Jul 22, 2024 | Actualidad Prime
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Melilla ha anulado la plaza de un policía local que había sido nombrado funcionario de carrera en mayo de 2022. La anulación se debe a que tenía antecedentes penales por delito doloso en el momento de presentar su solicitud para el proceso selectivo. Esta decisión implica que el oficial pierde su plaza y su condición de funcionario de carrera. Su puesto será ocupado por el siguiente candidato en la lista del proceso selectivo.
Antecedentes penales al momento de presentar su solicitud
El tribunal decidió esto tras comprobar que el opositor tenía antecedentes penales al momento de presentar su solicitud. Aunque estos habían sido cancelados antes de su nombramiento como funcionario de carrera. La Ciudad Autónoma de Melilla había solicitado un informe a la Abogacía del Estado para determinar si estos antecedentes afectaban su nombramiento. La Abogacía del Estado concluyó que los requisitos de acceso, incluida la ausencia de antecedentes penales, deben cumplirse desde el inicio del proceso selectivo. Además, estos requisitos deben mantenerse durante todo el proceso.
Aunque la Abogacía del Estado consideró que las bases de la convocatoria eran confusas respecto a este requisito, el magistrado no estuvo de acuerdo. Encontró que las bases eran claras. Según el juez, las bases estipulan que es imprescindible no tener antecedentes penales al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y que este requisito debe mantenerse hasta el nombramiento como funcionario en prácticas.
Los requisitos deben cumplirse al momento de la solicitud
Anulada la plaza de un policía local que tenía antecedentes penales
La sentencia subraya que todos los requisitos deben cumplirse al momento de la solicitud y mantenerse hasta el nombramiento. Por lo tanto, el hecho de que el opositor tuviese antecedentes penales al finalizar el plazo de presentación de solicitudes llevó a la anulación de su plaza. Nombrarán funcionario en prácticas al siguiente candidato en la lista, quien ocupará la plaza. Nombrarán funcionario de carrera de la Policía Local al candidato si supera el curso correspondiente, con efectos retroactivos en sus derechos económicos y administrativos.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
Jul 19, 2024 | Actualidad Prime
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha fallado a favor de un oficial de la Armada y ha condenado a Segurcaixa Adeslas, aseguradora del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas), a asumir los gastos médicos de su esposa. El TSXG acreditó la urgencia vital de la situación de la paciente, quien la diagnosticaron con abdomen agudo en el CHOP. Esta patología está incluida como riesgo vital en la normativa del Isfas. Su atención se extendió entre el 30 de marzo y el 4 de abril de 2022. Inicialmente, el Isfas y Segurcaixa Adeslas negaron cubrir los 4.291 euros de gastos. Argumentaron que la atención recibida no correspondía a una urgencia vital y que debería haber acudido al Hospital Quirón, el centro concertado.
Urgencia vital de la situación de la paciente
El TSXG acreditó la urgencia vital de la situación de la paciente, quien fue diagnosticada con abdomen agudo en el CHOP. Esta patología está incluida como riesgo vital en la normativa del Isfas. La mujer había acudido al Quirón la mañana del 30 de marzo, donde fue diagnosticada con gastritis aguda y dada de alta. Debido al empeoramiento de su estado y la ausencia de ambulancias disponibles, se trasladó en taxi al CHOP, donde recibió una atención más exhaustiva.
El empeoramiento de los síntomas justificaba la desconfianza en el diagnóstico
El tribunal determinó que la elección de acudir al CHOP fue razonable dadas las circunstancias. Asimismo, subrayó que el empeoramiento de los síntomas justificaba la desconfianza en el diagnóstico y tratamiento inicial del Quirón. Además, destacó que el asesor médico del Isfas consideró razonable la elección del CHOP para el tratamiento.
Condena a la aseguradora a asumir los gastos médicos de la esposa de un oficial
El fallo rechazó la defensa de Segurcaixa Adeslas, que argumentaba la disponibilidad de otros medios concertados sin especificarlos claramente. Finalmente, el tribunal concluyó que la paciente había hecho una elección razonable y necesaria para su salud, cumpliendo con los requisitos de urgencia vital. La sentencia anula la resolución inicial y se puede recurrir ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.. Además, obliga a la aseguradora a cubrir los gastos médicos.
Jul 19, 2024 | Actualidad Prime
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció dos meses y medio después de solicitar la inscripción de su unión. El Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado inicialmente la prestación. Esto se debió a que no se cumplía el requisito de estar registrados como pareja de hecho con al menos dos años de antelación al fallecimiento. Sin embargo, el tribunal se aparta de esta estricta exigencia y opta por un enfoque más humanizador y flexible. Siguiendo el criterio de la jurisprudencia, una interpretación con perspectiva de género y el principio constitucional de protección a la familia.
La decisión se fundamenta en varios factores excepcionales
La pareja convivió durante 18 años y tuvo dos hijos en común. Existía una voluntad inequívoca de formalizar su unión, pero hubo una demora administrativa en tramitar la solicitud, además de las circunstancias del fallecimiento por suicidio del causante. La Sala de lo Social del TSJ de Murcia destaca que estas circunstancias justifican la aplicación de un criterio flexibilizador, similar al aplicado por el Tribunal Supremo en casos de víctimas de violencia de género.
