A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN PRIMERA
Núm. de Recurso: 0002301 /2021
Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Núm. Registro General: 20934/2021
Demandante: D. Erasmo
Procurador: Dª SUSANA GÓMEZ CASTAÑO
Letrado: D. JAVIER MARTÍNEZ BAVIERE
Demandado: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Codemandado: GOOGLE LLC
Abogado Del Estado
Ponente IImo. Sr.: D. EDUARDO MENÉNDEZ REXACH
S E N T E N C I A Nº :
IImo. Sr. Presidente:
D. EDUARDO MENÉNDEZ REXACH
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª. LOURDES SANZ CALVO
D. FERNANDO DE MATEO MENÉNDEZ
Madrid, a seis de febrero de dos mil veinticuatro.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido D. Erasmo representado por la Procuradora Dª. Susana Gómez Castaño, contra la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, sobre protección de datos personales, interviniendo como codemandada Google LLC, representada por la Procuradora Dª Gracia López Fernández. Ha sido Ponente el Presidente de esta Sección Iltmo. Sr. D. Eduardo Menéndez Rexach.
PRIMERO. - El acto impugnado procede de la Directora de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) y es la resolución de 13 de octubre de 2021.
SEGUNDO. - Interpuesto recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.
TERCERO. - Presentada la demanda, se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmara el acto impugnado por ser conforme a Derecho.
CUARTO. - Contestada la demanda se recibió el pleito a prueba, practicándose la propuesta y admitida a instancia de las partes, con el resultado que obra en autos; tras la presentación de conclusiones y una vez terminada la tramitación, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 30 de enero de 2024, en el que, efectivamente, se votó y falló.
PRIMERO. - El presente recurso tiene por objeto la Resolución de la Directora de la Agencia de Protección de Datos de 13 de octubre de 2021 que desestima el recurso de reposición contra otra de 1 de septiembre del mismo año que estima su reclamación frente a Google para que ésta, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, remita a la parte reclamante certificación en la que se atienda el derecho de oposición y supresión ejercido o se deniegue motivadamente indicando las causas por las que no procede atender la petición y desestima la reclamación en lo referente al derecho al olvido.
SEGUNDO. - El recurrente solicita que se reconozca como situación jurídica individualizada el derecho al olvido ejercitado, declarando la obligación de Google LLC de:
Bloquear en el buscador de Google las siguientes URL para la búsqueda individual o en conjunto/s de los datos personales del demandante consistente en su nombre y apellido/s; Erasmo, " Erasmo", Erasmo, " Erasmo", y además, El hombre que mató a Blanca, asesino de Blanca):
https://www.heraldo.es/noticias/nacional/ 2017/12/05/el-hombre-que-mato- Blanca-los-sanfermines-2008-ejerce-como-ps iquiatra-1212343-305.html?autoref=true
https://www.lavanguardia.com/sucesos/2018 0323/441859930400/asesino- Blanca-sanfermines-2008-libertad-condicional.h tml
https://www.rioja2.com/n-125739-3- Blanca- el-documental-sobre-el-asesinato-en-san-fermin-de-2008/
https://www.publico.es/sociedad/entrevist a- Elvira-machirulos-deben-abstenerse-venir-sanfermines.html
https://www.elespanol.com/reportajes/2018 1204/tribunal-decide-destino-manada-dudas-presidente/357965470_0.html
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