La normativa tributaria aplicable en el momento en que el heredero adquiere la plena propiedad del bien por la extinción del derecho de usufructo que limitaba el dominio, es la aplicable al fallecimiento del causante, esto es, en el momento de la desmembración de la titularidad dominical, sin que los cambios normativos posteriores al momento del desmembramiento de la titularidad, referentes a las posibles bonificaciones o deducciones sobre la cuota tributarias por la consolidación del dominio, producida por el fallecimiento del usufructuario, deban ser tenidos en cuenta a la hora de la tributación definitiva de dicha consolidación del dominio. Por lo demás, la previsión que hace la LISD de aplicar el «tipo medio efectivo de gravamen correspondiente a la desmembración del dominio», no afecta a la aplicación de los beneficios fiscales aplicables a la cuota tributaria resultante. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 261/2024 – Num. Proc.: 8674/2022 – Ponente: José Antonio Montero Fernández (TOL9.895.351)

May 3, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 261/2024

Fecha de sentencia: 16/02/2024

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 8674/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 13/02/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández

Procedencia: T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 8674/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 261/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. José Antonio Montero Fernández, presidente

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

En Madrid, a 16 de febrero de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 8674/2022, interpuesto por la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES, representada y dirigida por el Letrado de sus servicios jurídicos, contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicias de las Islas Baleares, de fecha 4 de octubre de 2022, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 595/2020, en el que se impugna la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional en Illes Balears de fecha 12 de junio de 2020, por la que se acuerda desestimar la reclamación económico-administrativa n.º NUM000, interpuesta contra el Acuerdo de liquidación provisional por Impuesto de Sucesiones dictado por el Administrador Tributario de la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) en fecha 7 de septiembre de 2017 con número de identificación del documento NUM001 derivado del Expediente NUM002 y con deuda a ingresar por importe de 8.794,44€, y la referida liquidación por el Impuesto de Sucesiones.

Se han personado en este recurso como partes recurridas, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, con la representación que le es propia y don Jon, representado por la procuradora de los tribunales doña María Isabel Juan Danús, bajo la dirección letrada de don Alejandro Campo Zafra.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández.

PRIMERO. Resolución recurrida en casación.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 595/2020 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicias de las Islas Baleares, con fecha 4 de octubre de 2022, dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

" FALLAMOS:

PRIMERO: ESTIMAMOS el recurso contencioso.

SEGUNDO: ANULAMOS el acto administrativo impugnado por ser disconforme a la legalidad del ordenamiento jurídico.

TERCERO: CONDENAMOS a la Administración tributaria autonómica a que proceda a la devolución de la suma abonada por el recurrente como consecuencia de la liquidación anulada, con más los intereses legales devengados, desde la fecha de su efectivo pago.

CUARTO: Sin costas".

SEGUNDO. Preparación del recurso de casación.

Contra dicha sentencia preparo la representación procesal de la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES recurso de casación que por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares tuvo por preparado mediante Auto de 29 de noviembre de 2022, que, al tiempo, ordeno remitir las actuaciones al Tribunal Supremo, previo emplazamiento a las partes.

TERCERO. Admisión del recurso.

Recibidas las actuaciones y personadas las partes, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con fecha 17 de mayo de 2023, dictó Auto precisando que:

"[...] 2º) Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:

2.1. Determinar cuál sea la normativa tributaria aplicable en . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Conflicto nº 18. Impuesto sobre Sociedades. Reducción de capital con devolución de aportaciones en especie materializando pérdida (TOL10.202.471)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Doctrina | 0 Comments

A efectos de lo dispuesto en el artículo 206.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 194.6 del...

Solicitud ante Notario de reanudación del tracto sucesivo interrumpido (TOL5.982.795)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Formulario | 0 Comments

AL SR. NOTARIO DE [...]D./Dña. [...], mayor de edad, provisto de D.N.I. [...] número [...], vecino(a) de [...], domiciliado(a) en la calle núm. [...] puerta [...], ante...

El TS ha resuelto un caso de maquinación fraudulenta, consistente en la ocultación del domicilio efectivo donde la demandada podía ser emplazada tras resultar negativo el emplazamiento intentado en el domicilio de una sociedad integrada en el mismo grupo societario. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 1142/2024 – Num. Proc.: 48/2023 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL10.196.980)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 1.142/2024 Fecha de sentencia: 17/09/2024 Tipo de procedimiento: REVISIONES Número del procedimiento:...

Derecho de asociación. Modificación de estatutos que no prevé un régimen transitorio para la categoría de socio eventual existente en los estatutos, que carecían de derecho de asistencia y voto en la asamblea. Solicitud de socio eventual de que se le reconozca como socio de pleno derecho y se anulen los acuerdos adoptados en una junta en la que no se le permitió votar. – Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 1128/2024 – Num. Proc.: 4816/2022 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL10.199.194)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M OSala de lo CivilSentencia núm. 1.128/2024Fecha de sentencia: 17/09/2024Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESALNúmero del...

Medidas paternofiliales. Error patente. Incongruencia omisiva. Fijación judicial de alimentos. Cuando se fijan, por primera vez, se devengan desde la fecha de interposición de la demanda incluso cuando sean establecidos por la Audiencia, al haber sido desestimados por el juzgado. Cuando los alimentos fijados en primera instancia se elevan o reducen en segunda instancia, el importe fijado por el tribunal provincial se devenga desde la fecha de la sentencia de la alzada, no desde la dictada en primera instancia. Las sucesivas modificaciones de la cuantía de los alimentos, en virtud de procedimientos de revisión por alteración sustancial de circunstancias, desencadenan su eficacia a partir del momento en que fueron dictadas, sin perjuicio de descontar las cantidades abonadas en concepto de alimentos por el condenado a su abono para evitar pagos duplicados de la misma prestación. No procede la devolución de los alimentos consumidos aunque la obligación de prestarlos fuera reducida o extinguida. La fijación de la entidad económica de la pensión y la integración de los gastos que se incluyen en la misma entra de lleno en el espacio de los pronunciamientos discrecionales, facultativos o de equidad, que constituye materia reservada al tribunal de instancia y, por consiguiente, no puede ser objeto del recurso de casación salvo clara vulneración del juicio de proporcionalidad. Interés del menor. Reparto equitativo de cargas. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 980/2024 – Num. Proc.: 8641/2023 – Ponente: María de los Ángeles Parra Lucan (TOL10.122.646)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 980/2024 Fecha de sentencia: 10/07/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Número del...

IRPF. Procedimiento de comprobación limitada (artículos 136 a 140 LGT). En garantía de los derechos del contribuyente reconocidos en los artículos 34.1.ñ) y 137 LGT, y al margen de toda otra consideración, la Administración solo podría ampliar, motivadamente, por referencia al caso concreto, el alcance de sus actuaciones cuando lo comunicara con carácter previo -no simultáneo, ni posterior- a la apertura del plazo de alegaciones, siendo nulo, por lo tanto, el acto final del procedimiento de gestión de tal clase en que se haya acordado la ampliación con carácter simultáneo, o posterior, a la comunicación al comprobado de la concesión del plazo indicado.A la vista de la jurisprudencia de esta Sala sobre la misma cuestión, la Administración recurrida presenta escrito de allanamiento. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1436/2024 – Num. Proc.: 2763/2022 – Ponente: Francisco José Navarro Sanchís (TOL10.199.232)

by | Oct 5, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.436/2024 Fecha de sentencia: 17/09/2024 Tipo de procedimiento: R....