Infraccion de normas de prevencion de riesgos laborales. Un juzgado condena a cinco personas como responsables de un delito de homicidio imprudente y otro contra los derechos de los trabajadores por la muerte de un operario durante la construcción de un colector. – Juzgado de lo Penal – Sección Segunda – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 32/2024 – Num. Proc.: 58/2023 – Ponente: José Hoya Coromina (TOL9.999.285)

May 25, 2024

En relación al ingeniero superior integrante de la dirección facultativa de la obra el encausado se sostiene por su representación procesal la ausencia de responsabilidad en relación con el cumplimiento de las medidas de prevención y seguridad, ahora bien los motivos para incardinar su conducta en el tipo penal contra los derechos de los trabajadores, son palpables y evidentes pues si bien es cierto que la misión específica del citado ingeniero superior es la de vigilancia general de la ejecución de la obra, y no de los aspectos de construcción periféricos o secundarios a la ejecución del proyecto, es evidente que se incluyen dentro de dicha labor de supervisión general la técnica constructiva elegida para la realización de la zanja al estar relacionada con la configuración de la obra, concluyendo de la prueba practicada que a pesar de que la zanja había alcanzado una profundidad de 1,80 metros, no se habían adoptado a pesar de lo consignado en el plan de prevención que requiere de un entibado de la zanja en cuanto la misma alcanzara una profundidad de 1,30 metros, reconociendo que en las visitas previas efectuadas en ninguna de ellas pudo contactar con el jefe de obra lo que le motivo a tomar medida alguna ni efectuar prevenciones al respecto, constituyendo todo lo anterior una fuente de peligro grave para la vida por la omisión de cualquier adopción de medidas de seguridad de los trabajadores JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 de SantanderProcedimiento Abreviado 0000058/2023NIG: 3908741220190003227Sección: Sin SeccionTX004Calle Alta nº 18 Santander Tfno: 942248102 Fax: 942248133Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Torrelavega de Torrelavega Procedimiento Abreviado0000446/2019 - 0Puede relacionarse telemáticamente con esta Admón. a través de la sede electrónica. (Acceso Vereda parapersonas jurídicas) https://sedejudicial.cantabria.es/SENTENCIA Nº 000032/2024EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REYCAUSA 58/2023En Santander a catorce de febrero de dos mil veinticuatro.SENTENCIAVISTOS por el Ilmo. Sr. D. JOSÉ HOYA COROMINA, Magistrado-Juez Titular del JUZGADO de lo PENALnúmero 2 de esta ciudad, en primera Instancia las diligencias de PROCEDIMIENTO ABREVIADO número446/2019 Instruidas por el Juzgado de Instrucción número 4 de Torrelavega por presuntos delitos CONTRALOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES y HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA GRAVE cuyo enjuiciamientocorrespondió a este Juzgado y tramitado con el número de Causa 58/2023, seguida contra Antonio , mayorde edad, nacido el NUM000 de 1985, natural de Santander (Cantabria), hijo de Aureliano y Elisenda , conDNI nº NUM001 , sin antecedentes penales, con instrucción y cuya solvencia no consta acreditada en lacausa, en libertad por esta causa, representado por la Procuradora Dª Maria del Mar MACIAS EL BARRIOy defendido por el Letrado D, Ramon COLLADO OBREGON; contra Bienvenido , mayor de edad, nacido elNUM002 de 1970, natural de Santander (Cantabria), hijo de Celso y Florinda , con DNI nº NUM003 , sinantecedentes penales, con instrucción y cuya solvencia no consta acreditada en la causa, en libertad por estacausa, representado por la Procuradora Dª Luisa Maria DIAZ GOMEZ y defendido por el Letrado D. Jose AntonioMUÑOZ VILLAREAL; contra Demetrio , mayor de edad, nacido el NUM004 de 1981. natural de Santander(Cantabria), hijo de Edmundo y Juliana , con DNI nº NUM005 , sin antecedentes penales, con instrucción ycuya solvencia no consta acreditada en la causa, en libertad por esta causa, representado por la ProcuradoraDª Maria Jose GOMEZ GOMEZ y defendido por la Letrada de la COMUNIDAD; Everardo , mayor de edad, nacidoel NUM006 de 1974, natural de Santander (Cantabria), hijo de Francisco y Mónica , con DNI nº NUM007 , sinantecedentes penales, con instrucción y cuya solvencia no consta acreditada en la causa, en libertad por estacausa, representado por la Procuradora Dª Maria Jose GOMEZ GOMEZ y defendido por la Letrada Dª CristinaAPALAREGUI LAMELAS y contra Ismael , mayor de edad, nacido el NUM008 de 1984, natural de Santander(Cantabria), hijo de Jesús y Socorro , con DNI nº NUM009 , sin antecedentes penales, con instrucción y cuyasolvencia no consta acreditada en la causa, en libertad por esta causa, representado por la Procuradora DªMaria del Mar MACIAS DE BARRIO y defendido por el Letrado D, Antonio Francisco SARABIA GOMEZ, en la queha sido parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª Begoña ABAD RUIZ, ha dictadola presente resolución fundada en los siguientes:PRIMERO.- Por el Juzgado de Instrucción n . . .

