El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana reconoce el derecho a utilizar en los exámenes cualquiera de las dos lenguas cooficiales.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha reconocido el derecho de los estudiantes a realizar exámenes en cualquiera de las dos lenguas cooficiales de la Comunidad Valenciana: valenciano y castellano. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, a través de su Sección Cuarta, ha estimado parcialmente el recurso de un alumno de Formación Profesional que solicitó ser evaluado en castellano, tanto oralmente como por escrito, en un instituto de Valencia.
La resolución anulada, emitida por la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación de la Conselleria de Educación el 25 de mayo de 2022, había limitado esta opción. Según los magistrados, dicha decisión vulnera el derecho de cooficialidad lingüística reconocido en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
Aplicación de la doctrina constitucional
El Tribunal aplicó la doctrina del Tribunal Constitucional, que establece un marco de igualdad entre las lenguas cooficiales en ámbitos como el educativo. Este principio asegura que los estudiantes puedan elegir libremente la lengua en la que se sienten más cómodos para expresarse en exámenes, tal como ocurre en el caso del recurrente.
La sentencia establece que esta libertad lingüística habría sido igualmente reconocida si el estudiante hubiera optado por el valenciano. La cooficialidad debe garantizarse como un derecho «libre, neutro y bidireccional».
Impacto sobre materias no lingüísticas
El fallo pone énfasis en que la elección del idioma del examen involucraba materias técnicas, como dotación sanitaria y asistencia. Según la Sala, estas evaluaciones, al no ser específicas de lengua, pueden tener implicaciones más allá del centro educativo, con posibles efectos externos y futuros. Por tanto, es lógico que el estudiante pueda usar la lengua en la que mejor exprese sus conocimientos.
Sentencia no firme
La resolución judicial, notificada a las partes el pasado jueves, aún no es firme. Puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuente: CGPJ.