Pensión de viudedad a una mujer
El tribunal recalca que, aunque la pareja no se había inscrito ni constituido en escritura pública, las excepcionales circunstancias deben ser consideradas. La inequívoca voluntad de oficializar su situación también debe tenerse en cuenta. La decisión del TSJ subraya la importancia de la protección social de la familia, consagrada en el artículo 39 de la Constitución. Y busca hacer justicia social evitando dejar a la solicitante en una situación de desprotección.
El fallo permite a la mujer recibir una pensión de viudedad con una base reguladora mensual de 1.665 euros. No obstante, la sentencia admite la posibilidad de recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Esto permite revisar esta decisión si se considera necesario.
Jul 18, 2024 | Actualidad Prime
El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por Bytedance Ltd, propietaria de TikTok, contra la decisión de la Comisión Europea. La decisión designa a Bytedance como guardián de acceso bajo el Reglamento de Mercados Digitales. Bytedance había solicitado la anulación de esta decisión en noviembre de 2023. Sin embargo, el Tribunal General, tras un procedimiento acelerado, ha fallado en contra de la empresa.
Equidad y la disputabilidad en los mercados digitales | Designación como guardián de acceso
El tribunal recordó que el DMA fue aprobado para asegurar la equidad y la disputabilidad en los mercados digitales. Esto es especialmente importante para los usuarios profesionales y finales de servicios básicos de plataforma proporcionados por guardianes de acceso. La Comisión Europea había determinado que Bytedance cumplía con los umbrales cuantitativos del DMA debido a su valor de mercado mundial, el número de usuarios de TikTok en la Unión y la constancia de estos números durante varios años, lo cual justificaba su designación como guardián de acceso.
Bytedance argumentó que su influencia en el mercado interior de la Unión Europea no era significativa. Alegó que su valor de mercado se basa principalmente en sus actividades en China y que su volumen de negocio en la Unión era reducido. También sostuvo que TikTok no es una puerta de acceso importante para usuarios profesionales debido a la falta de un ecosistema, efectos de red y cautividad. Además, argumentó que competidores como Meta y Alphabet, con sus servicios Reels y Shorts, han desafiado su posición como empresa nueva.
Rechazo del TGUE de los argumentos de la entidad empresarial
El Tribunal General rechazó todos estos argumentos. Destacó que el elevado número de usuarios de TikTok en la Unión refleja la capacidad financiera y el potencial de monetización de Bytedance. Además, subrayó que TikTok ha crecido rápidamente desde su lanzamiento en 2018, alcanzando un índice de participación elevado, especialmente entre los jóvenes, a pesar de la competencia de otros servicios. El tribunal concluyó que TikTok ha consolidado y reforzado su posición en el mercado a pesar de la competencia.
Asimismo, el Tribunal General consideró que el nivel de prueba aplicado por la Comisión fue correcto. Aunque hubo errores en el análisis de las alegaciones de Bytedance, estos no afectaron la legalidad de la decisión impugnada. También desestimó las alegaciones de Bytedance sobre la vulneración de su derecho de defensa y del principio de igualdad de trato.
Jul 18, 2024 | Actualidad Prime
La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a cuatro policías locales por delitos de lesiones, contra la integridad moral y falsedad en documento oficial. Un oficial ha recibido una sentencia de seis años y medio de prisión. Tres agentes bajo su mando han sido condenados a cinco años de cárcel cada uno.
Delitos de lesiones, contra la integridad moral y falsedad en documento oficial
El incidente ocurrió durante la pandemia cuando los agentes ingresaron en una vivienda sin la autorización legal necesaria, deteniendo a los ocupantes y causando lesiones. La sentencia para los tres agentes es de conformidad y han sido condenados por dos delitos de lesiones. También se les encontró culpables de un delito contra la integridad moral y falsedad en documento oficial. Además, se les ha impuesto una inhabilitación de dos años para ejercer empleo y cargo público. Y ya han indemnizado a las víctimas con 45.000 euros.
El oficial, que no aceptó los cargos y defendió su actuación durante el juicio, fue condenado a seis años y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación. Fue culpable de tres delitos de lesiones, dos delitos leves de lesiones, un delito contra la integridad moral y falsedad en documento oficial. No se fijó indemnización en su caso ya que las partes se reservaron la acción civil.
Probado los delitos de lesiones contra la integridad moral
La sentencia considera probado que el oficial causó lesiones a tres ocupantes del piso al que acudieron por ruidos, y que sacaron al inquilino desnudo a la calle, llevándolo de esa manera al hospital. Además, no reflejó en el atestado la realidad de lo ocurrido. Sin embargo, la Audiencia absolvió al oficial de un delito de allanamiento de morada y dos de detención ilegal. Consideraron que actuaron bajo la convicción errónea de que estaban justificados debido a la urgencia de la situación. La tensión con un joven que no se identificó y el contexto de la pandemia también influyeron en su decisión.
La sentencia contra los tres agentes es firme. Se puede recurrir la del oficial ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura