Negativa a la prórroga forzosa del arrendador no gran tenedor (TOL9.582.023)

Ene 5, 2024

Artículo 10.2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos

NOTA: Es importante efectuar la notificación por un medio reconocido en Derecho que permita acreditar no solo la recepción por el destinatario, sino el contenido de la comunicación.

Negativa del arrendador a la aceptación de solicitud de prórroga extraordinaria del contrato de arrendamiento, al no tener éste la condición de gran tenedor de vivienda según la definición prevista en el artículo 3 k) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

D./Dña ___________ (Datos del arrendatario)

Muy Sr. /Sra. mío/mía:

En relación con la vivienda de mi propiedad, sita en…………….(indicar dirección), de la que Usted es arrendatario, según contrato de arrendamiento suscrito en fecha……………….., habiendo transcurrido los períodos de prórroga obligatoria del arrendamiento, tal y como prevé el artículo 9.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (en adelante LAU), mediante la presente comunicación, a efectos de lo exigido por el artículo 10.2 LAU, le informo que concurre causa legal de denegación de la prórroga extraordinaria del contrato de arrendamiento.

A efectos de los mencionados preceptos, le comunico los siguientes extremos:

La causa concurrente, recogida en el art. 10.2 LAU, sobreviene como causa legal de denegación de la prórroga extraordinaria al no tener esta parte arrendadora la consideración de Gran Tenedor, tal y como prevé el art. 3 k) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

(Cabe también que la causa sea la necesidad para los familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción o para el cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial en el supuesto del art. 10.3 LAU).

Esta comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.

Sin otro particular reciba un cordial saludo,

Fdo.: D. /D. ª ____________________ (arrendador)

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