185)

Nov 21, 2023

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 2BURGOSSENTENCIA: 00239/2023UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTOModelo: N11600 AVDA. REYES CATOLICOS 51B PLANTA 5, (EDIFICIO NUEVOS JUZGADOS) Teléfono:947284055 Fax: 947284056 Equipo/usuario: 1N.I.G: 09059 45 3 2022 0000625 Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000066 /2022 /Sobre: ADMINISTRACION LOCAL De Dª : Tania Abogado: PAULA SANZ IBAÑEZ Procurador Dª : MARIABELEN JUARROS GONZALEZ Contra AYUNTAMIENTO DE BURGOS AYUNTAMIENTO DE BURGOS, ETRALUXSA Abogado: LETRADO AYUNTAMIENTO, MARGARITA GARCIA SANCHEZ Procurador D. EUGENIO PIOECHEVARRIETA HERRERA, MARIA TERESA PALACIOS SAEZSENTENCIAEn BURGOS, a dieciséis de octubre de dos mil veintitrés.Vistos por el ILMO. SR. DON JUAN CARLOS GARCÍA LÓPEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Burgos; los presentes Autos de Recurso Contencioso-Administrativo seguido porProcedimiento Ordinario Nº 66/2022, instado por la Procuradora Dª María Belén Juarros González en nombrey representación de Dª Tania , y defendidas por la letrada Dª Paula Sanz Ibáñez , siendo demandadoel AYUNTAMIENTO DE BURGOS, representado por el Procurador D. Eugenio Pío de Echevarrieta Herrera ydefendido por sus servicios jurídicos y como codemandada personada la mercantil Etralux SA representadapor la procuradora DOÑA MARÍA TERESA PALACIOS SÁEZ y como letrada Sra. García Sánchez. La cuantía esindeterminada.PRIMERO.- Se ha interpuesto recurso contencioso administrativo por Dª. BELÉN JUARROS GONZÁLEZ, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de DÑA. Tania , en su condición de concejala del Ayuntamiento de Burgos contra: -El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos adoptado el 25 de agosto de 2022, por el que se desestima el Recurso de Reposición formalizado por Dña. Tania contra el inicio de expediente de contratación de la instalación, digitalización, integración y posterior mantenimiento de los nuevos sistemas de gestión del tráfico y la movilidad urbana en la ciudad de Burgos, mediante sistemas inteligentes de control de accesos que permitan gestionar de manera automatizada el acceso de vehículos a cada una de las subzonas de bajas emisiones que componen la Z.B.E. de la ciudad de Burgos; en función de su distintivo ambiental y de las situaciones de contaminación presentes en cada momento según prevén las normas y ordenanzas actuales. - Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos adoptado el 25 de agosto de 2022, por el que se acuerda adjudicar el procedimiento abierto simplificado a la entidad ETRALUX, S.A.SEGUNDO.- Por resolución de fecha 8 de noviembre de 2022 se tuvo por interpuesto Recurso contencioso- administrativo, acordando su tramitación conforme a lo dispuesto por el procedimiento ordinario recabándose el expediente administrativo y formalizada la demanda en fecha 27 de enero de 2023 en la que terminaba solicitando se dicte sentencia por la que, estimando la demanda, se declare su nulidad y/o anulación.TERCERO.- Por D. Eugenio Echevarrieta Herrera, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Burgos se presentó en fecha 10 de marzo de 2023 escrito de contestación a la demanda solicitando su íntegra desestimación y con imposición de costas a la actora. Por MARÍA TERESA PALACIOS SAEZ, Procuradora de los Tribunales y de ETRALUX, S.A. y bajo la dirección letrada de DÑA.MARGARITA GARCÍA SÁNCHEZ se presentó en fecha 12 de abril de 2023 escrito de contestación a la demanda solicitando igualmente su desestimación y con imposición de costas a la actora. el Acordado el recibimiento a prueba en los términos que constan en Auto de 17 de abril de 2023 y, previa formulación de escrito de conclusiones quedaron las actuaciones vistas para dictado de la presente sentencia.CUARTO.- En el presente recurso se han observado todas las prescripciones legales en vigor.PRIMERO.- El objeto del presente recurso contencioso-administrativo consiste en los siguientes actos administrativos: -El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos adoptado el 25 de agosto de 2022, por el que se desestima el Recurso de Reposición formalizado por Dña. Tania contra el inicio de expediente de contratación de la instalación, digitalización, integración y posterior mantenimiento de los nuevos sistemas de gestión del tráfico y la movilidad urbana en la ciudad de Burgos, mediante sistemas inteligentes de control de accesos que permitan gestionar de manera automatizada el . . .

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El TS estima el reintegro de las cuantías percibidas como consecuencia de la anulación del impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos -céntimo sanitario-. La acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa, no resulta directamente aplicable a aquellos supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio título concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, invocado como fuente de la obligación de restituir la presunción consistente en la mera posibilidad de carácter aleatorio de que la concesionaria podría instar el procedimiento tributario de devolución de ingresos indebidos incoado frente a la Hacienda Pública, o ejercitar la acción indemnizatoria de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, si no se acredita el presupuesto de la existencia de aumento patrimonial o la transferencia o desplazamiento del valor patrimonial en favor del presuntamente enriquecido sin justo título. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1501/2024 – Num. Proc.: 1636/2021 – Ponente: JOSÉ MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR (TOL10.206.331)

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