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El Tribunal de Justicia anula las decisiones de la Comisión sobre la concentración Illumina-Grail

Sobre la concentración Illumina-Grail y la intervención de los órganos europeos. Asuntos: C-611/22 P y C-625/22 P El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia clave en relación con la concentración entre las empresas estadounidenses Illumina Inc. y Grail LLC, tras anular una decisión previa del Tribunal General y de la […]

Publicado: 3 de septiembre de 2024

Sobre la concentración Illumina-Grail y la intervención de los órganos europeos. Asuntos: C-611/22 P y C-625/22 P

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia clave en relación con la concentración entre las empresas estadounidenses Illumina Inc. y Grail LLC, tras anular una decisión previa del Tribunal General y de la Comisión Europea. Esta controversia surge a raíz del intento de Illumina, una empresa especializada en análisis genético, de adquirir el control exclusivo de Grail, una compañía que desarrolla pruebas de sangre para la detección precoz del cáncer.

El proyecto se anunció en 2020, pero no se notificó a la Comisión Europea ni a las autoridades de competencia de los Estados miembros. No se comunicó debido a que Grail no generaba ingresos ni en la UE ni en otras partes del mundo. Al no alcanzar los umbrales nacionales de notificación de concentraciones en los países del Espacio Económico Europeo, la operación no fue objeto de revisión automática por las autoridades europeas de competencia.

Intervención de la Comisión Europea

A pesar de la falta de notificación inicial, la Comisión Europea intervino tras recibir una denuncia que alertaba sobre los posibles efectos del proyecto en el comercio entre Estados miembros y en la competencia en algunos de sus territorios. La Comisión instó a los Estados miembros a presentar solicitudes, si lo consideraban necesario, para que la Comisión examinara la concentración en virtud del Reglamento de Concentraciones de la UE.

La autoridad de la competencia de Francia fue la primera en presentar una solicitud. Posteriormente se sumaron otros países como Grecia, Bélgica, Noruega, Islandia y los Países Bajos. La Comisión aceptó estas solicitudes y decidió examinar la operación, a pesar de que no alcanzaba los umbrales necesarios para ser considerada una concentración de dimensión europea.

Decisión del Tribunal General y recursos presentados

Illumina impugnó las decisiones de la Comisión ante el Tribunal General de la UE, que en una sentencia inicial respaldó a la Comisión. Sin embargo, tanto Illumina como Grail interpusieron recursos de casación ante el TJUE. En los recursos se alega que la Comisión no estaba autorizada para aceptar la revisión de una concentración que no tenía dimensión europea. Además, tampoco alcanzaba los umbrales nacionales de notificación en los países involucrados.

Sentencia del Tribunal de Justicia sobre la concentración Illumina-Grail

En su reciente fallo, el Tribunal de Justicia ha anulado tanto la sentencia del Tribunal General como las decisiones de la Comisión. El TJUE considera que el Tribunal General cometió un error al interpretar el Reglamento de Concentraciones, al concluir que las autoridades nacionales de competencia podían solicitar que la Comisión examinara proyectos que no solo carecían de dimensión europea, sino que tampoco alcanzaban los umbrales de control establecidos por las leyes nacionales.

El Tribunal de Justicia señaló que los umbrales establecidos en el Reglamento son esenciales para garantizar la previsibilidad y seguridad jurídica. De esta manera, permite a las empresas determinar si una operación debe ser notificada y, en su caso, a qué autoridad. La interpretación del Tribunal General, según el Tribunal de Justicia, podría alterar el equilibrio entre los objetivos del Reglamento de Concentraciones. Ello podría poner en riesgo la estabilidad jurídica para las empresas involucradas en operaciones transfronterizas.

 

Fuente: CURIA

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