TS: No vulnera el principio de calidad del dato el requerimiento previo de pago por una cantidad distinta de la que fue incluida en el fichero de solvencia patrimonial y crédito. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación. Se desestiman. La sentencia recurrida se ajusta a la doctrina de la Sala sobre la garantía de la recepción del requerimiento de pago previo o constancia razonable de ella. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 649/2024 – Num. Proc.: 4196/2023 – Ponente: Antonio García Martínez (TOL10.030.946)

Jul 19, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 649/2024

Fecha de sentencia: 13/05/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 4196/2023

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 07/05/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez

Procedencia: Audiencia Provincial de Alicante. Sección Cuarta.

Letrado de la Administración de Justicia: Sección 004

Sentencia de señalamiento adicional

Transcrito por: EMGG

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 4196/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez

Letrado de la Administración de Justicia: Sección 004

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 649/2024

Excma. Sra. y Excmos. Sres.

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

D. José Luis Seoane Spiegelberg

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 13 de mayo de 2024.

Esta Sala ha visto los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, interpuestos respecto de la sentencia n.º 128/2023, de 10 de marzo de 2023, dictada en grado de apelación (Rollo n.º 676/2022) por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, dimanante del procedimiento de juicio ordinario núm. 2067/2020 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Alicante, sobre tutela civil de los derechos fundamentales.

Es parte recurrente D. Gregorio, representado por el procurador Sr. D. Jacob Botella Peidró y asistido por el letrado Sr. D. Arturo Fernández López. Es parte recurrida la entidad Servicios Financieros Carrefour EFC, S. A., representado por el procurador Sr. D. Enrique Sastre Botella y asistido por el letrado Sr. D. Javier Gilsanz Usunaga.

En este expediente ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez.

PRIMERO. Tramitación en primera instancia

1. Por la representación procesal de D. Gregorio se interpuso una demanda de juicio ordinario sobre tutela del derecho al honor contra la entidad Servicios Financieros Carrefour EFC, S. A., en la que solicitaba que, previa la tramitación pertinente, se dictara una sentencia que contuviera los siguientes pronunciamientos :

"[...]1º Que se declare que SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC, S. A., ha vulnerado el derecho fundamental al honor de don Gregorio al incluirlo indebidamente en el fichero público de solvencia patrimonial ASNEF/ EQUIFAX.

"2º Que se condene a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC, S. A., a proceder a la cancelación definitiva de sus datos personales en los ficheros gestionados por ASNEF/ EQUIFAX informando al actor de dicha cancelación.

"3º Que se condene a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC, S. A., a pagar a don Gregorio la suma de 10.000 € más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y las costas."

2. La demanda fue turnada al Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Alicante donde se registró como procedimiento ordinario núm. 2067/2020. Admitida a trámite la demanda, se acordó dar traslado a la parte demandada y al Ministerio Fiscal a fin de que en el plazo de veinte días hábiles se personasen y la contestasen, lo que hicieron en tiempo y forma.

3. Tras seguirse los trámites correspondientes, con fecha 25 de marzo de 2022, el Magistrado dictó sentencia con el siguiente pronunciamiento:

"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por don Gregorio debo absolver y ABSUELVO a SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC, S. A., de la pretensión contra ella entablada y sin que proceda hacer especial pronunciamiento sobre las costas de esta instancia."

SEGUNDO. Tramitación en segunda instancia

1. La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por la representación de D. Gregorio, recurso al que se opuso en tiempo y forma la mercantil Servicios Financieros Carrefour EFC, S. A., e interesó su desestimación.

2. La resolución de este recurso correspondió a la Sección Cuarta de la . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Consulta número: V3248-23. El consultante va a constituir una sociedad cuyo objeto social será la venta de paquetes de viajes y ocio mediante un sistema de subastas por pujas a través del portal web de la entidad.Los servicios ofertados de viajes y ocio serán contratados a terceros.Cuestión Planteada: Se plantea en que epígrafe del impuesto se tiene que matricular la sociedad y la tributación del modelo de negocio expuesto.Órgano: SG de Tributos Locales (TOL9.867.624)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Consulta | 0 Comments

CONTESTACIÓNEl Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) se regula en los artículos 78 a 91 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales...

VII. Reflexiones sobre la unión de hecho (TOL10.034.504)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

VII. REFLEXIONES SOBRE LA UNIÓN DE HECHOI. CONSTITUCIÓN Y UNIÓN DE HECHOEl art. 39.1 CE establece que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y...

Escrito de oposición al sobreseimiento libre. Caso de agresión sexual (TOL6.828.320)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,PENAL Formulario | 0 Comments

Artículo 637 y el artículo 779.1.1ª LECRIMAL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº [...] DE [...][...], Procuradora de los Tribunales en nombre de D./Dña. [...] cuya representación...

Alcance del principio de igualdad, mérito y capacidad en relación con la calificación ponderada por créditos reconocidos por asignaturas cursadas en Facultades de Medicina ajenas a los Centros Universitarios de la Defensa, inferior a la que resultaría de haberse cursado esas asignaturas en Centros Universitarios de la Defensa. Es conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, que se aplique el criterio de ponderación utilizado en este caso. Tal ponderación, en sí y en un porcentaje razonable, no altera la normativa universitaria sobre convalidación de asignaturas, sino que ajusta la nota convalidada a lo especifico de este proceso selectivo, luego no supone un trato distinto injustificado que se aplique esa ponderación a los alumnos que convalidaron los estudios realizados fuera del Centro Universitario de la Defensa, sino que garantiza la igualdad entre alumnos de distinta procedencia –ya integrados en las Fuerzas Armadas– para su ingreso final en el Cuerpo de Sanidad Militar. No merma, por tanto, los principios de mérito y capacidad en el acceso a ese concreto cargo o función pública. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1403/2024 – Num. Proc.: 2229/2022 – Ponente: Pablo María Lucas Murillo de la Cueva (TOL10.124.402)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta Sentencia núm. 1.403/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R....

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 3933/2024 – Num. Proc.: 2203/2024 – Ponente: Amparo Illán Teba (TOL10.156.702)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de CataluñaPaseo Lluís Companys, 14-16 - Barcelona - C.P.: 08018TEL.: 934866159FAX: 933096846E-MAIL:...

FILIACIÓN NO MATRIMONIAL Y POSESIÓN DE ESTADO. FILIACIÓN NO MATRIMONIALEl Padre interpone, en su propio nombre, después de 16 meses, de conocer el nacimiento de su hijo biológico, una demanda de Filiación NO Matrimonial para que se le reconozca judicialmente como padre y poder inscribir a su hijo en el registro civil. La madre reconoce expresamente que el demandante es el padre biológico del menor, pero élla inscribió al niño sin los apellidos del padre (como madre soltera) y se opone a la demanda por el transcurso del plazo de 1 año.PREGUNTA 1: Si el Padre demuestra en el Juicio que ha existido POSESIÓN DE ESTADO se podría estimar la demanda???PREGUNTA 2: Si el Juzgado desestima la demanda de filiación podría acordar judicialmente medidas en cuanto a alimentos, a pesar de esa desestimación??? (TOL10.153.121)

by | Sep 15, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: FILIACIÓN NO MATRIMONIAL Y POSESIÓN DE ESTADOEfectivamente, la acción de reclamación de la filiación cuando falta la posesión de estado tiene un plazo de 1...