El Catastro y la Secretaría General de Administración Digital lanzan la aplicación «Catastro_app»

La nueva app del catastro ya se encuentra en funcionamiento, es posible consultar sus datos desde el móvil. «Catastro_app»

La Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda y la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública han presentado la nueva aplicación móvil «Catastro_app». Esta aplicación, disponible tanto en la tienda de aplicaciones de Android como en la de IOS, permitirá ubicar inmuebles y recibir avisos en el móvil.

Para acceder a la aplicación, se requiere identificación previa a través de diversos sistemas, incluyendo Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, certificado electrónico o introduciendo el DNI o NIE junto con la referencia catastral del inmueble, o solicitando el alta en Cl@ve en caso de no disponer de credencial electrónica.

Facilidades para el usuario y servicios ofrecidos

La aplicación «Catastro_app» permite a los usuarios reunir información sobre sus inmuebles urbanos y rústicos de forma personalizada en sus dispositivos móviles.La información estará contínuamente actualizada y avisará en casos de que se esté tramitando algún procedimiento que le afecte. Además, ofrece la opción de aportar información al procedimiento. 

La aplicación tiene opción de activar geolocalización, a fin de que los usuarios puedan ubicar y guardar información adicional sobre las parcelas, como fotografías, croquis y anotaciones para una gestión más completa. Esta información será exclusivamente para uso personal, puede descargarse en archivos PDF.

Por otro lado, permite la visualización de los inmuebles a través de mapas interactivos, a los que se puede acceder desde el propio móvil. También se podrá consultar el valor de las tierras de cultivos o aprovechamientos en cada zona. Mediante la selección en el mapa, se muestran los módulos de valor medio en euros por hectárea de los productos inmobiliarios representativos rústicos del lugar seleccionado.

Esta nueva medida tiene su origen en el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas, cuyo objetivo es potenciar los servicios de la Administración. Así, la gestión de inmuebles se vuelve más accesible y eficiente para los ciudadanos, marcando un avance significativo en la digitalización de los servicios catastrales.

 

Fuente: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

 

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Eficiencia del Servicio Público de Justicia | El CMin aprueba la tramitación del anteproyecto de ley orgánica

La exactitud en la cifra de deuda no vulnera el derecho al honor en listados de morosos

La exactitud en la cifra de deuda no afecta la inclusión en listados de morosos, marcando un precedente en derechos financieros

El Tribunal Supremo ha establecido que la exactitud de la cifra de deuda no es determinante para la inclusión en el listado de morosos. Marcando un precedente en la interpretación del derecho al honor en contextos financieros. Este caso surge de la disputa de un individuo contra la empresa de cobros Heimondo S.L., tras ser incluido en dicho listado por una deuda cuyo monto fue objeto de controversia.

El demandante, tras ser incluido en el listado de morosos por Heimondo S.L. debido a incumplimientos de pago, llevó el caso a los tribunales. Argumentaba que la discrepancia en la cantidad reportada de su deuda vulneraba su derecho al honor. Sin embargo, tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Badajoz desestimaron sus reclamaciones. Imponiéndole además el pago de las costas procesales.

La existencia de una deuda, independientemente de su monto, justifica la inclusión en el listado de morosos

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en su sentencia 280/2024, confirmó las decisiones previas, argumentando que la existencia de una deuda, independientemente de su monto, justifica la inclusión en el listado de morosos sin constituir una vulneración del derecho al honor. Los magistrados Ignacio Sancho Gargallo, Rafael Sarazá Jimena y Pedro José Vela Torres resaltaron la falta de esfuerzos del deudor por resolver su situación financiera, incluso después de una reducción en la cantidad adeudada.

Implicaciones del fallo sobre la inexactitud en la cifra de deuda

Este veredicto subraya la interpretación del Tribunal Supremo sobre el derecho al honor en el contexto de las deudas. Poniendo énfasis en la responsabilidad del deudor de gestionar sus obligaciones financieras. Además, destaca la importancia de la existencia de la deuda sobre la precisión de su cuantía para la inclusión en listados de morosos.

Aprobación de Anteproyecto de LO para el intercambio de antecedentes penales entre Estados Miembros

Anteproyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales. 

Ayer, día 12 de marzo, el Consejo de Ministros hizo pública la aprobación de un anteproyecto del ley orgánica. La finalidad del mismo es la trasposición de una directiva europea relativa al intercambio de información sobre antecedentes penales de terceros países y el ECRIS. 