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TS: Complemento por aportación demográfica ex artículo 60 LGSS (en su redacción anterior) que se aplica sobre pensión de jubilación cuyo hecho causante se produjo el 30/11/2016 y que se solicitó después del transcurso de cinco años desde dicha fecha. NO HA PRESCRITO el derecho al complemento. La no concesión en el momento de la solicitud de la jubilación constituyó una discriminación por vulneración del derecho a la igualdad y su íntegra reparación exige que los efectos sean «ex tunc». Además, en ningún caso el inicio del plazo de prescripción podría fijarse antes de la STJUE de 12 de diciembre de 2019. Reitera doctrina sentada en STS de Pleno 322/2024, de 21 de febrero, Rcud.862/2023. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 778/2024 – Num. Proc.: 1192/2023 – Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER (TOL10.038.434)

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Juicio oral celebrado con asistencia presencial del actor y telemática de las empresas demandadas. El juzgado no dio traslado a la parte demandada de la prueba documental aportada en el juicio oral por el demandante. Se causó indefensión a la parte demandada. Nulidad de las actuaciones. – Tribunal Supremo – Sala Cuarta – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 756/2024 – Num. Proc.: 3063/2022 – Ponente: Juan Molins García-Atance (TOL10.041.501)

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TSJ Aragón: Delito de agresión sexual: Se reduce la pena por los contradictorios testimonios expresados. Procede atender los argumentos recogidos en el recurso sobreexistencia de ánimo espurio en la víctima e incompleta valoración de los testimonios y las diferencias entreellos en elementos esenciales. Lo que conlleva la estimación del recurso en lo que interesa la absolución porel delito de agresión sexual con penetración por el que el acusado ha sido condenado. Sí existe, sin embargo, prueba de cargo suficiente para considerar que está probado que, aun cuando pudierahaber habido un acuerdo inicial para la relación o contacto sexual, la prestación del consentimiento no alcanzó a llevar a cabo las prácticas que el acusado deseaba, tal y como ella le hizo saber. – Tribunal Superior de Justicia de Aragón – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 21/2024 – Num. Proc.: 8/2024 – Ponente: LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH (TOL9.977.256)

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S E N T E N C I A Nº 000021/2024EXCMO. SR. PRESIDENTE:D. MANUEL BELLIDO ASPASILMOS. SRES. MAGISTRADOS:D.JAVIER SEOANE PRADOD. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCHEn Zaragoza, a...

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Están disponibles los datos fiscales del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) correspondientes al ejercicio 2023, tanto para su consulta como para su descarga....

TS: inadmisión a trámite una denuncia y una querella presentadas contra diputada y exministra por delito de discurso de odio, por las declaraciones que formuló contra las políticas de Israel frente a Palestina y donde afirmó que dicho país estaba llevando a cabo un genocidio planificado. Los hechos que se denuncian se produjeron en el contexto de la actividad política desarrollada por la denunciada, que era Diputada nacional y miembro del Gobierno, y las expresiones o discursos realizados, como se deduce de su propio contenido, no tenían por objeto promover la hostilidad hacia el pueblo judío, incitando al odio o a la realización de actos violencia contra sus miembros, sino la estimulación del debate público en torno a unos hechos ciertamente muy cuestionables y que han dado lugar a opiniones encontradas tanto a nivel internacional como nacional, entre las distintas fuerzas políticas – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Auto – Num. Res.: 20522/2024 – Num. Proc.: 21176/2023 – Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA (TOL10.035.054)

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IVA. Delimitación de las potestades de calificación (artículo 13 de la Ley General Tributaria) y de los procedimientos de conflicto en la aplicación de la norma (artículo 15 de la Ley General Tributaria) y simulación (artículo 16 de la Ley General Tributaria). La calificación es una operación que realiza la Administración en ejercicio de sus potestades de aplicación, gestión y control del tributo, que tiene por objeto determinar la naturaleza jurídica del hecho con trascendencia tributaria realmente realizado, al margen de la forma dada por las partes. Remisión a la doctrina de la Sala. Cesiones de derechos federativos de jugadores de futbol con carácter temporal. Atendiendo a las concretas circunstancias del caso examinado, las cesiones de derechos federativos de jugadores de futbol con carácter temporal en las que no se conviene un precio en dinero que deba satisfacer la cesionaria a la cedente, se da el carácter de onerosidad exigido para que las mismas sean operaciones sujetas a IVA de acuerdo con el artículo 4.Uno LIVA. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 916/2024 – Num. Proc.: 4439/2022 – Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde (TOL10.039.591)

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