Capítulo I Reducción de la jornada de trabajo como medida para mejorar las condiciones de seguridad y salud (TOL9.787.701)

Ene 18, 2024

Capítulo IReducción de la jornada de trabajo como medida para mejorar las condiciones de seguridad y salud1. CONSIDERACIONES GENERALESDurante el desarrollo industrial los obreros realizaban jornadas extenuantes que, junto con otros factores, como faltas de medidas de seguridad e higiene, provocaban serios riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Se puede afirmar que no existía normativa relativa al cuidado y atención hacia la seguridad y salud en el trabajo. Pero, con el transcurrir de los años la acción reivindicativa de las agrupaciones obreras no tardó en llegar. En este sentido cabe destacar la I Internacional que se celebró en Ginebra en 1866, donde se decidió luchar por una jornada laboral diaria de ocho horas. Veinte años más tarde, el 1 de mayo de 1886, los trabajadores de Chicago (Estados Unidos) convocaron una huelga para pedir la reducción de la jornada laboral. A lo largo de la formación de la legislación laboral se observa un proceso de progresiva acotación y limitación de los tiempos de trabajo, acompañado del reconocimiento expreso de tiempos de descanso cada vez más amplios. En cualquier caso, y como se verá, la limitación de la jornada de trabajo será uno de los grandes empeños de la legislación laboral debido a la necesidad de mejorar la salud y calidad de vida de las personas trabajadoras, y al cabo de un proceso difícil, logrará resultados tangibles en las primeras décadas del siglo XX1.La norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico (artículo 40.2 recoge expresamente que "los poderes públicos velarán por la seguridad y salud en el trabajo") junto con las directivas europeas, entre las que cabe destacar la Directiva del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, garantiza unas normas mínimas de seguridad y salud para todas las personas trabajadoras. La citada Directiva fue objeto de trasposición al Derecho español a través de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante, LPRL). La limitación de la duración del tiempo de trabajo junto con la aparición de las primeras normas en materia de seguridad y salud han supuesto una mejora en las condiciones generales de seguridad y salud de las personas trabajadoras.El impacto negativo que tiene sobre la salud la realización de jornadas laborales extenuantes y la inadecuada organización y distribución de las horas de trabajo comenzó a estudiarse prácticamente desde los inicios del desarrollo industrial2. En la actualidad, los estudios realizados sobre la relación entre las largas jornadas de trabajo (más de ocho horas/día o cuarenta horas/semanales) y la salud han evidenciado que existe conexión directa entre la exposición a largas jornadas de trabajo y los riesgos asociados a la seguridad y salud de las personas trabajadoras3. Incluso desde instancias comunitarias, se alerta que múltiples estudios llegan a la conclusión de que las largas jornadas de trabajo pueden aumentar las muertes por enfermedades cardiacas y accidentes cerebrovasculares. Además, se advierte que las nuevas tecnologías de la información y comunicación, así como la flexibilidad laboral han incrementado la tendencia a trabajar muchas horas, difuminándose los límites entre tiempo de trabajo y tiempo de descanso4.Pero, las jornadas extenuantes no solo provocan un impacto perjudicial sobre la salud, también influyen en los comportamientos de las personas trabajadoras que adquieren hábitos contraproducentes e insanos como por ejemplo el consumo excesivo de alcohol o el tabaco; comportamientos que a la larga originan un deterioro de su salud. Junto a estas sustancias habría que añadir el consumo de otras menos cotidianas pero cada vez más usuales como antidepresivos, ansiolíticos o somníferos con el fin de alcanzar el descanso, así como otras sustancias que estimulan el sistema nervioso para que el trabajador cuente con la energía suficiente para poder desempeñar sus cometidos laborales5. En este sentido, se ha demostrado que el exceso de tiempo de trabajo origina estados depresivos, ansiedad y trastornos del sueño que entrañan riesgos para el equilibrio psicológico y mental de las personas trabajadoras. De hecho, en . . .

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