El objetivo de la transposición es promover y agilizar la cooperación judicial entre Estados Miembros en la lucha contra el terrorismo, crimen organizado y transfronterizo. A través de la misma se modificará la LO 7/2014, de 12 de noviembre,  sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea. De este modo, se adecuará la normativa nacional a la comunitaria, concretamente, a la Directiva 2019/884.

La Directiva define las condiciones en las que un Estado miembro de condena comparte con otros Estados miembros información sobre condenas. Así como las obligaciones del Estado miembro de condena y del Estado miembro de nacionalidad de la persona condenada, y especifica los métodos que se han de seguir para responder a una solicitud de información extractada de registros de antecedentes penales. La Directiva establece un sistema descentralizado de tecnología de la información para el intercambio de información sobre condenas basado en las bases de datos de antecedentes penales de cada Estado miembro, el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).

El ECRIS y las nuevas incorporaciones

El ECRIS es un sistema que permite el intercambio de bases de datos entre los Estados Miembros, permite disponer de información sobre antecedentes y condenas en todo el territorio. Así, las autoridades judiciales y administrativas pueden acceder al historial delictivo de los ciudadanos de la Unión Europea.  A través del mismo, España puede solicitar información a otros Estados y puede responder a peticiones de otros. Se incluyen nuevos aspectos, como la incorporación de imágenes de los condenados, y otros métodos de transmisión de datos distintos al ECRIS para casos en los que no pueda utilizarse dicho sistema.

Nuevo registro de menores

Una de las medidas más destacadas del anteproyecto de LO es la creación de un registro para menores. En él se incluirán las sentencias (aunque no sean firmes), las medidas cautelares y de defensa para el menor o la víctima. De este modo, las autoridades judiciales y policiales podrán estar coordinadas y obtener una comunicación más rápida. Se trata de una de las principales novedades que se pretende incorporar a través de la modificación de la actual ley orgánica.

La AP de Pontevedra permite fijar una pensión de 40 euros al mes para una mascota

La medida se fijó en la sentencia de divorcio, además de las medidas para los hijos, se estableció una pensión para la mascota. [TOL9.896.402]

La Audiencia Provincial confirma lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Vigo. El caso, es un proceso de divorcio, en el que, entre otras medidas de regularización familiar, se acordó que la mascota quedaría al cuidado de la mujer, por lo que su exmarido le debería pasar una pensión para abonar parte de los gastos de comida y veterinario. La sentencia también declaró la pensión de alimentos para los menores, así como la custodia compartida y el sistema de patria potestad.

El caso y la normativa sobre mascotas

El tribunal determinó que las relaciones familiares se regularán mediante un sistema de patria potestad y custodia compartida con intercambios semanales. Además, se detallaron disposiciones para las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano, así como una pensión mensual de alimentos a cargo del padre de 150 euros por hijo. La sentencia también aborda otros aspectos, como la atribución del uso del vehículo familiar y la responsabilidad compartida en relación con la mascota del matrimonio.

En cuanto a la mascota, estableció que «contribuirá al gasto del animal con la suma de 40 euros al mes, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y actualizable anualmente conforme al IPC». Según el artículo 94 bis del Código Civil:

«La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas asociadas al cuidado del animal, todo ello atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, con independencia de la titularidad dominical de este y de a quién le haya sido confiado para su cuidado. Esta circunstancia se hará constar en el correspondiente registro de identificación de animales.»

Resolución de la Audiencia

La apelación presentada por la ex mujer fue desestimada por el tribunal, que confirmó la sentencia de primera instancia. Se argumentó que la custodia compartida era la opción más beneficiosa para los hijos, dada la situación actual y las necesidades de los menores. La sentencia destaca la importancia de establecer un marco familiar estable para el desarrollo de los menores. 

Las medidas son definitivas y no son susceptibles de recurso ordinario, aunque pueden recurrir ante el Tribunal Supremo en casos más específicos.

Eficiencia del Servicio Público de Justicia | El CMin aprueba la tramitación del anteproyecto de ley orgánica

El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley Orgánica enfocado en la eficiencia del servicio público de justicia y la protección de consumidores y usuarios. Este proyecto es el tercer pilar de la transformación integral de la Administración de Justicia. siguiendo iniciativas previas de digitalización y eficiencia procesal. Introduce Tribunales de Instancia por partido judicial, una Oficina Judicial única por tribunal y Oficinas de Justicia en municipios, reemplazando los juzgados de paz.

