<

Pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció dos meses y medio después de solicitar la inscripción

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció dos meses y medio después de solicitar la inscripción de su unión. El Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado inicialmente la prestación. Esto se debió a que no se cumplía el requisito […]

Publicado: 19 de julio de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció dos meses y medio después de solicitar la inscripción de su unión. El Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado inicialmente la prestación. Esto se debió a que no se cumplía el requisito de estar registrados como pareja de hecho con al menos dos años de antelación al fallecimiento. Sin embargo, el tribunal se aparta de esta estricta exigencia y opta por un enfoque más humanizador y flexible. Siguiendo el criterio de la jurisprudencia, una interpretación con perspectiva de género y el principio constitucional de protección a la familia.

La decisión se fundamenta en varios factores excepcionales

La pareja convivió durante 18 años y tuvo dos hijos en común. Existía una voluntad inequívoca de formalizar su unión, pero hubo una demora administrativa en tramitar la solicitud, además de las circunstancias del fallecimiento por suicidio del causante. La Sala de lo Social del TSJ de Murcia destaca que estas circunstancias justifican la aplicación de un criterio flexibilizador, similar al aplicado por el Tribunal Supremo en casos de víctimas de violencia de género.

Pensión de viudedad a una mujer

El tribunal recalca que, aunque la pareja no se había inscrito ni constituido en escritura pública, las excepcionales circunstancias deben ser consideradas. La inequívoca voluntad de oficializar su situación también debe tenerse en cuenta. La decisión del TSJ subraya la importancia de la protección social de la familia, consagrada en el artículo 39 de la Constitución. Y busca hacer justicia social evitando dejar a la solicitante en una situación de desprotección.

El fallo permite a la mujer recibir una pensión de viudedad con una base reguladora mensual de 1.665 euros. No obstante, la sentencia admite la posibilidad de recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Esto permite revisar esta decisión si se considera necesario.

Últimas entradas publicadas

Tirant PRIME Conversa vs. IAs generalistas: ¿qué IA jurídica es realmente fiable para profesionales del derecho?

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

En los últimos años, el uso de herramientas de inteligencia artificial ha crecido de forma exponencial en el ámbito jurídico. Cada vez más profesionales buscan...

cambio permanente de horario

El TS limita el cambio permanente de horario sin garantías

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha declarado nulo un precepto del II Convenio Colectivo de Refino. Este precepto facultaba a la empresa a realizar cambios permanentes de horario y...

elementos precisos y concretos

Sin elementos precisos y concretos no hay trato desigual válido

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Anulado parte del convenio de Iberia por carecer de elementos precisos y concretos que justifiquen excluir a los trabajadores a tiempo parcial de un complemento salarial.

responsables solidarios

Investigación de responsables solidarios antes del administrador subsidiario

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo ha dictado sentencia, estableciendo que antes del administrador subsidiario, debe investigar a los responsables solidarios.

deducción por hijo a cargo

Funcionarios de la Unión Europea y la deducción fiscal por hijo a cargo tras los 26 años

by | Nov 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE establece que la deducción fiscal por hijo a cargo que tienen los funcionarios de la UE se limita a la edad de 26 años.

derecho de defensa

El Supremo valida la actuación letrada y el derecho de defensa

by | Nov 27, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Según el Tribunal Supremo, el derecho de defensa no fue vulnerado, ya que no se acreditaron omisiones graves ni perjuicio procesal al acusado