Esta reestructuración busca optimizar recursos, reducir disfuncionalidades, y garantizar la homogeneidad procesal. Las Oficinas de Justicia municipales expandirán servicios permitiendo trámites telemáticos, mejorando el acceso a la justicia y la conciliación laboral mediante tecnologías de comunicación telemática.

Eficiencia procesal y medios alternativos de solución de controversias

El anteproyecto anteproyecto de ley orgánica de Medidas de Eficiencia del Servicio Público de Justicia contempla la promoción de mecanismos alternativos de solución de controversias, como la mediación y la conciliación privada, para descongestionar los juzgados y tribunales. Esta iniciativa fomenta la negociación entre las partes y la asistencia letrada, contribuyendo a una resolución más eficiente de los conflictos. Asimismo, se promueven ofertas vinculantes confidenciales, y opiniones de expertos independientes, potenciando el papel de las profesiones jurídicas.

Eficiencia del servicio público de justicia | Protección y defensa de derechos e intereses de consumidores y usuarios

Para la protección de consumidores, se establece un procedimiento único para demandas colectivas. Se define quiénes pueden representar estas acciones y se incorporan plataformas electrónicas para agilizar trámites. Esto responde a un aumento significativo de pleitos masivos en Europa y transpone la Directiva Europea UE 2020/1828, ampliando su aplicación más allá de lo exigido por la UE. Se facilita la adhesión automática de consumidores afectados a acciones colectivas (opt-out) y se promueve la participación a través de plataformas electrónicas para ejercer acciones de cesación y resarcitorias. También se habilitarán asociaciones de consumidores para acciones colectivas y se creará una base de datos accesible para la ciudadanía. Se instaura un sistema de difusión y publicidad electrónica para estas acciones, buscando mejorar la coordinación entre órganos judiciales y facilitar la adhesión de afectados.

El TJUE se pronuncia sobre la subasta de datos personales con fines publicitarios

El tribunal aclara las normas aplicables en la subasta de datos en base al Reglamento General de Protección de Datos. Asunto C-604/22.

En el mundo digital actual, cuando un usuario navega por un sitio web o una aplicación que incluye espacios publicitarios, se inicia un proceso de subasta en tiempo real conocido como Real Time Bidding (RTB). Empresas, intermediarios y plataformas publicitarias, en representación de miles de anunciantes, pujan para obtener el espacio publicitario y mostrar anuncios personalizados según el perfil del usuario. Sin embargo, antes de desplegar publicidad dirigida, se necesita obtener el consentimiento del usuario para la recopilación y tratamiento de sus datos personales.

La Solución de IAB Europe y el RGPD

IAB Europe, una asociación sin ánimo de lucro con base en Bélgica, ha desarrollado una herramienta destinada a adecuar este sistema de subastas al RGPD. La solución propuesta por IAB Europe implica codificar y almacenar las preferencias de los usuarios en una cadena llamada «Transparency and Consent String» (TC String). Esta cadena se comparte con intermediarios de datos y plataformas publicitarias para informar sobre el consentimiento o la oposición del usuario. Asimismo, se coloca una cookie en el dispositivo del usuario, que, combinada con la TC String, puede vincularse a la dirección IP del mismo.

La TC String como dato personal y las acciones legales

En 2022, la autoridad belga de protección de datos consideró que la TC String era un dato personal bajo el RGPD y que IAB Europe actuaba como responsable del tratamiento de datos sin cumplir completamente con las disposiciones del RGPD. Por ello, se impuso una multa administrativa a la empresa, además de otras medidas. La asociación impugnó la resolución y presentó un recurso ante el Tribunal de Apelación de Bruselas, el cual planteó una cuestión prejudicial al TJUE.

El pronunciamiento del TJUE sobre la subasta de datos

Tras el planteamiento de la cuestión prejudicial, el Tribunal de Justicia de la UE ha confirmado que la TC String contiene información relativa a un usuario identificable, por lo que constituye un dato personal según el RGPD. Ello se debe a que, cuando se asocia una información a un identificador (como la IP), puede crearse un perfil identificable. Además, señala que la empresa influye en las operaciones de tratamiento de datos, al registrar las preferencias de consentimiento de los usuarios. Por ello, considera que es corresponsable del tratamiento de datos. No obstante, no puede considerarse automáticamente responsable de las operaciones de tratamiento de datos que ocurren después de registrar las preferencias, a menos que se demuestre su influencia en la determinación de los fines y modalidades de dichos tratamientos.

Para llegar a dichas conclusiones, el Tribunal interpreta lo dispuesto en los puntos 1 y 7 del artículo 4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.